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Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
La invasión de Ucrania nos ha pillado a casi todos los dichosos ciudadanos que vivimos en democracias occidentales por sorpresa. Aunque las características de la dictadura de Putin son más o menos conocidas y su voluntad de desequilibrar las democracias liberales occidentales en general, y las europeas en particular, está más que probada (recordemos a título de ejemplo lo sucedido con las elecciones americanas de 2016 o, más cercano a nosotros, sus relaciones con entorno de Puigdemont) las imágenes que estamos viendo hoy representan un salto cualitativo. Ha invadido un país soberano en base a una propaganda que recuerda mucho a la que utilizó Hitler para invadir Checoslovaquia en 1938: la protección de las supuestas minorías oprimidas (alemanes de los Sudetes entonces, rusos del Dombas ahora) por el gobierno democrático de otro país. Lo más llamativo es que Putin hable de “desnazificar” Ucrania, cuando precisamente se comporta como los nazis. Porque, no lo olvidemos, en Ucrania existe un gobierno democráticamente elegido y con un Presidente, Zelinsky, que ganó las elecciones en 2019 con una cómoda mayoría. Por si fuera poco, resulta que es judío. El desastre humano, en forma de pérdida de vidas y migraciones a otros países parece ya […]
Editores del blog “¿Hay derecho?”
No esperen grandes novedades ni noticias de este post. Se ha dicho muchísimo en pocas horas y, a pesar de eso, no tenemos toda la información. Confórmense con unas breves reflexiones que nos permitan, quizá, enfocar mejor lo que está ocurriendo, y revalorizar la política como arte. En el análisis de la conducta humana en sociedad podríamos distinguir tres planos: el ético, el político y el jurídico. Y por supuesto, en cada uno de los planos podemos efectuar un análisis basándonos en la racionalidad o dejándonos llevar por la emocionalidad; podemos actuar con justicia o con interés. Todos tenemos nuestras preferencias políticas y éticas y hasta jurídicas y todos podemos actuar en cada uno de esos planos con justicia, controlando nuestros sesgos, o con emoción, dejándonos llevar por ellos. En esta Fundación tratamos de enfocar básicamente los planos jurídicos y ético de los acontecimientos y no tanto los políticos; es decir, nos centramos más en las reglas del juego y no tanto en el juego mismo y, en la medida de nuestras fuerzas, queremos hacerlo desde la racionalidad y la justicia, sin dejarnos dominar por nuestras preferencias personales. Y, por supuesto, será preciso hacer un análisis jurídico de la comisión […]
Presidente Fundación Hay Derecho. Notario de Madrid. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1979-1984). Oposiciones a Notarías aprobadas en 1988, oposiciones restringidas, entre Notarios, en 1991-1992. En twitter @ignaciogoma
El Ministerio de Defensa recibe una solicitud, a través del Portal de la Transparencia, de acceso al siguiente documento: “Informe emitido el 9 de enero de 2006 por el General Jefe del Estado Mayor de la Defensa, Don Félix Sanz Roldán, titulado: Informe sobre los acontecimientos de la Pascua Militar, en Sevilla”. Resuelve el Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Defensa, inadmitiendo la solicitud, alegando la siguiente causa de inadmisión: “… resuelvo inadmitir la pregunta a que se refiere la solicitud deducida… toda vez que en este caso existe una regulación propia de acceso a este tipo de información que es la prevista en el Real Decreto 2598/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Archivos Militares”. Debe tenerse en cuenta que no se solicitó acceso al emisor del referido documento, sino al receptor del mismo, el Ministerio de Defensa, pues en su día el documento fue dirigido al entonces ministro. Prueba de ello es que el entonces ministro, Don José Bono, ha hecho públicos una serie de documentos recibidos en su día en dicho Ministerio, como se pone de manifiesto en la siguiente información: “Zapatero investigó si el Ejército apoyaba las tesis del […]
Abogado. Tiene varios másteres oficiales y otros títulos de posgrado en Derecho Procesal Civil, Administración Concursal, Derecho Tributario y Derecho empresarial. Ha publicado varios libros jurídicos y ha participado en otros de carácter colectivo. Ha publicado más de 400 artículos en las principales revistas jurídicas y en los principales diarios de información económica.
