La situación del consumo público y su influencia sobre el PIB

El jueves 29 de mayo, el Instituto Nacional de Estadística dio a conocer las cifras correspondientes a la Contabilidad Nacional del Primer Trimestre de 2014, ampliando el dato adelantado de PIB que dio un  mes antes el Banco de España. En términos generales, la economía española crece a un ritmo apreciable conforme a las expectativas de principios de año.

El PIB a precios de mercado y corregido de efectos estacionales y de calendario ha crecido en el primer trimestre un 0,4% en términos trimestrales y un 0,5% en términos interanuales. Dentro de esta dinámica, la mayor contribución al crecimiento la ha hecho la demanda nacional (0,7 puntos de PIB) mientras que la contribución de la demanda externa es negativa (-0,2 puntos de PIB) cuando en el trimestre pasado la aportación fue de 0,4 puntos positivos.

Este trazo grueso de las cuentas nacionales encierra un caso especialmente importante: el comportamiento anómalo del consumo público. El Gráfico 1 muestra la evolución del consumo público medido en tasas de variación interanual y en términos reales desde 2010:

Gráfico 1

 

En este gráfico podemos observar cómo en el cuarto trimestre de 2013, el consumo público se desploma mientras que se recupera de una forma extraordinariamente rápida en el primer trimestre de 2014. Veamos más de cerca su comportamiento, especialmente la misma magnitud con semejante tratamiento pero en tasas trimestrales:

Gráfico 2

De un trimestre a otro en tasa trimestral (2013Q4 a 2014Q1) el consumo público ha pasado de caer un 3,85% en el cuarto trimestre de 2013 a aumentar un 4,42% en el primer trimestre de 2014. En el caso de variación interanual, en el cuarto trimestre de 2013 el consumo público se dejó un 3,4% mientras que en los tres primeros meses de este año, el consumo público ha disminuido apenas un 0,17%.

En este sentido, este comportamiento de la serie muestra una anomalía evidente. Veamos la cuestión más de cerca. Observemos el comportamiento del consumo público en el año 2012 (desde el cuarto trimestre de 2011 hasta el cuarto trimestre de 2012) esta vez en datos nominales brutos y corregidos de estacionalidad:


 Gráfico 3

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Ahora, veamos la trayectoria del consumo público pero en el año 2013 (cuatro trimestres de 2013 más el primer trimestre de 2014):———————————————————————————

Gráfico 4

En este Gráfico puede observarse con facilidad el desplome del consumo público en 2013, sobrerreaccionando a la tendencia de la serie. Si comparamos la trayectoria de la curva en 2012 –año en el que se suprimió la paga extra de Navidad por un importe de 4.850 millones de euros– con la trayectoria descrita en 2013, observamos una diferencia no imputable a una bajada de gasto real, ya que la remuneración de los asalariados –el 55% del consumo público– aumenta en 4.850 millones provenientes de la recuperación de la paga extra a los empleados públicos mientras los sueldos y salarios permanecen inalterados.

En este sentido, la diferencia es achacable a las partidas correspondientes a la compra de bienes y servicios de la Administración. Realizando una proyección sobre los gastos de 2012 y teniendo en cuenta la evolución de 2013 y la del primer trimestre de 2014, la diferencia entre el consumo “real” y el consumo “contabilizado” está en un intervalo de confianza cuyos extremos son 7.000 y 8.000 millones de euros. La tasa de crecimiento del consumo público en el primer trimestre de 2014 habría sido -1,67% aproximando por la desviación estándar de la serie (a través de medias móviles de orden 4 por ser periodicidad trimestral)

Esta conclusión está apoyada en los siguientes supuestos:

a)      Tal como está indicado más arriba, el 55% del consumo público es Remuneración de Asalariados, la cual aumenta en 2013 con respecto a 2012 únicamente por la devolución de la paga extra de Navidad, teniendo en cuenta que los salarios permanecen congelados y escasos movimientos en la contratación de nuevos empleados.

b)      Las compras de bienes y servicios de la Administración son la única vía por la cual puede modificarse el consumo público a través de pactar con proveedores el pago diferido o, simplemente, alargar los plazos de pago  mediante su contabilización con criterio de caja o no reconocer la factura hasta el momento en que se desee contabilizar. No hay constancia de que el Gobierno haya puesto en marcha un plan específico de reducción de gastos corrientes y que sea un plan que haya acabado el 31 de diciembre.

Las explicaciones de Hacienda

Ante estos hechos, el Ministerio de Hacienda hizo pública su postura. Según su versión, se ha producido un cambio de metodología a la hora de contabilizar y distribuir los gastos a lo largo del ejercicio contable, cargando más los primeros trimestres del año y descargando los últimos, especialmente el cuarto trimestre. En este sentido, es perfectamente compatible una caída del consumo público en el cuarto trimestre de un año y un aumento importante del mismo en el primer trimestre del ejercicio siguiente.

Sin embargo, esta explicación no es convincente. Siempre que se produce un cambio metodológico, el organismo encargado de elaborar la estadística está obligado a publicar dos series: una original y otra adaptada a los cambios producidos para establecer comparaciones homogéneas. Nada de esto se ha producido, con lo cual Hacienda está obligada a ofrecer más explicaciones o reconocer que ha guardado facturas en el cajón.

Flash Derecho: Conferencia-Debate de Jesús Fernández-Villaverde y Luis Garicano

Con el título, ¿Hay alternativas para estimular el crecimiento económico en España?,  la Fundación Unión, Progreso y Democracia ha convocado a Jesús y Luis el próximo día 28 de marzo a una conferencia-debate en la que también intervendrá Álvaro Anchuelo, portavoz de Economía de UPyD en el Congreso.
La Fundación tiene entre sus fines promover el debate de ideas en España, planteando especialmente aquellos que, por poner en duda los mensajes oficialmente transmitidos por nuestras actuales élites políticas y financieras, encuentran mayor resistencia a su difusión en nuestra sociedad.  Si hoy en España hay dos candidatos idóneos para plantear un debate de este tipo son, sin duda alguna, Luis y Jesús.
Pensamos, en consecuencia, que se trata de uno de esos “partidos del siglo” que cualquier persona interesada en el futuro de nuestro país no puede perderse. Así que os convocamos a presenciarlo en directo  el próximo día 28 de marzo a las 12 horas en el Círculo de Bellas Artes de Madrid (Salón Valle Inclán, 5ª planta).
 

Vivienda y crisis: ¿por qué el legislador ha actuado tarde y mal?

La crisis económica se ha vuelto una compañera incómoda: parece que ha llegado para quedarse y afecta casi todas las esferas de nuestra vida. Sin embargo, hay un ámbito en el que las consecuencias parecen especialmente gravosas  e injustas: me refiero a la explosión de la burbuja inmobiliaria. En efecto, este capítulo de la crisis no supone sólo la profunda remodelación del sector financiero, que afecta directamente al ciudadano a través de las políticas de austeridad; sino que, además, comporta una crisis social de gran magnitud que afecta a grandes colectivos que han perdido o están en riesgo de perder su vivienda, o que no pueden conseguir una que pueda ser calificada como digna. Y ello porque esta situación ha puesto de relieve las principales carencias de nuestro sistema de acceso y mantenimiento de la vivienda: mercado reducido y frágil de alquiler, pérdida de la vivienda financiada con hipoteca por la incapacidad de hacer frente a las cuotas por muchos de los deudores y ampliación de los supuestos al margen de una vivienda digna (que comprende no sólo los problemas estrictos de homelessness, sino también los de infravivienda). En medio de esta situación, se da la paradoja de que hay personas sin hogar y, a  la vez, una gran cantidad de pisos vacíos: de los 3,4 millones de pisos vacíos en España,  el 23,5 % son propiedad de las entidades bancarias (calculado según los datos publicados por el INE, 2011).

