Del funcionario interino al funcionario eternino
La Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto-Ley 5/2013, de 2 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas sobre el empleo del personal funcionario interino en la Administración General de la Junta de Andalucía, para el mantenimiento de la calidad y la eficiencia de los servicios públicos a la ciudadanía (BOJA de 3 de abril de 2013). Bajo este agotador título la Junta de Andalucía introduce una “discriminación positiva” y establece un criterio de selección que prima a los interinos de su administración que reúnan dos requisitos: – Ser mayor de 45 años a 31 de diciembre de 2013. – Venir prestando servicios de manera ininterrumpida desde antes de 1 de enero de 2005. Este Decreto-Ley altera el funcionamiento de las bolsas de contratación temporal y da prioridad a los interinos que cumplan los requisitos señalados y que se queden sin puesto de trabajo como consecuencia de la toma de posesión de un funcionario de carrera. En la exposición de motivos se explica la severa situación de crisis económica y como está obliga a las administraciones a un redimensionamiento de sus recursos humanos. La situación se agrava porque el artículo 23 de la Ley 17/2012, […]
Licenciada en Derecho y miembro del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social. Desde agosto de 2000 hasta noviembre de 2003 fue Secretaria General de la Dirección Territorial del INSALUD y, más tarde, del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA). Experta en relaciones laborales, habiéndose especializado en la programación y evaluación del desempeño de los puestos de trabajo en la función pública, en la actualidad es asesora jurídica de la Consejería de Presidencia del Principado.