Entradas de] Enrique Alberto Maya

¿Es el recurso de revisión un mecanismo verdaderamente útil?

El sistema de recursos se ha transforma en algunas ocasiones en un conjunto de trámites superfluos, que miran desde la distancia a la economía y agilidad procesal, y se mantiene escéptico en relación con las garantías constitucionales. De esta forma, ocasiona un sobre esfuerzo tanto para las partes como para el Estado y como consecuencia sobredimensiona de manera innecesaria nuestra arquitectura procesal. Los letrados de la Administración de Justicia son un cuerpo superior jurídico que como técnicos en derecho dictan sus propias resoluciones. Además, estas pueden ser recurridas en reposición ante el propio Letrado de la Administración de Justicia o en revisión ante el juzgador. Este último recurso fue introducido por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre,  en los arts. 102 bis.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA) y 454 bis de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC). Mediante esta reforma el legislador en un intento de descargar al juez de funciones involucró a un técnico en derecho como es el letrado de la Administración de Justicia con una batería de atribuciones que incluían que determinadas resoluciones dictadas por él, no fuesen sometidas a control jurisdiccional. […]

La soberanía nacional y la división de poderes

Las relaciones institucionales entre los poderes del Estado son más enigmáticas de lo que familiarmente pensamos. En este artículo me limito a analizar algunos de los elementos clave del “gobierno del pueblo” para que cada uno saque su propio corolario. El artículo 1 de la Constitución Española (CE) dispone: “1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. 3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.” De esta forma, se consagra la supremacía del pueblo como fuente de donde emana el movimiento y modulación de los poderes del Estado. Esto da al Estado una fuerte apariencia democrática en su configuración. No obstante, la autoridad del pueblo no se ejerce de forma directa, sino que se hace a través de un gobierno representativo y sin olvidar lo dispuesto como límite en el artículo 9 de la CE: “1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.”. Este artículo deja en segundo […]

Anteproyecto de la nueva ley de enjuiciamiento criminal

Con el anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal que salió a la luz volvemos a asistir una vez más a una iniciativa legislativa materializada, como suele ser costumbre con más sombras que luces. En este anteproyecto destaca una cosa por encima de las demás y es la atribución al Ministerio Fiscal de la instrucción, esta incesante voluntad política junto a la necesidad de expresar a la opinión publica un logro partidista ha sido lo que ha impulsado esta ley. Como consecuencia, nos encontramos con un anteproyecto parcheado, casposo, un compilado de borradores anteriores que además es totalmente obsoleto y anticuado con una estructura técnico procesal en algunos de sus puntos más propia del Paleolítico que de los tiempos actuales. Una ley que si llega a publicarse en estos términos nacerá vieja y desfasada. Ya en su exposición de motivos este anteproyecto se refiere a las competencias de la instrucción de la siguiente manera: “…la implantación de las Fiscalía Europea requiere, inevitablemente, la articulación de un nuevo sistema procesal, de un modelo alternativo al de la instrucción judicial que permita que el órgano de la Unión Europea competente asuma las funciones de investigación y promoción de la acción penal, al tiempo […]

El Letrado de la Administración de Justicia. Un pilar fundamental.

El artículo 440 de le Ley Orgánica del Poder Judicial (o “LOPJ”) dispone que: “Los Letrados de la Administración de Justicia son funcionarios públicos que constituyen un cuerpo superior jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la Administración de Justicia, dependientes del Ministerio de Justicia y que ejercen sus funciones con carácter de autoridad ostentando la dirección de la Oficina Judicial”. Los Letrados de Justicia son unos grandes desconocidos por todos, pero se constituyen como una pieza sustancial en el buen funcionamiento de la justicia en nuestro país. Su antigua denominación era la de Secretarios de la Administración de Justicia o Secretarios Judiciales, y su origen se encuentra en la figura del secretario, del escribano y sobre todo de la fe pública, que se ha constituido a lo largo de la historia jurídica como una garantía elemental de un ordenamiento jurídico, justo, estable, flexible, definitivo y adaptable a los cambios sociales. Aunque los primeros datos de la figura datan del antiguo Egipto, lo cierto es que fueron introducidos en el año 1216 por el decretal de Inocencio III como un mecanismo para garantizar la independencia y la aplicación del derecho con total objetividad. Por tanto, es una figura con […]

Los poderes para pleitos y la digitalización de la justicia

En algunos sistemas jurídicos como en el de España, las partes no pueden actuar directamente ante los Juzgados y Tribunales  sino que deben de hacerlo a través de las personas que legalmente le representen, es lo que nuestro ordenamiento jurídico denomina representación técnica, es decir, para que las partes puedan actuar válidamente en el proceso no es suficiente con que tengan capacidad para comparecer en juicio sino que requieren de la postulación que significa que deben actuar por medio de un apoderado. Si bien hay algunas excepciones en la que se exonera a las partes de dicha exigencia procesal así lo dispone nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 de 7 de enero cuando en su artículo 23.2 dispone que:  “ 2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, podrán los litigantes comparecer por sí mismos: 1.º En los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta no exceda de 2.000 euros, y para la petición inicial de los procedimientos monitorios, conforme a lo previsto en esta Ley. 2.º En los juicios universales, cuando se limite la comparecencia a la presentación de títulos de crédito o derechos, o para concurrir a Juntas. 3.º En […]

Sobre la sentencia del Proceso Catalán

El 14 de octubre de 2019 fue un día clave porque se notificó la sentencia que afecta al proceso soberanista catalán, además se le dio difusión pública de manera oficial pues es sabido que se filtró días antes. Más allá del debate jurídico entre el tipo de delito cometido si sedición o rebelión, para lo cual debería de analizarse los complejos fundamentos jurídicos de la sentencia, creo que se ha pasado de largo una cuestión jurídica que es digna de especial mención en esta problemática y que creo que generará debate en las más altas esferas europeas. Me refiero en concreto a la condenada por el Tribunal Supremo y expresidenta del Parlamento de Cataluña entre el 26 de octubre del año 2017 y el 17 de enero del año 2018, María Carme Forcadell Lluís.       Para ello en primer lugar hay que decir que cuando hablamos de soberanía nacional estamos poniendo de manifiesto que el poder reside en los ciudadanos y a ello se refiere nuestra Constitución en su artículo 1 cuando dispone que “la soberanía nacional reside en el pueblo español, de donde emanan todos los poderes del estado “. Además, esta idea es ampliamente recogida y está de sobra […]