El drama de la crisis inmobiliaria es que descubrimos que afecta a las clases medias en aquellos sectores económicos que vivieron periodos  de expansión y que se han reconvertido de forma drástica y acelerada. La respuesta activa de jueces y policías intentando evitar los efectos dramáticos de las ejecuciones hipotecarias, junto al activismo social que ha presidido este proceso, lo ponen de manifiesto y han elevado un tema de carácter esencialmente técnico a la categoría de debate social. Además, el momento actual pone de manifiesto que las políticas de vivienda protegida dependientes de la recalificación urbanística –especialmente mediante la reserva de suelo para fines sociales-, se muestran ineficaces para resolver los problemas reales en un contexto de impagos hipotecarios y de inexistencia de crédito que, en última instancia, hubiera podido moderar el problema.

Ante estas situaciones, el derecho suele tardar en recomponerse y adaptarse a nuevas necesidades si pensamos en la creación de nuevas leyes; en cambio, la posibilidad de reinterpretar imaginativamente el marco vigente suele ser más fructífero en el corto plazo. Un ejemplo de esta segunda posibilidad es el enorme juego que ha dado la conocida sentencia Aziz (STJUE de 24 de marzo de 2013)  donde el Tribunal de Luxemburgo se pronuncia claramente por el control de oficio del juez, especialmente en el proceso de ejecución hipotecaria, de las cláusulas abusivas en los préstamos que puede acabar con la ejecución o hacer modificar sustancialmente su cuantía.  En efecto, el derecho comunitario ha irrumpido con fuerza en esta cuestión a través de la interpretación de textos legales no específicamente pensados para regular la situación del deudor hipotecario, sino para proteger al consumidor en cualquier relación, y no sólo en los préstamos bancarios. Y lo destacable es que la solución llega de la mano de reinterpretar una parte del derecho interno, el procesal, que parecía absolutamente fuera la esfera de influencia de la normativa comunitaria.

Más allá de las críticas acerca a si la jurisprudencia comunitaria puede o no intervenir en esta esfera, está claro que la posición fijada por el Tribunal de Luxemburgo ha sacudido las bases del procedimiento hipotecario que blindaban al acreedor en caso de impago del préstamo. Y lo más curioso es que este efecto se obtiene acudiendo a la normativa de protección al consumidor que fija los criterios que pueden llegar a paralizar la ejecución: la obligación del juez de examinar de oficio si existen cláusulas abusivas; la consecuente nulidad de las cláusulas abusivas que el juez no pueda integrar y la posibilidad de que todo ello se haga en un juicio de ejecución hipotecaria. Todas estas herramientas han dado inmensas posibilidades a los operadores jurídicos, de forma que las cláusulas de vencimiento anticipado del crédito, las cláusulas suelo, los intereses moratorios excesivos o la cláusula de liquidez son algunos ejemplos, pero no son una lista exhaustiva de las posibles cláusulas a analizar. Otra cuestión es la repercusión que desmontar la agilidad del proceso de ejecución hipotecaria pueda tener en la concesión futura de crédito, y en su encarecimiento.

Sin embargo, en situaciones de gran calado social como en materia de vivienda, la búsqueda de la eficacia sin llegar a reformar el marco normativo no parece que sea suficiente. Ciertamente, redactar un nuevo marco legal suele ser más lento: las reformas de las leyes suelen ser un largo camino que a veces se publicita como realidad a los ciudadanos cuando sólo es un anuncio de una reforma que, finalmente, decae. Pero aprobada la reforma, es decir, convertida en ley, es más uniforme en su aplicación y  tiene carácter indefinido, lo cual representa una evidente ventaja. La cuestión está en saber actuar de forma rápida y acertar con la fórmula de la reforma. Estos dos elementos no siempre se dan, y, realmente, no se han dado en las reformas legales iniciadas en el ámbito de la vivienda hasta ahora.

Un ejemplo claro son la pléyade de reformas de la ejecución hipotecaria (por destacar sólo las más emblemáticas: RDL 6/2012 de 12 de marzo 2012, RDL 27/2012 de 15 de noviembre,  y la L 1/2013 de 14 de mayo). Todas ellas van en la línea de forzar renegociación en el caso de los llamados “deudores de pocos recursos”, concepto que varía en los distintos textos pero que tiene un alcance verdaderamente restrictivo. La última opción en este caso en la dación en pago, que afecta a un colectivo todavía más reducido. Además, la dación en pago ha dejado de ser un término técnico para convertirse en un slogan, y las simplificaciones en este ámbito no suelen ser adecuadas ya que, como opción jurídica, no tiene una aceptación unánime: si se articula como solución general encarece el precio del préstamo y puede hacer aún más complicada la recuperación económica;  y si se plantea como una cláusula de “fresh start”, en el que deudor y banco dejan de estar vinculados por la hipoteca y se restablece el equilibrio inicial, volver a la situación de partida puede ser complicado para los adquirentes de vivienda. Además, la solución final de una moratoria de las ejecuciones  no hace más que perpetuar el problema sin aportar ninguna solución a su esencia. Por otra parte, la proliferación de textos legales consecutivos no hace más que complicar la percepción de los operadores jurídicos, lo cual tampoco parece óptimo.

En cambio, existe una cuestión previa que es el sobreendeudamiento de los consumidores – ya sea directamente por préstamos hipotecarios o por préstamos personales-, que las reformas normativas han obviado  a pesar de que daba signos muy claros de preocupación desde antes del fin de la burbuja inmobiliaria. En este caso se produce un claro ejemplo de la inactividad legislativa en un ámbito donde – y a pesar de diversas proposiciones de grupos parlamentarios- nunca se ha tramitado una iniciativa y en el que una actuación preventiva quizás hubiese logrado minimizar algunos de los efectos que hasta aquí hemos descrito. En este sentido, la reciente reforma de la Ley Concursal (ley 14/2013) regula el llamado “acuerdo extrajudicial de pagos”, procedimiento que debe aplicarse a “emprendedores”, pero que utiliza este concepto en sentido amplio y no opuesto al de consumidor, como el de empresario del art. 4 TRLGDCU, tal como indica el art. 231.1 2º par. LC: bastaría con que un ama de casa fuese empleadora de servicio doméstico, para entrar en el ámbito de aplicación de la ley. Con todo, el procedimiento regulado parece excesivamente complicado y costoso para los fenómenos de endeudamiento de muchas de las familias españolas.

