Entradas de] Andres Herzog

El “revival” de la doctrina de los actos políticos exentos de control judicial: el Auto del TS inadmitiendo el recurso contra nombramientos CGPJ

Como ya explicaba en este post el Tribunal Supremo (TS) ha encontrado una vía fácil para quitarse de encima “muertos” poco apetecibles, como la decisión sobre la legalidad de los nombramientos de los miembros de los organismos reguladores, en este caso, de los vocales del Consejo de Seguridad Nuclear. Pues bien,  de nuevo y en un caso en cierta medida similar, el Auto del TS de fecha 2 de abril de 2014 acuerda inadmitir a trámite del recurso presentado contra el nombramiento de los vocales y del Presidente del CGPJ presentado por UPyD. Pero quizá lo más interesante es que el Auto en cuestión va todavía más allá de la mera inadmisión (dado que hay también un recurso de una asociación judicial a la que es complicado negarle la legitimación para recurrir en este caso) y ya puestos, resucita de forma “aggiornata” la vieja doctrina de los actos parlamentarios exentos de control jurisdiccional, lo que supone (por mucho que lo intente negar la Sala) que en la práctica se establece un espacio de impunidad no susceptible de control de ningún tipo, como enseguida veremos. Efectivamente, lo que hace el Auto es diferenciar entre los Reales Decretos de nombramiento de los […]

El Tribunal Supremo ante el espejo: el pionero caso de la impugnación de los nombramientos del Consejo de Seguridad Nuclear

No descubro nada nuevo si señalo que una de las reformas que más urgentemente necesita España es la relacionada con la despolitización de las diversas instituciones y órganos constitucionales del Estado, actualmente colonizados y neutralizados por los partidos políticos, pues sin la existencia de contrapesos reales al poder omnímodo de los partidos difícilmente podremos hablar de una democracia de calidad. Como bien saben los lectores de este blog es la inexistencia de verdaderos controles es lo que ha provocado el desfalco de las Cajas de Ahorros, la emisión de participaciones preferentes, el caos energético, el abuso de la llamada puerta giratoria y que la corrupción política haya llegado a los niveles actuales. Efectivamente, nadie que no tenga un interés directo en mantener este estado de cosas podrá negar que este problema es uno de los principales que tiene España y que afecta a órganos como el Banco de España, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Comisión Nacional  del Mercado y la Competencia (CNMV), la recién refundida Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el Tribunal de Cuentas y a otros entes menos conocidos pero también fundamentales en sus respectivos sectores, como es el Consejo de Seguridad […]

La destrucción de los discos duros de Bárcenas por el Partido Popular: segunda parte de la historia (y II)

En el primer post de la serie comentamos fundamentalmente el Auto del juez Ruz. Pese a su contundencia, comprobamos que no convenció al Juzgado de Instrucción nº 32 de Madrid, que archivó el procedimiento sin practicar ni una sola prueba. En este post analizaremos este segundo Auto. En lo que respecta al delito de encubrimiento, el Juzgado de Instrucción parte de una premisa que, a primera vista, puede parecer lógica, consistente en decir que “no existe delito de encubrimiento si no se encubre un delito, y éste no ha sido declarado probado”. No obstante, a nada que se reflexiona un mínimo sobre la cuestión, nos daremos cuenta de que es una premisa absurda, pues según dicha teoría en todos los casos en los que se investiga la existencia de un posible encubrimiento habría que esperar a la firmeza de la condena respecto del delito encubierto para poder iniciar siquiera las investigaciones pertinentes de cara a demostrar la concurrencia de aquel. Obviamente, ello no es así, pues todos y cada uno de los delitos de encubrimiento quedarían, para empezar, prescritos. De hecho, lo normal es lo contrario. Los posibles delitos de encubrimiento y los delitos encubiertos suelen investigarse conjuntamente y, por […]

La destrucción de los discos duros de Bárcenas por el Partido Popular: segunda parte de la historia (I)