La cuestión de la protección de los alertadores y de los denunciantes de corrupción en nuestro país se encuentra íntimamente vinculada a la credibilidad. Cuando surge un nuevo caso de corrupción y los detalles de la investigación van saliendo a la luz, conociéndose que se ha detectado por la colaboración de una persona concreta que ha dado el paso de contar lo que sabe, siempre encontraremos posturas antagónicas para calificar dicho acto. Así, algunos pensarán que lo hace por venganza o por el interés de ser tratado con mayor condescendencia por la justicia, o incluso por afán de protagonismo, y pocos pensarán que la ética o los principios morales presiden tal iniciativa. De igual modo, para un sector se tratará de un acto de heroísmo y, para otro, no insignificante, de una traición imperdonable. Por muchos casos que sigan apareciendo, existe tal normalización de la corrupción que el manto de anestesia general extendido ha rebajado demasiado el umbral que permite reconocer su gravedad y su trascendencia. En términos de la Directiva 1937/2019 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, […]
Para formular un juicio fundamentado sobre la comisión obtenida por el hermano de Ayuso -en base al contrato otorgado por la CAM a la empresa Priviet Sportive, S.L para conseguir mascarillas en el momento más duro de la pandemia- nos falta conocer algunos datos fundamentales. En primer lugar, el trabajo concreto por el que el hermano es remunerado. En segundo lugar, el importe concreto que ha recibido por el mismo. Ayuso alega que la comisión la paga la empresa por las gestiones realizadas por su hermano en China para conseguir mascarillas a buen precio. Lógico, porque el caso sería directamente delictivo si las gestiones las hizo otra persona y al hermano, en realidad, se le pagó la comisión para conseguir de la CAM el contrato para la empresa (tráfico de influencias). Este dato es fundamental y lo que debe exigirse es que el hermano aclare y pruebe cumplidamente las gestiones concretas que él realizó, en base a su experiencia o trabajos anteriores realizados en China. Si no quiere o no puede hacerlo de forma satisfactoria, entonces es obligado transitar a la otra hipótesis. Para obtener la condena penal la Fiscalía deberá probar esa inactividad, por supuesto, pero nosotros ya tendríamos […]
Rodrigo Tena Arregui es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Notario de Madrid por oposición (OEN 1995). Ha sido profesor en las Universidades de Zaragoza, Complutense de Madrid y Juan Carlos I de Madrid. Es miembro del consejo de redacción de la revista El Notario del siglo XXI.