Otro ejemplo de legislación errática es la reciente reforma de la Ley de arrendamientos urbanos que no está pensada para el futuro ya que ni tan siquiera contempla el alquiler como una alternativa más barata de acceso a la vivienda. En cambio, está claro que el llamado crédito responsable va a dejar fuera del mercado de vivienda en propiedad a colectivos importantes de personas, a las que deben sumarse las que han perdido ya su vivienda hipotecada por falta de pago.  Sin embargo, la ley 4/2103 reduce la duración mínima y compromete la situación del arrendatario no inscrito en caso de venda del inmueble; además, el proceso judicial de desahucio se convierte en más que exprés con plazos muy cortos. Esta reforma no se anticipa al más que posible trasvase de vivienda en propiedad al alquiler, sino que piensa sólo en la ocupación temporal de pisos vacíos, especialmente de las entidades bancarias, que puedan volver a entrar en el mercado en un futuro; en cambio, renuncia a explorar las posibilidades del arrendamiento de vivienda que, sin llegar al sacrificio económico exagerado del arrendador de la ley de 1964, puedan dar respuesta en el momento actual.

Otras iniciativas se adentran en fórmulas innovadoras, cuya bondad deberá ser analizada cuando se conviertan en ley. En estos momentos, se encuentra en trámite de información pública –hasta el 15 de febrero- el Anteproyecto de modificación del Código civil Catalán para regular la propiedad temporal y la propiedad compartida que se presentan como alternativas  a la propiedad  convencional  que pretenden huir de la disyuntiva propiedad/alquiler. Así, adquirir por un período determinado de tiempo, al final del cual la vivienda revierte al vendedor; o bien adquirir una cuota de propiedad con el pacto de adquirir más cuotas en el futuro hasta la propiedad total son mecanismos imaginativos que abaratan el precio de la vivienda y, por tanto, la financiación que necesita el comprador, y suponen una oportunidad para el parque de viviendas cerradas, especialmente para aquellas en manos de la Administración, que buscan salidas en el actual contexto.

En definitiva, la crisis económica replantea el marco legal de la vivienda desde todas sus posibles perspectivas y los operadores jurídicos debemos ser lo suficientemente flexibles como para hallar nuevas soluciones que -comportando o no la modificación del marco legal- minimicen este impacto social  de la pérdida de vivienda que amenaza con lastrar la cohesión social conseguida antes de la crisis.

La morosidad bancaria en España alcanza su máximo nivel histórico

La mora bancaria alcanzó en noviembre de 2013 el valor más alto conocido  tanto en porcentaje como en cifras absolutas
Según las estadísticas publicadas por el Banco de España, los créditos dudosos del conjunto de las entidades financieras españolas –incluyendo los créditos otorgados a no residentes– han llegado en noviembre del año pasado al escalofriante monto de 198.018 millones de euros (192.504 millones si tomamos solo el monto de los dudosos del crédito a sectores residentes). Después de encadenar nueve meses consecutivos de subidas, los bancos, cajas, cooperativas y establecimientos financieros de crédito que trabajan en España contabilizaron en noviembre una morosidad del 13,08% del total de los créditos concedidos. Esta ratio bate un récord histórico ya que supone el porcentaje de mora más elevado de la historia de la banca española. Pero lo que realmente me inquieta es que la mora bancaria oficialmente registrada por el Banco de España en cifras absolutas ya supone más del 19% del PIB del Estado Español.
Evolución vertiginosa de la morosidad bancaria
Para constatar la evolución de la morosidad bancaria, tengamos en cuenta que en el 2007 la tasa de mora estaba fijada en el 0,9 % y el importe total de créditos dudosos declarados por las entidades de crédito era de solamente 17.147 millones de euros.
Vale la pena recordar que cuando en el mes de mayo del año 2010 la mora bancaria superó la mítica cifra de los 100.000 millones de euros, un escalofrío recorrió los nervios de todos los agentes económicos. Pues bien, vamos camino de duplicar el record de 2010 ya que en el 2014 seguramente que rebasaremos los 200.000 millones. De hecho ya se habría superado esta cifra si no hubiera existido en diciembre del año pasado el traspaso de activos tóxicos de los bancos nacionalizados a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria más conocida por su acrónimo Sareb o por su denominación coloquial de “banco malo”. En diciembre de 2012 gracias a la liposucción practicada por el “efecto Sareb”, los créditos dudosos bajaron de un plumazo en 24.343 millones de euros y la ratio de mora bajó prácticamente un punto porcentual, desde el máximo del 11,5% que había tocado en noviembre.
El descenso de la mora bancaria fue simplemente un efecto de maquillaje contable ya que los créditos morosos siguen existiendo, pero ya no están registrados en los balances bancarios, ya que la Sareb no es formalmente una entidad financiera, sino una sociedad de gestión de activos privada creada en noviembre de 2012 para ayudar al saneamiento del sector financiero español, y en concreto de las entidades que arrastraban problemas debido a su excesiva exposición al sector inmobiliario. Vale la pena señalar que la mayor parte del capital de Sareb es privado, 55%, mientras que el 45% está en manos del Fondo de Reestructuración Bancaria (FROB) y que recibió casi 200.000 activos por valor de 50.781 millones de euros, de los que el 80% son activos financieros y el 20% activos inmobiliarios.
El “efecto Sareb” también se repitió en febrero de 2013, cuando les tocó el turno a las entidades con ayudas de traspasar ladrillo tóxico al banco malo. En esta ocasión los créditos morosos bajaron como por arte de birlibirloque en 8.540 millones de euros. Sin embargo, con las subidas que se han producido desde entonces, en noviembre de 2013 la morosidad de las entidades de crédito ya ha superado en 2.000 millones de euros el volumen de dudosidad de noviembre, que con 196.568 millones de euros era el anterior máximo histórico.
Hay que hacer notar que el máximo regulador bancario clasifica como dudosos a aquellos créditos que presenten dudas razonables sobre su reembolso total,  tanto en lo que respecta al principal como a los intereses, en los términos pactados contractualmente. Dentro de este epígrafe se incluyen los créditos morosos, que son aquellos que tienen algún importe vencido, bien del principal, bien de los intereses o gastos pactados contractualmente, con más de tres meses de antigüedad y a aquellos activos considerados dudosos por presentar dudas sobre su reembolso total sin poder considerarse sin embargo ni morosos ni fallidos. También incluye en este apartado los créditos vencidos por un importe superior al 25% de la deuda (salvo que el impago se clasifique como fallido).
La morosidad en el sector del ladrillo
Ahora bien si analizamos las estadísticas publicadas en el Boletín Estadístico del máximo supervisor bancario y en particular  las informaciones concernientes a la totalidad de los créditos dudosos en sectores residentes para financiar actividades productivas, podemos deducir que  los créditos morosos que adeudan los particulares a las entidades financieras, es decir las honradas familias españolas que no pueden atender las cuotas de los préstamos hipotecarios o de los créditos personales son una reducida parte del pastel. La parte del león de la mora bancaria corresponde a créditos destinados a financiar actividades productivas y en particular a los popularmente bautizados como “empresarios del tocho”.
En consecuencia los créditos morosos de actividades inmobiliarias y de la construcción acaparaban al cierre del tercer trimestre de 2013 (última cifra facilitada por el Banco de España) casi 85.243 millones de euros. La ratio sobre el total de los créditos dudosos provenientes de operaciones de financiación de actividades productivas es del 60,19%. En cuanto a la ratio sobre el total de créditos dudosos de las entidades financieras, tenemos que esta es del 45,38%.
Hay que tener en cuenta que al cierre del segundo trimestre de 2013 el volumen de los créditos morosos de los señores del ladrillo era de 80.383 millones de euros. El importe total de los créditos dudosos de los empresarios del tocho ha fluctuado en los últimos años, ya que al cierre de 2011 llegó a los 81.846 millones de euros y en el del 2012 a la cifra de 84.775 millones. No obstante este monto  se vio beneficiado por el “efecto Sareb” ya que antes del cierre del ejercicio unos 20.000 millones de euros de créditos dudosos en ladrillos tóxicos fueron traspasados a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), de lo contrario euros al finalizar el año 2012, el importe de dudosos del sector de la edificación seguramente hubiera superado los 100.000 millones de euros.
 La morosidad en los hogares y familias
Con respecto a los hogares españoles, a pesar de arrastrar ya cinco años de crisis, y en una economía comatosa con casi el 26% de la población en paro, las hipotecas aguantan bastante bien ya que las probas familias españolas procuran reintegrar sus préstamos para la adquisición de vivienda a toda costa. Así las cosas, los créditos morosos que adeudan los particulares a las entidades financieras, es decir las familias que no pueden atender las cuotas de los préstamos hipotecarios o de los créditos personales, son una reducida parte de la morosidad bancaria.
En apoyo de esta información diremos que los créditos dudosos por adquisición de vivienda de los hogares representaban al cierre del tercer trimestre de 2013 solo unos 30.735 millones de euros de toda la masa de mora bancaria (con garantía hipotecaria 29.180 millones y el resto sin garantía). Esta cifra supone una ratio del 16,36% sobre la totalidad de créditos dudosos a residentes y una ratio del  5,07% sobre el total de créditos hipotecarios concedidos a las familias para la compra de vivienda. Por consiguiente los créditos hipotecarios a las familias presentan una tasa de mora muy por debajo de la ratio global del 13,08% del total de los créditos concedidos.
Luego el importe total de los dudosos de los préstamos y créditos a hogares destinados a la adquisición y rehabilitación de viviendas (con o sin garantía hipotecaria), de terrenos y fincas rústicas, la adquisición de valores, la adquisición de bienes y servicios corrientes no considerados de consumo duradero (por ejemplo préstamos para financiar gastos de viaje) y los destinados a finalidades diversas no incluidos entre los anteriores de los hogares españoles alcanzó a finales del tercer trimestre los 44.846 millones. La ratio de este monto sobre el total de créditos dudosos de las entidades crediticia es de 23,87%.
 
