Entradas de] Cristina Ramis

Quién es quién en el Impuesto sobre Sociedades

Parece que existe cierta confusión entre qué es una sociedad unipersonal y una sociedad patrimonial y sus implicaciones fiscales. La sociedad unipersonal se regula en el ordenamiento mercantil,  es una sociedad ordinaria, se constituye como sociedad anónima o de responsabilidad limitada, cuya única característica diferenciadora de otras sociedades es la existencia de un único socio quién posee todas las acciones o participaciones. Se regulan en nuestro ordenamiento desde 1995 y la única particularidad respecto a las demás sociedades mercantiles es  la existencia de normas especiales de publicidad dirigidas a evitar que se confunda frente a terceros el patrimonio privado del socio con el de la sociedad. ¿Para qué entonces constituir una sociedad unipersonal con los costes que ello conlleva? La intención del socio único será precisamente la de preservar su patrimonio personal de las deudas que pudiera contraer la sociedad en el tráfico mercantil. En resumen, la única diferencia de una sociedad unipersonal frente a cualquier otra es que su capital, puede estar representado por una o varias acciones o participaciones, pero su totalidad, pertenece a una única persona. Es más, suponiendo que la sociedad estuviera constituida por una sola participación o acción, si éste titulo es copropiedad de dos […]

La tributación de la economía digital

Aunque la economía digital lleva ya años entre nosotros la preocupación por su tributación es de actualidad debido al aumento exponencial de su volumen. ¿De qué hablamos cuando hablamos de economía digital?  La denominada también “nueva economía” ¿Es tan nueva? En realidad, la economía digital no difiere mucho en esencia de la economía tradicional, al igual que ésta, consiste en la venta de bienes y servicios por una empresa. La novedad o diferencia viene dada por el medio utilizado para realizar las transacciones: la utilización de nuevas tecnologías de información y comunicación. Es decir, la utilización de internet para publicitar y realizar la actividad. Esta diferencia, supone un gran cambio, la nueva economía es digital, en ella la comunicación se realiza a la velocidad de la luz, y virtual, no requiere de una base física para realizar la actividad. Estas características han supuesto un aumento exponencial de la economía on line, hace diez años solo una de las veinte grandes empresas mundiales por capitalización bursátil era digital, actualmente, la cifra se ha elevado a nueve. Estamos hablando de Google, Apple, YouTube, AIrbnb, Amazon, Netflix… La utilización de estas nuevas tecnologías para la realización del negocio favorece la globalización del mismo […]

Necesitamos una legislación sobre criptomoneda

Todos sabemos que es un Bitcoin, la criptomoneda por excelencia, una moneda virtual, alegal, anónima, transparente y descentralizada, basada en tecnología blockchain. Mientras en la web profunda la criminalidad se paga con criptomonedas, mientras los ciudadanos se convierten en inversores temerarios, mientras el dinero opaco se blanquea utilizando criptomoneda, nuestro legislador permanece impasible. Ignora los riesgos de todo tipo que plantea este nuevo fenómeno económico, la volatilidad, burbuja, ciberriesgos, estabilidad financiera, política económica… Podríamos pensar que el fenómeno es tan reciente que todavía no constituye un hecho social o económico que deba ser regulado. O bien, que el fenómeno, por ser globalizado, es muy complejo de regular. Pues bien, este post trata de demostrar que, el uso de la criptomoneda no es tan reciente como para que nuestro parlamento no haya iniciado, o mejor, culminado un proceso legislativo y que, si bien es complejo, y precisamente por ello, legisladores de otros países no han permanecido impasibles ante este fenómeno. De uno a otro extremo, – mientras en muchos países entre los que se encuentra el nuestro el uso de monedas virtuales está permitido simplemente porque son alegales – existen varias jurisdicciones que regulan el uso de la criptomoneda, bien para […]

Vender en Wallapop, Ebay y Amazon. ¿Hay que pagar impuestos?

La semana pasada unas declaraciones del Ministro Montoro alarmaron a una parte de la población: los usuarios frecuentes de venta de bienes usados que utilizan plataformas de intermediación. Las palabras del Ministro de Hacienda fueron “el comercio electrónico se sujeta a las mismas normas tributarias que los demás” refiriéndose a varias noticias de prensa que habían difundido días anteriores lo siguiente: la Dirección General de Tributos (DGT) ha establecido en consulta vinculante que los particulares que vendan bienes a través de eBay, Amazon Wallapop o Vibbo serán gravados por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) al 4%. Las declaraciones del Sr Montoro son ciertas, como legalmente acertada es la consulta vinculante a que hacen referencia. La respuesta de la DGT, de 22 de agosto de 2017,  a la consulta de un contribuyente que desea vender objetos y enseres personales y familiares a través de una página web de cuáles serían sus obligaciones tributarias, la contestación establece que no tratándose de un empresario o profesional quién realiza las ventas- en cuyo caso estas se gravarían por IVA- se aplica el artículo 7 de la ley de ITP que efectivamente dispone que, se gravan por este impuesto las trasmisiones  onerosas por actos […]