A mayor evidencia de casos de corrupción en España, mayor “dureza” penal en el castigo a los corruptos. Esta es una lógica reactiva, ineficiente y errónea: reactiva porque elude la prevención del fenómeno, ineficiente porque no ofrece resultados aceptables, y errónea, porque se basa en tres premisas equivocadas. Primera, el Derecho Penal no es la “última ratio” del modelo sancionador, sino la “prima ratio”. Segunda, nuestro Derecho puede abordar por sí sólo y con éxito un fenómeno global. Tercera, la ineficiencia de la lucha contra la corrupción es accidental o involuntaria, como si no fuera un modelo voluntario y cultivado de “desgobierno”, en palabras del profesor Alejandro Nieto. La huida general del Derecho Administrativo sancionador al Derecho Penal se basa en la ineficiencia del primero para abordar la prevención general (advertencia general de no comisión de infracciones) y especial (castigo singularizado a los infractores). Ello es debido a problemas de diseño organizativo de nuestras Administraciones, pero también de diseño y aplicación de la normativa, sumados a un modelo ineficiente. Sin embargo, podemos constatar, por un lado, que el tratamiento penal del fenómeno no ha tenido éxito; y, por el otro, que en los últimos años el Derecho Administrativo sancionador ha […]
Profesor titular de Derecho Administrativo en la Universidad Autónoma de Barcelona
Han tenido una cierta trascendencia pública las recientes sentencias de 20 de enero y de 8 de febrero de 2022 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que obligan al Ayuntamiento de Cardedeu (Barcelona) a hacer ondear en el exterior del consistorio las banderas de España y de Cataluña y legitima a la Asociación Impulso Ciudadano para interponer acciones destinadas a la reposición de las banderas oficiales en los edificios públicos. La que torpemente se ha denominado “guerra de las banderas” no es nueva. Arranca a principio de la década de los años 80 en algunos municipios vascos en los que sus plenos adoptaron acuerdos para retirar la bandera de España de las fachadas de los edificios consistoriales durante las fiestas locales. El primer asunto que llegó a los Tribunales fue la impugnación del Ayuntamiento de Bilbao contra una resolución de noviembre de 1984 de la entonces Dirección General de Política Interior, denegatoria del recurso de alzada formalizado por el Ayuntamiento contra una resolución del Gobierno Civil de Vizcaya de agosto de 1984 que requería que ondease la bandera nacional junto a la de la Comunidad Autónoma y la del Municipio en el exterior de la Casa Consistorial durante las […]
La noticia ha caído como un jarro de agua fría: el índice de democracia (Democracy-Index) que elabora anualmente The Economist Intelligence Unit nos deja fuera de las “democracias completas” para relegarnos a la tercera posición entre las “democracias defectuosas” (esto es, por encima de los regímenes híbridos y los autoritarios). Los titulares de prensa, siguiendo el propio informe, rápidamente se han lanzado a poner el acento en el bloqueo del Consejo General del Poder Judicial. Y, por supuesto, los dos grandes partidos no han tardado en echarse mutuamente las culpas. Ciertamente, el informe menciona la grave anormalidad que supone que el CGPJ lleve en funciones desde 2018 y la “división política” que lo motiva. Es algo que la Fundación Hay Derecho lleva denunciando desde hace años; desde antes del bloqueo mismo. Recordemos en este sentido que “repartirse los cromos” desatascaría la situación, pero volvería a suponer un flagrante incumplimiento de la sentencia 108/1986, de 29 de julio, del Tribunal Constitucional; no parece que de esto sea conocedor el informe. Lo que sí menciona son otros tres motivos para la bajada de España en el ranking: la creciente fragmentación parlamentaria, una “letanía” de escándalos de corrupción y los problemas de gobernanza […]
Todo aquel que tenga alguna preocupación por la justicia de nuestro país, y por su prestigio en Europa, debería estar ciertamente inquieto por las señales coordinadas que están llegando desde el eje judicial Luxemburgo-Estrasburgo en relación con el caso polaco. Tras los avisos que han supuesto las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de noviembre de 2019 -C-624/18- y de 2 de marzo de 2021 -C-824-18 (comentadas en el post La esperanza está en Europa, Blog Hay Derecho) nos llegan ahora de Estrasburgo nuevas señales de alarma, justamente cuando la justicia española tiene en el horizonte un difícil examen en Europa al hilo de los recursos de los condenados por el procés catalán. Las sentencias del TEDH de 22 de julio 2021(Reczkowicz), 8 de noviembre 2021 (Dolińska-Ficek and Ozimek) y 3 de febrero de 2022 (Advance Pharma) declaran vulnerado el derecho de distintos ciudadanos polacos a que sus asuntos sean examinados por un tribunal independiente e imparcial (art. 6 CEDH), al haber sido resueltos por un tribunal -el Tribunal Supremo de Polonia- cuyos miembros habían sido total o parcialmente designados por un consejo de la magistratura cuyos miembros judiciales, a su vez, habían sido elegidos […]