 

Recomendaciones de lectura: El dilema de España, ser más productivos para vivir mejor, de Luis Garicano


 
 
Tengo que confesar desde el principio a modo de “disclaimer” que no solo soy amiga de Luis Garicano, sino que también soy admiradora suya. Pero creo que todos los que lean su imprescindible libro lo acabarán siendo, aunque no le conozcan personalmente. Porque el libro es como su autor, sincero, valiente, brillante, generoso y en último término optimista pero la vez serio y riguroso. Y además muy entretenido (menuda diferencia con el otro dilema, el de Rodriguez Zapatero, que he tenido que leer por motivos estrictamente profesionales, lo digo también como “disclaimer”).
El libro “El dilema de España” con el subtitulo “Ser más productivos para vivir mejor” se divide en una introducción, tres partes, unas conclusiones y un epílogo. La primera parte, bajo el epígrafe “El mundo en que vivimos” contiene unas breves pero muy interesantes reflexiones sobre los cambios que se están produciendo en el mundo y cómo van a afectar a la economía española y especialmente al mercado de trabajo. El autor considera que en un contexto de globalización, competencia y sustitución de tareas intelectualmente rutinarias por procesos automatizados las capacidades que deberán adquirir nuestros hijos y nietos para poder competir en el mundo laboral requieren dominar las matemáticas (especialmente la estadística) y el inglés. Pero no solo eso: dado que tendrán millones de datos a su disposición deberán de ser capaces de analizarlos, evaluarlos y presentarlos,  de innovar, de ser críticos y de ser creativos, generando valor añadido en sus puestos de trabajo. La razón es que este tipo de habilidades serán difíciles de sustituir por ordenadores y serán valiosas en cualquier actividad. Pero también hay esperanza para personas con menos formación que realizan trabajos con un componente interpersonal (servir cafés, cortar el pelo, cuidar de personas mayores) dado que tampoco este tipo de actividades son fácilmente sustituibles. En todo caso, nos advierte Garicano de que en España no estamos educando a nuestros hijos de la forma correcta para afrontar el futuro como ponen de relieve los informes PISA o la situación de nuestras universidades en el ranking de Shangai.
En la segunda parte, titulada “España tras la burbuja” Luis Garicano hace un inventario de los destrozos económicos pero también de los institucionales y políticos que ha dejado el estallido de la burbuja. Sin ninguna complacencia y con un lenguaje directo que sorprenderá a algunos lectores (desgraciadamente no estamos acostumbrados en España a llamar a las cosas por su nombre) ilustra la situación en que nos encontramos describiendo las nefastas consecuencias del capitalismo del “palco del Bernabéu y del despacho de Bárcenas”, de la debilidad institucional, de la falta de rendición de cuentas, de la corrupción crónica y generalizada y  de la mediocridad y provincianismo de nuestra clase política. Trata por tanto de todos y cada uno de los problemas de los que llevamos hablando más de tres años en este blog -al que por cierto cita el autor elogiosamente como uno de los pocos núcleos de pensamiento independiente que hay en España- con una claridad de ideas y una rotundidad que resultan hoy simplemente indispensables. Los ejemplos concretos –hay donde elegir- producen sonrojo. Así el capítulo 5 dedicado a la selección y los incentivos de nuestras élites y sus consecuencias económicas se subtitula “no listen the ask” en homenaje al presidente del COE que tuvo a bien hacer el ridículo con su nivel de inglés representando la fallida candidatura de Madrid a los Juegos Olímpicos.
Coincido con el profesor Garicano en que el problema en este punto ya no es tanto de diagnóstico –están bastante claras las reformas que hay que emprender, económicas, políticas y educativas- sino de falta de voluntad política. Tenemos una clase política de muy baja calidad que está cómodamente instalada en esta situación, que es prisionera de los intereses creados y sobre todo que no es capaz de concebir un modelo alternativo, precisamente por su mediocridad y su falta de formación y de experiencia. Coincido también con él (a riesgo de incurrir en iras corporativas varias) que la formación y la experiencia deseable en un político no son precisamente las que se adquieren encerrándose a estudiar una oposición durante unos cuantos años y habiendo desarrollado toda la vida profesional en la función pública (en el mejor de los casos) o en el partido (en el peor). Lo que él denomina “provincianismo” de nuestra clase política – compartido, todo hay que decirlo, por una parte importante de las clases medias profesionales- es una característica efectivamente muy llamativa de nuestras supuestas “élites”, que no hablan idiomas, que no leen, que no han estudiado en el extranjero, que no innovan, que nunca han emprendido nada, que salvo contadas excepciones no conocen el mundo de la empresa –por eso son tan fácilmente “captadas”  por las grandes- pero que, sin embargo, no dejan que entre nadie “de fuera”. Una combinación muy peligrosa dado que tiende inevitablemente al conservadurismo, como señala Garicano, o más bien al inmovilismo y al “virgencita (de Fátima) que me quede como estoy” (esto último es mío).
La tercera parte está dedicada a las propuestas para avanzar hacia “Un modelo económico y político más humano y eficiente para hacer de España un país del norte”, donde además de recordarnos que los españoles no tenemos ningún problema genético ni cultural que nos condene a la deriva peronista o a acabar como Venezuela nos propone soluciones prácticas y sencillas. Son de tres tipos, económicas, educativas y políticas. Todas pasan por fortalecer las instituciones, recuperar la independencia de los organismos reguladores, fomentar la competencia, acabar con el capitalismo castizo, reformar la educación a todos los niveles, reducir el Estado y a la vez hacerlo mejor, y conseguir de verdad un mercado que funcione. Y por supuesto por la imprescindible reforma del sistema político, sin las cual probablemente no sea posible abordar el resto.  Abundan las propuestas concretas, algunas de las cuales ya ha avanzado su autor en artículos de prensa y en el blog Nada es Gratis y otras más novedosas, en particular las incluidas en el capítulo 10, dedicada a la Europa mínima, posible y necesaria. Todas destacan por su sentido común y porque vienen avaladas por su éxito en otros países que emprendieron el mismo camino hace muchos años, empezando por Alemania después de la catástrofe de la Segunda Guerra mundial. Y es que todo está inventado.
