Entradas de] Leopoldo Peralta Mariscal

La protección de la vivienda en el nuevo Código Civil y Comercial de Argentina

La desprotección de la vivienda habitual y el drama de los lanzamientos tras las ejecuciones hipotecarias se ha erigido en argumento de nuevos partidos políticos y la falta de solución adecuada de este problema ha tenido consecuencias políticas evidentes tras las elecciones del pasado 24 de mayo. Y es que la regulación española de la vivienda habitual dista mucho de lo que acontece en otros ordenamientos. Es llamativo que en Argentina se esté derogando una ley que ya protegía la vivienda familiar, vigente durante unos sesenta años, para sancionar una mejor, y que en España aún no exista una protección de este tipo. Ya hice un post, aquí mismo, hace unos meses, sobre la protección de la vivienda en Argentina, por lo que aquí haré particular hincapié en las modificaciones que introduce el nuevo régimen legal introducido por el nuevo Código Civil y Comercial sancionado el 1 de octubre de 2014. La crisis europea de los últimos años favoreció que se llamara la atención, de una vez por todas, al instituto de la protección de la vivienda, cuya característica fundamental es la combinación de la inembargabilidad y de la inejecutabilidad de determinados inmuebles. Por su intermedio se buscó obtener la […]

Los “daños punitivos”: una nueva y efectiva herramienta de protección al consumidor

La normativa protectora de los derechos de los consumidores es una herramienta muy importante, pero muchas veces insuficiente para que la tutela de la parte débil en la relación contractual sea efectiva. Los sistemas tradicionales de responsabilidad civil se tornan ineficaces (porque muchas veces no permiten lograr el objetivo buscado) e ineficientes (dado el alto costo individual que significa para los consumidores transitar todos los caminos necesarios para lograr el acabado reconocimiento de su derecho) frente a determinado tipo de daños producidos en el marco de las relaciones de consumo. Podríamos clasificar los daños derivados de las relaciones de consumo en dos especies, que nos resultan útiles a los fines que nos proponemos en este post: los provocados accidentalmente, o con culpa leve; y los provocados con culpa grave, o con dolo. En los dos primeros casos (daño accidental, o producido con culpa leve), los sistemas tradicionales de resarcimiento de daños completados con las herramientas protectoras ordinarias que proveen las normas de protección de consumidores , suministran un marco aceptable para la protección de los derechos de los consumidores y usuarios. En los dos últimos (culpa grave y dolo), en cambio, esas garantías resultan insuficientes, principalmente -aunque no exclusivamente- por […]