Juez desde 1994. Actualmente ocupa la plaza de especialista de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha
De un tiempo a esta parte la polarización social y política que padecen muchas sociedades occidentales se ha convertido en el lugar común que sirve para explicar casi todos los males de la hora actual, incluido el declive de la propia democracia liberal, identificado desde hace unos años por varios índices internacionales. La polarización política tiene lugar cuando las opiniones tienden a radicalizarse en extremos opuestos, perdiendo peso, en consecuencia, las opiniones moderadas. De esta manera se dificulta el compromiso, el consenso y la negociación, y todo se convierte en un juego de suma cero en el que solo puede haber ganadores y perdedores, lo que, a su vez, genera crispación, odio y resentimiento. Puede que las sociedades estén hoy más polarizadas que hace unas décadas, pero si efectivamente es así, parece que la principal culpa la tienen los partidos políticos. Los partidos han descubierto que el recurso a la política identitaria de corte sentimental y excluyente (nacionalista, religiosa, racial, ideológica, etc.) es idónea para movilizar a la propia base, lo que, electoramente hablando, resulta mucho más eficaz que intentar conseguir votos en los márgenes con propuestas más moderadas. Pero lo que ya resulta más discutible es que ese fenómeno […]
Rodrigo Tena Arregui es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Notario de Madrid por oposición (OEN 1995). Ha sido profesor en las Universidades de Zaragoza, Complutense de Madrid y Juan Carlos I de Madrid. Es miembro del consejo de redacción de la revista El Notario del siglo XXI.
Una de las mayores satisfacciones que un profesional puede tener es comprobar que las normas son eficientes y verdaderamente resuelven los problemas de los ciudadanos. Esta alegría es mayúscula cuando se observa que una persona que estaba patrimonialmente desahuciada recupera su vida, tiene futuro y esperanza. Esto es lo que pasa cuando un deudor de buena fe consigue la exoneración del pasivo insatisfecho tras la liquidación de su patrimonio. Muchas de esas deudas pendientes ya no les serán exigidas tras la obtención de la exoneración definitiva y podrá “volver a empezar” una nueva vida o una nueva aventura empresarial. Por ello es muy importante que los abogados, cualquiera que sea su especialidad conozcan que es posible solucionar de forma eficiente la insolvencia de las personas físicas y que la condena a la exclusión social no es la única salida posible. Por eso desde este blog hemos trabajado duro primero para defender esta reforma necesaria que culminó en 2015 y después en la divulgación de su contenido. Aquí, aquí El 14 de enero de 2022 se ha presentado en el Congreso de los Diputados el Proyecto de ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal que introduce un NUEVO […]
Licenciada y doctora en Derecho por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE). Catedrática de Derecho Civil. Universidad Complutense. Miembro del Instituto de Derecho Europeo e integración regional (IDEIR) de la Universidad Complutense.Vicepresidenta de la Fundación Hay Derecho
Autora de varias monografías y numerosos artículos en revistas especializadas, ha desarrollado varias líneas de investigación sobre transmisión de los derechos reales; derecho de familia y concurso de acreedores; Crisis matrimoniales, Concurso de persona física, prevención del sobreendeudamiento privado: préstamo responsable y ficheros de solvencia patrimonial y actualmente centrada en la “tutela de usuarios de servicios FinTech”. Estas líneas de investigación las ha desarrollado con el apoyo de cuatro proyectos de investigación I+D del Ministerio de Economía y Competitividad de los que ha sido investigadora principal.
En la actualidad desarrolla una nueva línea de trabajo como investigadora principal en el proyecto I+D financiado por Ministerio de Ciencia e Innovación sobre la protección de los consumidores y usuarios de servicios FinTech, particularmente, los contratos de préstamo a través de plataformas de financiación participativa. De hecho, se acaba de publicar su último libro sobre “Las Fintech de préstamos o crowdlending. La contratación de préstamos a través de plataformas intermediarias en línea”.