Termina el libro propiamente dicho con unas conclusiones cuya lectura pone la piel de gallina: se refieren a dos posibles finales de nuestra historia, allá por el 2034. En uno, el bueno, España se ha convertido en la Dinamarca del Sur. En otro, el espantoso, se ha convertido en la Venezuela de Europa. El epílogo contiene una pequeña historia personal entrelazada con la del blog Nada es Gratis que como saben alguno de nuestros colaboradores y lectores, los editores de ¿hay derecho? tomamos como referencia por su calidad técnica, su rigor, su independencia y su carácter divulgativo cuando decidimos poner en marcha el nuestro.
Quizá lo más importante de este libro importante en estos momentos es la libertad con la que está escrito, libertad que empieza a ser tan rara que resulta preocupante. En la presentación del libro en la Fundación Rafael del Pino el lunes 20 de enero, los presentadores lo calificaron de valiente, y el profesor Garicano, dijo, con razón, que esa palabra le asustaba un poco, que él no quiere ser un héroe. El problema es que las cosas que cuenta y los ejemplos que pone son ciertos, desde el perfil de los Ministros de nuestros dos últimos Gobiernos (que se comparan con los de los Gobiernos chilenos) hasta los conflictos de intereses del Ministro Montoro (denunciados solo por la cadena Bloomberg  y silenciados en España) pasando por el indulto del kamikaze con conexiones,  la extraña prescripción del delito cometido por el Presidente de Telefónica,  los jueces y su semana caribeña, el escandaloso rescate del Banco de Valencia o la situación  de la Universidad gestionada por unos rectores calificados de lobbyistas reaccionarios. Pero no es habitual hablar de ellos en España en público y menos en un libro. El que decir la verdad pueda ser considerado como un acto de valor da idea de la situación en la que estamos. Y de la importancia que tiene el que lo haga precisamente alguien del prestigio intelectual y moral del profesor Garicano.
Efectivamente, reconforta mucho leer este libro donde se cuenta la verdad y  nos recuerda que los que pensamos como él  no estamos solos y no estamos equivocados. Desde ese punto de vista, resulta lógica la incomodidad o incluso la animadversión que suscitan libros como éste entre los “intelectuales” orgánicos (veáse por ejemplo esta crítica a título de ejemplo) aunque por lo menos ya no dicen -aunque sea por encargo- que lo que hay detrás de tanta crítica malintencionada es simple y llanamente la ambición de tener un cargo como hace unos meses. Igual de comprensible que el entusiasmo que suscita entre las maltratadas clases medias y profesionales con ganas de que don Luis se anime a fundar un nuevo partido político o a encabezar una lista de independientes, como me ha sugerido que le trasmita más de un lector.
Por ahora creo que nos tendremos que conformar con las herramientas que nos proporciona en este libro el profesor Garicano para que los ciudadanos españoles podamos decidir con conocimiento de causa cual de los dos finales de la historia queremos escribir. Solo de nosotros depende que escribamos el bueno. Como le dijo hace muchos años una señora a mi también admirado Fernando Savater cuando seguía paseando por San Sebastián en la época en que ETA todavía mataba y él estaba amenazado, muchas gracias profesor, mientras le veamos por aquí sabremos que no nos hemos quedado solo.
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Inconvenientes de nuestro sistema concursal, un error proyectado y una solución para insolvencias empresariales.

El problema: nuestro actual tratamiento legal de las insolvencias empresariales.
 
En los últimos años el rigor de la crisis ha puesto de manifiesto graves defectos en nuestro sistema concursal, que contempla un único procedimiento concursal judicial, muy rígido, y que es ineficiente, lento y costoso.
Nuestra mejor doctrina ha puesto de manifiesto sus perniciosos efectos:
 
– El principal, su incapacidad para lograr el objetivo de conservación de la empresa y, en la medida de lo posible, el mantenimiento de los puestos de trabajo. Casi el 90 % de los concursos terminan en liquidación, y sólo poco más del 10 % en convenio. Nuestro sistema, en vez de ser un hospital de curación de empresas en dificultades, es un cementerio para la mayoría de ellas. Lo que supone una enorme destrucción de riqueza material e inmaterial, especialmente grave en nuestra situación.
 
– También, su impotencia para conseguir la satisfacción de los acreedores ordinarios, a pesar de ser éste en teoría un fin prioritario de la Ley Concursal según su propia exposición de motivos. Con frecuencia sólo son los acreedores preferentes, aparte de la administración concursal, los que de verdad obtienen algo sustancial de tanta destrucción. En perjuicio, por ejemplo, de los consumidores, que raramente de obtienen la devolución por servicios ya pagados y no satisfechos, como en los casos conocidos de agencias de viajes, aerolíneas, academias de idiomas, etc. Y de muchas empresas acreedoras de la concursada, que reciben un daño terrible con esos impagos definitivos. Algunas incluso se pueden ver abocadas a su vez al concurso por causa de ellos.
 
– A estos inconvenientes se ha de añadir el de los excesivos costes tanto temporales como económicos del proceso concursal. Frente al rapidísimo sistema de declaración de concurso en USA, por ejemplo, aquí se tarda no menos de un mes en preparar la solicitud de concurso. Y la declaración judicial de concurso desde esa presentación puede demorarse hasta seis meses. Si la empresa tenía alguna esperanza de supervivencia, plazos tan largos acaban definitivamente con ella. Y los costes del concurso suponen un lastre añadido más.
 
