Habilitación judicial de agosto: perjudicial para los profesionales y sin beneficio para la ciudadanía
El gobierno ha asegurado en su comunicado oficial que el Real Decreto-ley 16/2020, que adopta medidas para la recuperación de la actividad judicial, ha nacido del “diálogo constante y reforzado que el Ministerio de Justicia ha mantenido con todas las administraciones y colectivos con intervención en la Justicia”. La afirmación ha sido desmentida ya por buena parte de los operadores jurídicos: el Ministerio sí ha mantenido reuniones telemáticas con ellos, pero el resultado final es una decisión unilateral que no ha contado con su consenso. El texto normativo contiene varias previsiones -algunas positivas, otras no tanto y casi todas susceptibles de plantear numerosas dudas prácticas- que merecen un análisis a fondo. Pero voy a centrarme hoy en explicar por qué no me parece una buena idea una de las medidas “estrella”: la habilitación judicial del plazo comprendido entre el 11 y el 31 de agosto. Soy un juez “de a pie” y no represento a nada ni a nadie. Pero creo que es bueno que se escuchen voces de quienes sí tendremos vacaciones y, por tanto, no podemos ser acusados de ese corporativismo egoísta que muy injustamente se está achacando a los abogados y otros colectivos que cuestionan esta decisión. […]
Magistrado del orden jurisdiccional Social desde diciembre de 2019. Titular actualmente del Juzgado de lo Social nº 2 de Algeciras (Cádiz).
Profesor colaborador de Derecho Laboral en el Máster de Abogacía de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC).
De 1990 a 2019 fue abogado ejerciente, con especial dedicación al Derecho Laboral durante buena parte de su carrera profesional, y dirigió el despacho Alberche Abogados.
Es autor de los libros “La Empresa ante las Administraciones Públicas. Cómo sobrevivir al papeleo” (2003), “Nóminas, Seguridad Social y Contratación Laboral” (ediciones anuales desde 2005), “Derecho Laboral para No Expertos” (2006 y 2ª edición actualizada en 2010) y “La empresa ante la Inspección de Trabajo” (2013), así como coordinador y coautor de la obra colectiva “La empresa ante las bajas por incapacidad temporal” (2011).
Fue el primer presidente de la Sección de Derecho Laboral del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (2014-18) y presidente de la Asociación Española de Abogados de Economía Social (AESOC) entre 2017 y 2019.