Ha realizado varias estancias de investigación en la Universidad de Harvard (Harvard Law School) (junio 2010 y mayo de 2016) y en la Facultad de Derecho de la Universidad de Perugia (junio 2012).
Ha participado en tareas legislativas.
En particular, ha asesorado al Ministerio de Justicia durante los últimos meses del año 2009 y primeros de 2010, dentro de los trabajos de preparación de la propuesta de reforma de la Ley Concursal, en lo que se refiere al concurso de persona física. Un asesoramiento que ha tenido incidencia en las redacciones propuestas para los nuevos artículos 47, 49.2 y 25 de la citada Ley y que se han confirmado en la redacción definitiva de la Ley 22/2011, de 10 de octubre de Reforma de la Ley Concursal. También ha asesorado al FMI sobre la regulación de España de la insolvencia de persona natural y al Ministerio de Economía en relación con los ficheros de solvencia positivos con ocasión de la aprobación de la Ley de fomento de la financiación empresarial.
Ha elaborado para el Ministerio de Justicia una propuesta de regulación de la reforma de la Ley Concursal en materia de Insolvencia de Persona Natural: reforma de la Ley Concursal, Ley de Enjuiciamiento Civil y Ley de Protección de datos personales en materia de ficheros de solvencia positivos. Ministerio de Justicia, enero 2015.
Ha elaborado propuestas de enmiendas al Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario y Proyecto de Ley de Protección de Datos personales a instancia de diversos grupos parlamentarios, habiendo tenido algunas de ellas reflejo en los textos legales finalmente aprobados.
Participación en la tramitación del Anteproyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal para la transposición de la Directiva UE 2019/1023 sobre marcos de reestructuración preventiva, insolvencia y condonación de deudas. Elaboración de informe con propuestas para la reforma del régimen jurídico de la exoneración del pasivo insatisfecho para la Sección Especial de la Comisión General de Codificación sobre Derecho Preconcursal. Julio 2020.
Este artículo es una reproducción de una tribuna publicada en Crónica Global. Se acumulan las noticias sobre las cosas asombrosas que pasan en el Parlament de Catalunya, avanzadilla de las que pueden suceder en el resto de España si desaparecen los famosos contrapesos o “checks and balances”, empezando por los más obvios, los límites recogidos en las disposiciones vigentes, por ejemplo, en materia de salarios públicos. Si hasta ahora habíamos conocido algún caso (que ha terminado en vía judicial) de un funcionario que estuvo diez años cobrando íntegramente su sueldo sin ir a trabajar -básicamente por tolerancia o desidia de sus superiores- ahora nos hemos enterado de que el Parlament tenía un sistema que permitía cobrar nada menos que hasta 10.000 euros al mes no ya por no ir, sino por tener una cierta edad. Pero mientras que en el caso del funcionario inactivo se impuso una sanción disciplinaria por un órgano judicial, en el caso de los funcionarios del Parlament ni siquiera se plantea que devuelvan el dinero de los contribuyentes. Estamos hablando de un sistema innovador que permitía a los funcionarios mayores de 60 años cobrar su salario íntegro sin trabajar, las llamadas “licencias por edad” Algo que […]
Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1980-1985). Accedió al Cuerpo de Abogados del Estado en el año 1988
En la Administración pública ha ostentando cargos tales como Abogado del Estado-Jefe de la Secretaría de Estado de Hacienda; Subdirectora General de Asuntos Consultivos y Contenciosos del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Abogada del Estado-Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid; Abogada del Estado-Jefe Servicio Jurídico de la Rioja; Letrada en la Dirección General Registros y Notariado; Abogada del Estado ante el TSJ de Madrid; Abogada del Estado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia
En la actualidad compatibiliza su trabajo en los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con otras labores profesionales.