Existen además otros problemas de raíz social y cultural: los empresarios solicitan el concurso demasiado tarde, cuando su situación está ya demasiado deteriorada para llegar a un acuerdo que pueda satisfacer a los acreedores y salvar la empresa. Huyen del concurso por conocer sus inconvenientes y costos y su previsible final. Pero también por el estigma social que éste representa. La solicitud y apertura pública de la situación concursal supone una verdadera huída de proveedores y clientes, y hunde las esperanzas de recuperación de la empresa.
 
Por todo ello el empresario en dificultades agradecería tener otras vías que le permitieran una solución más temprana y eficaz. Que, dada la situación de colapso de nuestros tribunales, debería desenvolverse necesariamente en un ámbito extrajudicial.
 
El erróneo proyecto de solución que impulsa el Gobierno.
 
Nuestro legislador, aunque tarde, parece haber sido consciente del problema. Y de que una forma de paliar el mismo sería establecer la posibilidad de un proceso preventivo extrajudicial en favor del deudor insolvente, con la intervención de un tercero neutral que aproxime a las partes y les ayude a negociar la salida a la crisis y a evitar el Concurso con todos sus inconvenientes. Esta solución (una vez más aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid) se recoge en el todavía Anteproyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores. Pero si sus promotores se acercan en el diagnóstico, fallan por completo en el tratamiento. La configuración de este proceso previo es tan errónea que su fracaso está casi asegurado.
 
Destaco los inconvenientes que considero más importantes.
 
La exclusión de esta posibilidad para muchas empresas: las que en el concurso no podrían utilizar el proceso abreviado. Con lo que la misma se limita a los empresarios personas físicas y a ciertas PYMES. Si los defectos del actual sistema y sus rigideces los sufren toda clase de empresas, no se ve la razón de esta restricción. El objetivo de la posible salvación de la empresa debe existir para todas ellas.
 
El carácter público del proceso. La dirección de todo el proceso se encarga precisamente a unos funcionarios encargados de dar publicidad: los registradores mercantiles. Y se da al mismo la mayor publicidad posible: anotación en todos los registros de bienes, constancia en el “Registro Público Concursal”, y notificación para su participación a todos los acreedores.
 
Con ello no se evitan los efectos perniciosos del proceso concursal judicial que antes hemos destacado: el estigma que de forma inmediata recibe la empresa y la huída de clientes y proveedores, que acelera y puede hacer inevitable la liquidación de la empresa. Puede sorprender que se haya optado por este sistema, a pesar de la mayor eficacia demostrada en otros países por procedimientos más reservados. El hecho de que la Dirección General de los Registros (y del Notariado) haya tenido un importante protagonismo en la elaboración del proyecto, y de que su Director General sea precisamente un registrador mercantil puede explicar, al menos en parte, esta equivocación.
 
A tales registradores mercantiles se les atribuyen además funciones exorbitantes que escapan de su capacidad de análisis, como es decidir a priori (!), antes de permitir la apertura del proceso, si el deudor cuenta con patrimonio, efectivos líquidos e ingresos previsibles suficientes como para lograr con posibilidades de éxito un acuerdo razonable. Tal vez piensan los autores del proyecto que tales funcionarios disponen de una especie de bola de cristal que les permiten ver las opciones del futuro. Lo que es seguro es que su confianza en la autonomía privada de los interesados tiende a cero.
 
Los efectos excesivos del inicio del proceso sobre la capacidad de obrar de la empresa. Como la prohibición de solicitar la concesión de nuevos créditos o de utilizar medios de pago electrónico ¡E incluso la devolución de las tarjetas de crédito! Con ello se priva a la empresa de posibilidades que pueden ser imprescindibles para su supervivencia y se acentúa el estigma al que antes nos referimos. Una cosa es establecer controles reservados a estas nuevas posibilidades de endeudamiento y otra cosa es esta absoluta prohibición tan dañina. De nuevo se copian acríticamente los efectos del concurso judicial puro, en una nueva manifestación de rigidez, cuando de lo que se trataría es precisamente de evitarlos.
 
La participación, como figura central, de un (mal) llamado “mediador concursal“, por supuesto nombrado por el Registrador Mercantil. Si ya el adjetivo “concursal” es disuasorio, el nombre tampoco responde a la realidad, pues sus facultades directivas e incluso decisorias en un proceso encorsetado en exceso, van a impedir la generación de confianza entre los interesados y la apertura a soluciones imaginativas (win/win) que son imprescindibles en una verdadera mediación. Este mediador incluso se convierte automáticamente en administrador concursal en caso de que no se logre un acuerdo y haya que ir al concurso, con lo que se le da un verdadero incentivo perverso en favor de esa “no solución” y se acaba con su necesaria neutralidad. El concepto se pervierte y las posibilidades de solución que una verdadera mediación podría aportar se reducen al mínimo.
 
La consecuencia de esta configuración del proceso es que va a generar en el empresario en dificultades la misma alergia que hoy le produce el concurso. No se va a lograr así el objetivo de que acuda a esta solución en una fase más temprana de las dificultades, cuando éstas no se han hecho aún insalvables y se puede lograr con más facilidad la salvación de la empresa.
 
Otra opción más eficaz: la solución belga. 
 
Existen otras formas mucho más eficaces y eficientes de organizar un proceso previo extrajudicial con estos fines preventivos. En este sentido ha resultado especialmente exitosa la experiencia de Bélgica tras su “Ley de Continuidad de las Empresas” de 31 de enero de 2009, en la que se crea la figura de un mediador empresarial al que se le dota de algunas facultades especiales que no pervierten de forma absoluta su misión.
 
La función de este “mediador de empresa” en Bélgica consiste en asistir y asesorar al deudor en dificultades, en ayudarle a reflexionar sobre la estrategia de la empresa y a plantear un plan de viabilidad, e intervenir como intermediario con los acreedores para conseguir reanudar el diálogo con ellos, lograr su colaboración en la elaboración del plan y su aceptación, y hacer posible su implementación. Por lo tanto sus funciones son más amplias y proactivas que las del “mediador puro”. Aunque no asume funciones gestoras o administrativas.
 
Este “mediador de empresa” es elegido en Bélgica por el juez a requerimiento del deudor, y puede desarrollar su función o bien dentro del procedimiento concursal ya iniciado, o bien antes del mismo, supuesto que es el que aquí más nos interesa, con el objetivo de conseguir un acuerdo amigable que lo evite. Por el origen de su nombramiento esta persona goza de una posición de independencia. Y además se trata de un experto en insolvencias empresariales. Lo que hace que pueda ganar la imprescindible confianza del deudor y restablecer la de los acreedores.
 
El acuerdo entre el deudor y varios de sus acreedores (los que él elija y considere necesarios, no necesariamente todos) se consigue al margen de cualquier procedimiento formal, es completamente libre, y no está sujeto a publicidad, ni siquiera cuando se deposita ante el tribunal (en nuestro caso podría hacerse ante un notario). Se conserva así la confidencialidad, los terceros no tienen conocimiento del convenio, y el rescate se realiza con total discreción, con gran flexibilidad y preservando la imagen de la empresa. Esta reserva consigue que no se perjudique el crédito de la empresa. Y permite al deudor elegir los acreedores con los que considera necesario tratar.
 