Hace ahora un mes escribí un post en este mismo foro titulado “la inminente imputación del Partido Popular” (ver aquí) en el que, de forma no exenta de ingenuidad, afirmaba que “con una altísima probabilidad, rayana en la certeza, el Partido Popular va a tener el dudoso honor de ser el primer partido político imputado en España”. Tan rotunda afirmación la hacía tras la lectura del Auto de 19 de septiembre de 2013 dictado por el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz en el conocido como “caso Gürtel” (en el que se investiga también en pieza separada, conocida popularmente como los “papeles de Barcenas”, la existencia de una contabilidad paralela en el PP), en el cual el mismo constataba la existencia de diversos indicios delictivos derivados de la actuación del Partido Popular en relación a la destrucción de los discos duros de los ordenadores de Bárcenas. En el referido Auto el juez Ruz acordaba deducir testimonio de diversos particulares obrantes en la causa e inhibirse parcialmente en favor de los Juzgados de Instrucción de Madrid a fin de que dicho órgano judicial investigara la posible concurrencia de, cuanto menos, dos posibles delitos: encubrimiento (art. 451 CP) y daños informáticos (art. […]

La inminente imputación del Partido Popular

Mucha gente desconoce, pues los medios lo ignoraron absolutamente en su día, que desde la aprobación de la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, de modificación del Código Penal, los partidos políticos y sindicatos pasaron a ser penalmente responsables, de forma directa y con independencia de la responsabilidad que pudiera alcanzar a sus directivos y representantes por la comisión de hechos delictivos, siempre que se encuentren en el catálogo de delitos de aplicación a las personas jurídicas. Desde la promulgación de dicha Ley los partidos políticos y los sindicatos pueden ser imputados y condenados a penas que van desde la multa hasta la suspensión de actividades e incluso la disolución en los casos más graves. Previamente, en el año 2010 se había introducido por vez primera en nuestro ordenamiento la responsabilidad penal de las personas jurídicas, en virtud de la cual era posible exigir dicha responsabilidad criminal directamente a sociedades, tanto por actos realizados por sus representantes legales y administradores como en los casos en los que no fuera posible averiguar la identidad de la concreta persona de la empresa que hubiera perpetrado el ilícito penal.  Pero los legisladores se preocuparon de excluir del ámbito subjetivo de la reforma […]

Más sobre el FROB: el “caso Bankia”

Como continuación de mi anterior post, en el que mostraba mi sorpresa e indignación sobre la forma en que se han gestionado los recursos públicos en el rescate financiero a través del FROB, me gustaría hacer mención a un caso que conozco bien (o que voy conociendo mejor poco a poco), que es el de Bankia.   Al margen de las implicaciones contables, indiciariamente delictivas, que dieron lugar al nacimiento del SIP de Bankia, mediante la integración de 7 Cajas de Ahorro, y su posterior salida a bolsa, me gustaría centrarme ahora en la actuación del FROB, cuyos poderes de actuación se han reforzado sustancialmente mediante el recientísimo RD 24/2012 y que funciona supuestamente al servicio del interés general con la finalidad de reorganizar y sanear el sistema financiero español.   Para valorar si realmente sirve a tan loable interés o a otros más bien espurios e inconfesables se hace imprescindible referir la siguiente secuencia cronológica de hechos:   (i)                  Con fecha 29 de junio de 2010 la Comisión Rectora del FROB acordó apoyar financieramente el proceso de integración de las Cajas de Ahorro del denominado “Grupo Bankia” mediante el compromiso de Suscripción de Participaciones Preferentes Convertibles (PPC, esto es […]

El FROB: la socialización de deudas privadas por un ente al margen de la Ley

El Real Decreto-Ley 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, que ha sido convalidado por el Congreso es una normativa densa y compleja que, sin lugar a dudas, dará mucho que hablar en este foro.   Para empezar, vaya por delante mi total adhesión a lo ya manifestado por Jesús María Morote Mendoza en su post del pasado día 12, en el que pone de manifiesto los desorbitantes poderes que se conceden al FROB en el citado RDL, derogando artículos fundamentales del Código Civil, del Código de Comercio y de la legislación societaria, creando un verdadero estado de excepción jurídico-financiero y, de facto, una criatura al margen del ordenamiento legal general.   A nada que analicemos el texto del RDL comprobaremos que la labor del FROB se parece cada vez mas a una especie procedimiento concursal especial para entidades de crédito (se cita el principio de la “par conditio creditorum”, se establecen prelaciones entre acreedores…etc.) pero en la que, lejos de residenciarse su tramitación a un órgano independiente (como son los Juzgados de lo Mercantil) se le encarga al principal acreedor de la “concursada” (esto es, el FROB), que hace a la vez de […]