En el sector público, ha ostentado muchos años el puesto de Secretaria General de una entidad pública empresarial.
En su dedicación al sector privado es socia fundadora de la empresa de consultoría Iclaves y responsable del área jurídica de esta empresa.
Destaca también su experiencia como Secretaria del Consejo de administración de varias empresas privadas y públicas, Secretaria del Consejo de Eurochina Investment,
de la de la SCR Invergestión de Situaciones Especiales, y de la SCR Renovalia de Energía; ha sido también Consejera de la sociedad estatal Seyasa y Secretaria de la Comisión de Auditoria Interna; Secretaria del Consejo de la sociedad estatal SAECA.
En el área docente ha colaborado en centro como ICADE; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad San Pablo-CEU o el Instituto de Estudios Fiscales. Ha publicado numerosas colaboraciones en revistas especializadas, de pensamiento y artículos periodísticos.
Es coeditora del blog ¿Hay derecho? y del libro del mismo nombre editado por Península junto con otros coautores bajo el pseudónimo colectivo “Sansón Carrasco” y Secretaria General de la Fundación ¿Hay Derecho?
Elisa de la Nuez Sánchez-CascadoElisa de la Nuez Sánchez-Cascado es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1980-1985). Accedió al Cuerpo de Abogados del Estado en el año 1988 En la Administración pública ha ostentando cargos tales como Abogado del Estado-Jefe de la Secretaría de Estado de Hacienda; Subdirectora General de Asuntos Consultivos y Contenciosos del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Abogada del Estado-Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid; Abogada del Estado-Jefe Servicio Jurídico de la Rioja; Letrada en la Dirección General Registros y Notariado; Abogada del Estado ante el TSJ de Madrid; Abogada del Estado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia En la actualidad compatibiliza su trabajo en los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con otras labores profesionales. En el sector público, ha ostentado muchos años el puesto de Secretaria General de una entidad pública empresarial. En su dedicación al sector privado es socia fundadora de la empresa de consultoría Iclaves y responsable del área jurídica de esta empresa. Destaca también su experiencia como Secretaria del Consejo de administración de varias empresas privadas y públicas, Secretaria del Consejo de Eurochina Investment, de […]
Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1980-1985). Accedió al Cuerpo de Abogados del Estado en el año 1988
En la Administración pública ha ostentando cargos tales como Abogado del Estado-Jefe de la Secretaría de Estado de Hacienda; Subdirectora General de Asuntos Consultivos y Contenciosos del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Abogada del Estado-Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid; Abogada del Estado-Jefe Servicio Jurídico de la Rioja; Letrada en la Dirección General Registros y Notariado; Abogada del Estado ante el TSJ de Madrid; Abogada del Estado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia
En la actualidad compatibiliza su trabajo en los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con otras labores profesionales.
En el sector público, ha ostentado muchos años el puesto de Secretaria General de una entidad pública empresarial.
En su dedicación al sector privado es socia fundadora de la empresa de consultoría Iclaves y responsable del área jurídica de esta empresa.
Destaca también su experiencia como Secretaria del Consejo de administración de varias empresas privadas y públicas, Secretaria del Consejo de Eurochina Investment,
de la de la SCR Invergestión de Situaciones Especiales, y de la SCR Renovalia de Energía; ha sido también Consejera de la sociedad estatal Seyasa y Secretaria de la Comisión de Auditoria Interna; Secretaria del Consejo de la sociedad estatal SAECA.
En el área docente ha colaborado en centro como ICADE; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad San Pablo-CEU o el Instituto de Estudios Fiscales. Ha publicado numerosas colaboraciones en revistas especializadas, de pensamiento y artículos periodísticos.
Es coeditora del blog ¿Hay derecho? y del libro del mismo nombre editado por Península junto con otros coautores bajo el pseudónimo colectivo “Sansón Carrasco” y Secretaria General de la Fundación ¿Hay Derecho?