Los acreedores participan mucho más en la búsqueda de soluciones a partir de un mejor conocimiento de la situación, y se les concede el necesario protagonismo. Todo lo cual ayuda sobremanera a alcanzar un acuerdo. Los que son parte del convenio evitan de esta forma perder un cliente. Y los ajenos al mismo incrementan sus posibilidades de cobro, gracias al rescate de la empresa.
 
Los acreedores que acepten el convenio reciben el incentivo de la protección en caso de quiebra posterior, pues estos acuerdos no pueden ser objeto de rescisión concursal, aunque sí de la acción pauliana común, para evitar el riesgo de fraude.
 
En nuestro ordenamiento, sin embargo, la situación de desbordamiento de los juzgados mercantiles,  la rigidez y lentitud de las actuaciones judiciales, y la dificultad para mantener el secreto de las mismas, creemos que no los hace aptos para esta función en la actualidad. Sin embargo contamos con otros funcionarios independientes, obligados y acostumbrados al secreto en sus actuaciones, con una imagen de neutralidad y capaces de dar confianza, que serían muy adecuados para presidir estos procesos extrajudiciales, incluso participar activamente en los mismos, y recoger sus principales incidencias.
 
Las bases de una propuesta para nuestro ordenamiento.
 
La solución extrajudicial, atendiendo a la experiencia Belga, y a las necesidades de adaptación a nuestro ordenamiento, para ser efectiva, debería responder a ciertas exigencias:
 
– La necesidad de salvar la confidencialidad del proceso y de no limitar en exceso la capacidad de actuación del deudor. Para evitar el estigma social y la pérdida de crédito y facilitar las opciones de supervivencia de la empresa. Y fomentar así que el deudor utilice este instrumento en una fase mucho más temprana de sus dificultades.
 
La utilización de la mediación con toda su potencialidad. Resulta especialmente interesante la posibilidad de que actúen en comediación, por una parte, un experto en insolvencias empresariales y, por otra, un profesional con la debida preparación y capaz de dotar de especial confianza y seriedad al proceso
 
– El establecimiento de medidas incentivadoras de un acuerdo que facilite a la empresa superar la situación. Como son facilidades fiscales. O el dejar constancia fehaciente  de las propuestas finales ofrecidas a ciertos acreedores si las mismas fueran rechazadas.  Si se trata de cantidades semejantes o superiores a las conseguidas después en el concurso el juez podría así decretar una reducción o liberación al deudor de este exceso. Y, desde luego, en personas físicas resulta imprescindible introducir la posibilidad de descarga o “fresh start” en dicho proceso concursal posterior.
 
– Se debería facilitar la flexibilidad para llegar a acuerdos por parte de las administraciones públicas (fundamentalmente Hacienda y Seguridad Social), cuyos créditos en el actual proceso concursal muchas veces impiden el acuerdo y obligan a ir a liquidación, matando así la gallina de los huevos de oro (la empresa).
 
– Y establecer los adecuados mecanismos de protección de los acreedores minoritarios que no participen en esta negociación reservada.
 
Un proceso extrajudicial preventivo que responda a estas exigencias conseguiría salvar muchas empresas en dificultades y supondría una contribución decisiva a nuestra riqueza y al empleo. Está aún en manos de nuestros responsables políticos el corregir el rumbo del actual Anteproyecto para evitar un fracaso seguro en la solución planteada para las insolvencias.
 

Mitos y leyendas de la crisis

En economía, como en muchos aspectos de la vida, lo que no son cuentas, son cuentos. Esto viene, a cuento, precisamente, de muchos mitos y leyendas de la gestión de la crisis en España. Para intentar ver qué hay de cierto en ellos, vamos a echarle un vistazo a los datos oficiales de la contabilidad nacional que se resumen en esta tabla  de Excel:

http://www.igae.pap.meh.es/sitios/igae/es-ES/InformesCuentas/Contabilidad/Documents/AAPP_A/S13_Op_no_financieras.xls
 
El primer gran mito es el de la austeridad, el famoso “nadie se puede gastar lo que no tiene”. Veamos en 2012, las Administraciones Públicas se gastaron, de una forma u otra, la friolera de 493.600 millones de euros: total de empleos no financieros; es decir, un 47,60% del PIB, de todo lo que producimos en un año. Esto es el record de gasto público en la historia de España, en valores absolutos y en porcentaje del PIB. Esto muy austero no parece, precisamente.
 
¿Hemos vivido por encima de nuestras posibilidades en 2012? Pues, las Administraciones Públicas, sí, porque para gastar 493.600 millones de euros, sólo ingresaron 382.044 millones de euros, total recursos no financieros. La diferencia, 111.461 millones de euros, es la necesidad de financiación de las Administraciones Públicas, es decir el déficit público. Esto se puede expresar como porcentaje del PIB, un 10,6%, o como porcentaje del total de ingresos, por ejemplo, que nos da un 29,1% que nos hemos gastado sobre lo que hemos ingresado. En 2011, las Administraciones “sólo” se gastaron 100.440 millones de euros más de lo que ingresaron: es decir el déficit fue inferior (también como porcentaje del PIB, el 9,5%).
 
No obstante, en 2012, como aclara la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) en la tabla, los españoles perdimos 38.343 millones de euros en entregas a fondo perdido a entidades financieras. Esto hace que si consideramos el déficit sin contar estas “ayudas”, sólo nos queden 73.298 millones de euros (el 6,98% del PIB). Se puede discutir si estas “ayudas” son inevitables, o en qué medida deberían serlo, si hay que exigir responsabilidades a los gestores… lo que no es discutible es que son déficit como cualquier otro que tendremos que pagar todos los españoles en el futuro, vía menor gasto público o menores impuestos.
 
La justificación técnica de que no se incluyan en el protocolo de déficit excesivo (vulgo, los números con los que nos examinan en Bruselas) es que son “one-off”, es decir gastos absolutamente extraordinarios que sólo se pagan una vez. La realidad es que si uno lee la nota de la IGAE, en 2011 los contribuyentes ya sufragaron 5.136 millones de euros de pérdidas de la Banca (esencialmente de las antiguas cajas, como en 2012). Es bastante probable, y esto es una opinión personal, que en 2013 y en años sucesivos, los españoles sigamos teniendo que entregar dinero a fondo perdido a la Banca: la morosidad está en máximos y creciendo, y el precio de los activos inmobiliarios que tiene la Banca todavía no ha tocado “suelo”. Que los ciudadanos están pagando mayores impuestos para sufragar las pérdidas de las antiguas cajas de ahorro desgraciadamente no es un mito, que eso sea “one-off” y que el saneamiento haya terminado seguramente sí lo sea.
 
Obviando la cuestión de las “ayudas” al sector financiero, parece que sí se ha reducido algo el déficit. Como hemos visto que nos hemos gastado más, esta reducción sólo puede venir de mayores ingresos, es decir de mayores impuestos. Efectivamente, los impuestos directos, es decir, básicamente IRPF e Impuesto de Sociedades han dado unos 4.600 millones de euros más, y los indirectos, fundamentalmente IVA, IIEE e ITP han dado 2.300 millones de euros. Éste es el resultado recaudatorio de la mayor subida de impuestos de la democracia. Sin embargo, en el principal recurso público, que son las cotizaciones a la Seguridad Social, hay 5.000 millones de euros menos en términos redondos. Esto es extraordinariamente inquietante para el futuro con las perspectivas de empleo que se hicieron públicas hace unos días por el Gobierno de la Nación.
 
