¿Los políticos que bloquean a los ciudadanos en las redes sociales vulneran su derecho a la libertad de expresión?

En los últimos años, las redes sociales se han convertido en una extensión de la vida de los ciudadanos, un hábitat en el que se informan, comparten, critican y defienden sus ideas. Así, Facebook o Twitter, se han convertido en un termómetro, más o menos fiable, del estado de la opinión pública en nuestro país, con más de 23 millones de usuarios el primero y casi 5 millones el segundo.

Muchos de esos ciudadanos han visto las redes sociales como una oportunidad para interaccionar de manera directa con los diferentes servidores públicos, para loar su buena gestión o para reprobar sus actuaciones. Para evitar esto último, algunos políticos deciden bloquear a los detractores y algunos han acudido a los tribunales por considerar que esta conducta no se ajusta a Derecho y han obtenido una respuesta favorable.

Una de las Cortes de Apelaciones de Estados Unidos dictó sentencia en verano de 2019 indicando que la actitud del presidente Donald Trump, bloqueando a los ciudadanos en twitter, era contraria a la Primera Enmienda, referida a la libertad de expresión.

La defensa de Donald Trump señaló que se trataba de una cuenta privada y que la facultad de bloquear podía utilizarla cualquier usuario, asegurando, además, que el presidente creó la cuenta en 2009, antes de ocupar un cargo público. Sin embargo, la Corte rechazó este argumento, dejando claro que (i) Twitter es un foro público en el que los políticos pueden controlar el espacio interactivo que se corresponde con su cuenta, (ii) que está abierta en general y (iii) que Trump excluía a determinados usuarios por sus críticas. Según esta sentencia, para que una cuenta sea calificada de foro público no solo tiene que ser usada por alguien que desempeña un cargo público, sino que tiene que publicar información relacionada con ese cargo.

Los abogados de la parte demandada negaron que la libertad de expresión se viera afectada ya que los ciudadanos podrían acceder a la información a través de Google o crearse una nueva cuenta, puntualizando la Corte que “cuando el Gobierno discrimina a un interlocutor debido a su punto de vista, la posibilidad de iniciar otra discusión no subsana esa infracción desde el punto de vista constitucional”. Recientemente, el recurso contra esa sentencia ha sido inadmitido.

Después de esa sentencia pionera, han sido varios los casos en el que los políticos han tenido que rectificar antes demandas similares por parte de usuarios que fueron bloqueados, como la política Ocasio-Cortez y más allá de Estados Unidos, el alcalde de Ottawa.

¿Y qué sucede en Europa? El artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos señala lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o de comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras.” Si bien el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no se ha pronunciado sobre este asunto en concreto, ha asegurado que Internet es el principal medio para ejercer el derecho a la libertad de expresión y de información, ya que en ese espacio se encuentran herramientas esenciales de participación en actividades y debates relativos a cuestiones políticas o de interés público. De la lectura del artículo 10 del CEDH y de la jurisprudencia parece deducirse que los políticos que bloquean a los ciudadanos en redes sociales debido a sus críticas están conculcando uno de sus derechos fundamentales, ya que en esas cuentas existe información de interés público.

La libertad de expresión tiene diferentes vertientes (artística, musical…) pero la que debe gozar de una mayor protección es precisamente la libertad de opinar sobre temas políticos, que se constituye en pilar fundamental de la democracia. Tal y como indica el profesor de Oxford Jacob Rowbottom, la protección de este derecho puede apoyarse en un enfoque basado en el emisor, por un lado, o en los receptores de esa información, por otro. Al evaluar el problema que nos concierne tiene una mayor importancia este segundo enfoque, ya que la comunicación que se realiza en los medios de masas sigue el patrón one-to-many, de manera que los políticos se encuentran en una posición favorable respecto a los ciudadanos de a pie, ya que sus ideas gozarán de mayor difusión. Las cuentas que los políticos crean en las redes sociales les permiten expresarse libremente, pero su verdadero valor está en que ese contenido sirve para informar a un número indeterminado de ciudadanos.

Además, el TEDH ha afirmado que las restricciones a esa libertad de expresión tienen que ser necesarias para la subsistencia de una sociedad democrática y tienen que respetar el principio de proporcionalidad. Restringir a un ciudadano el acceso a un foro público por sus críticas ni es necesario para la subsistencia de la democracia (más bien lo contrario) ni resulta proporcional.

¿Y qué ocurre en España? Al igual que en el resto del mundo, aquí también hay políticos aficionados a esa práctica del bloqueo, sin embargo, los afectados no han interpuesto demandas y no existen pronunciamientos sobre el asunto. No es descartable que, si el asunto llega al Tribunal Constitucional, este pueda fallar en un sentido similar a la Corte de Apelación estadounidense. Tal y como indica Boix Palop: “A efectos de lograr emplear las redes sociales como un agente dinamizador del pluralismo conviene perfilar límites a la expresión que se realiza en las mismas que actualicen, adaptadas al nuevo entorno social y tecnológico, los principios constitucionales que informan nuestro sistema.”

Es decir, en un momento en el que las redes sociales se han convertido en una extensión de los debates públicos, que son utilizadas durante las campañas electorales a partir del targeting político, tiene que protegerse la posición del ciudadano en aras a una mayor transparencia. De lo contrario, estos foros dinámicos de discusión se acabarán convirtiendo en cámaras de eco cada vez más grandes, en las que los políticos y los ciudadanos solo escucharán retumbar sus propios argumentos.

Como su propio nombre indica, estamos hablando de redes, que también son sociales. Algunos políticos se centran excesivamente en el primero de los términos, tejiendo con un ingenio equiparable al de Aracne: una red impoluta en la que no haya tachaduras ni voces disonantes.