Si usted visita la web de la Comisión Europea podrá comprobar que hay un enlace, bien visible, denominado “Los responsables políticos de la Comisión Europea”, en el que viene amplia información sobre cada uno de los integrantes del colegio de comisarios. Cada uno de ellos tiene una dirección de correo electrónico a la que usted puede dirigirse. Además, entre otras informaciones, aparece detallada la composición del gabinete de cada uno de ellos, también con su dirección de correo electrónico. Sin embargo, si usted visita la web de La Moncloa, es decir, de nuestro Gobierno, comprobará que hay un enlace a la composición del Gobierno. Ningún miembro del Gobierno hace público su correo electrónico, ni la composición de su gabinete. El presidente del Gobierno tiene un “Formulario de contacto con el presidente del Gobierno (Escribir al Presidente)”. La práctica dice que si usted, por ejemplo, escribe a la presidenta de la Comisión Europea sobre un asunto relacionado con el Mercado Interior, o con la fiscalidad, lo más seguro es que –aparte de darse por enterada del asunto- reciba una contestación (nunca una carta-tipo) del miembro de la Comisión responsable de la materia tratada, puesto que el gabinete de la presidenta habrá […]
Abogado. Tiene varios másteres oficiales y otros títulos de posgrado en Derecho Procesal Civil, Administración Concursal, Derecho Tributario y Derecho empresarial. Ha publicado varios libros jurídicos y ha participado en otros de carácter colectivo. Ha publicado más de 400 artículos en las principales revistas jurídicas y en los principales diarios de información económica.
En fechas recientes, Juan Mora Sanguinetti, colaborador de este blog, ha puesto de manifiesto con interesantes datos la cuestión de la complejidad del marco regulatorio en España En dicho artículo, Mora Sanguinetti ponía de relieve la creciente pérdida de protagonismo o de liderazgo estatal en la producción normativa de la siguiente manera: “Solo en el año 2020 se publicaron nada menos que 12.250 normas nuevas… En 1979 el Estado central aprobaba un 88,6 % de todas las nuevas normas. En 2020 aprobó tan solo el 15,7 % del total, frente a un 78,7 %, de las Comunidades autónomas”. Por tanto, de esas 12.250 normas nuevas del año 2020, el Estado aprobó 1923 disposiciones y de estas once fueron leyes, tres fueron leyes orgánicas, treinta y nueve fueron decretos-leyes y una de ellas real decreto legislativo, lo que ofrece un total de cincuenta y cuatro normas con rango y fuerza de ley, es decir, un 2,8% del total de disposiciones aprobadas por el poder estatal. Estos números ponen de manifiesto que el legislador estatal no parece ser en cantidad el poder normativo principal en España. Es cierto que gran parte de su producción normativa tiene el carácter de normativa básica, sobre […]
Critilo es un hombre experimentado, que habiendo naufragado la nave en que viajaba fue arrojado por el mar a las costas de la isla de Santa Elena, donde conoció a Andrenio, hombre natural, criado por un animal al margen de toda civilización, y a quien Critilo enseñó a hablar. Critilo es el hombre juicioso, en el que predomina la razón, prudente, sagaz, adiestrado por la experiencia, como atestigua la raíz griega kríno, ‘juzgar’, que le da nombre. El nombre de Andrenio procede del griego aνηρ, aνδροs «hombre», que simboliza al hombre instintivo e inexperto, que se deja arrastrar por sus inclinaciones naturales.
Sus conversaciones sobre el mundo y la vida fueron recogidas por Baltasar Gracián en El Criticón.
Su nombre y su imagen servirán excepcionalmente para que pueden expresarse con total libertad aquellos que prefieren no vincular esas opiniones con sus personas por razones de su cargo, posición o profesión, siempre que esas opiniones tengan algo que aportar y hagan honor al nombre del que se valen.
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