Con los altísimos impuestos de 2012, las Administraciones (básicamente la Agencia Tributaria), se recaudaron 213.600 millones de euros, 107.333 indirectos (impuestos corrientes sobre producción e importaciones) y 106.256 millones de euros directos (sobre la renta y el patrimonio). Antes de la crisis, en 2007 por los mismos conceptos y con menores tipos se recaudaron casi 260.000 millones de euros. Esto es una caída del 18%, superior a la caída de la economía y pese a las sucesivas subidas de impuestos. Esto quiere decir que España tiene una crisis fiscal:  el modelo fiscal está obsoleto y el fraude fiscal y la economía sumergida han aumentado en paralelo a la crisis. Algunos ya lo advertíamos en 2008 y entonces nos decían que era un mito…
 
Por último, tradicionalmente se ha venido considerando a las CCAA como las últimas responsables del aumento del gasto. Sin embargo, parece que en 2012, casi todas ellas han hecho un encomiable esfuerzo de austeridad. La realidad es que el gasto corriente, lo que no son inversiones, de las CCAA ha aumentado. Las CCAA han pasado, en gasto corriente de gastar 170.356 millones de euros a gastar 175.736 millones de euros. Esto, además, teniendo en cuenta que el gasto de personal ha disminuido en 5.000 millones de euros, lo que se debe en su mayor parte a la supresión (perdón aplazamiento) de la paga extra que acordó el Gobierno central.
 
¿Qué ha ocurrido? En primer lugar, que tenemos un sistema de financiación de las CCAA ininteligible, y sobre cuya contabilización los expertos de FEDEA tienen algunas dudas  las transferencias que las CCAA hacen al Estado para devolver excesos de liquidación pasados se consideran gasto corriente, y son 13.000 millones de euros más que el año pasado. Por otra parte, las CCAA han recibido la friolera de 34.000 millones de euros más en “recursos corrientes”, pasando de 127.300 millones de euros a 161.361 millones, que proceden en su inmensa mayoría de impuestos, cuya recaudación está cedida, y de transferencias del Estado. El neto es que han percibido unos 20.000 millones de euros más del Estado, que es, realmente, lo que les ha permitido reducir su déficit, manteniendo casi 30.000 millones de euros en subvenciones y transferencias corrientes (a particulares y empresas). Esta última cifra es la que se materializa la leyenda del “sistema clientelar de las CCAA”, una leyenda bastante real, de acuerdo con los números…
 
Una última reflexión, el recorte de la inversión pública ha sido sólo en inversión directa de 12.000 millones de euros. Si a esto se une el derrumbamiento de la inversión privada, aquí encontraremos alguna explicación a los pésimos datos de paro que nos azotan. No es la única causa, pero es importante. El gasto corriente aumenta, los impuestos también, aunque no conseguimos recaudar lo que deberíamos y la inversión pública se derrumba: esto es lo que dicen las cifras. En fin, se puede extraer mucha más información de los datos, pero espero haber contado las cuentas para intentar desenmascarar algunos mitos y leyendas de esta crisis.

El resentimiento de la germanofobia

Si hay un tema viejo como la Humanidad misma y recurrente en la psicología social es el del chivo emisario, mediante el que transferimos al Otro el malestar de la culpa y la frustraciones que produce –como ahora estamos – verse inmersos en el “valle de la desesperanza”. Resulta una manera bien económica de aplacar nuestras ansiedades- y nuestra crisis en España es ya una gran ansiedad colectiva- y escamotear de paso nuestra responsabilidad. Todo ello por un mecanismo de sustitución a cuya base está ese fenómeno individual y social que tantas cosas explica: el resentimiento. Max Scheler lo vio genialmente en El resentimiento en la moral (1915), uno de los libros más lúcidos del siglo XX. Allí lo describe como un fenómeno de “autointoxicación psíquica” por excelencia, tan unido a la envidia y a la venganza, pero que, paradójicamente, “no puede desarrollarse nunca sin un sentimiento específico de impotencia”.
 
Que es lo me temo que está pasando entre nosotros a marchas forzadas con la proliferación de la germanofobia donde Alemania aparece como la gran culpable de nuestros males y quiebras económicas. Como si del antiguo “Rusia es culpable” de Serrano Súñer, estuviéramos pasando, cada vez con menor sutileza, al “Ahora la culpable es Alemania”, que preconizan nuestros mass media alentados por nuestra élites político-financieras. De manera que tras la reciente crisis chipriota, ya no hay empacho –y sí muy mala fe- en equiparar a Alemania con un IV Reich de la que la señora Merkel sería su Reichsführerin y nosotros sus inocentes víctimas (con un agujero negro por cierto de más de 1 billón de euros entre deudas públicas, privadas y ocultas.).
 
Lo cual significa, por un lado, escamotear el verdadero significado de la naturaleza del régimen nazi de la “Gran Noche” de 1933, banalizándolo cruelmente , e ignorar de paso la fijación central de las élites políticas alemanas desde la posguerra que sella un pacto no escrito entre la CDU y la SPD: arrinconar la vieja política guillermina de “una Alemania sola” para que la Germania no fuera por tercera vez culpable de un traumático desgarramiento europeo. Sin lo que no se entiende, por cierto, el papel tan generoso y electoralmente tan difícil de explicar que ha venido jugando Alemania en la actual crisis europea, y cuyo agotamiento se manifiesta en la aparición de la AfD “ Alternative für Deutschland», (AfD) el primer partido contrario al euro y de carácter burgués no nacionalista que puede modificar seriamente el mapa político de Berlín en septiembre.
 
Pero me temo que la voluntad de comprender ya no se estila entre nosotros y sí, en cambio, el dejarnos llevar por la “lógica del resentimiento” que el propio Shakespeare conocía tan bien como sus consecuencias dramáticas. Así mientras que Alemania no es, por más que queramos, el Shylock de El mercader de Venecia nosotros sus acreedores sí que reaccionamos como Antonio y los cristianos viejos de la República Serenísima, haciendo escarnio y befa de realidades muy serías para el anciano prestamista. Lo que explica en gran medida el inicio y desarrollo del drama veneciano junto con un hecho que se suele soslayar: la frivolidad de Antonio en su endeudamiento. Y es que muy bien sabía Shakespeare, como Scheler, las destrucciones éticas, políticas y sociales de las que era capaz el resentimiento dejado a sus propias leyes.
 
Pero este gran fraude histórico de hacer de Alemania el “chivo emisario” de nuestros males, desafueros y desgobernanzas, casa muy mal con la realidad estratégica que para nosotros supone aquella nación: segundo país en número de turistas, segundo país de destino de nuestras exportaciones y suponiendo la facturación de las cien empresas alemanas más grandes presentes en España de 30.000 mil millones de euros. Lo que equivale en su facturación agregada un 7% de nuestro PIB y alrededor de 300.000 puestos de trabajo directos en nuestro país. Además de ser ya el primer país receptor de la incipiente e inexorable emigración de trabajo cualificado español.
 
Bien al contrario: para quien conozca la frágil historia de Europa, sabe lo importante que es tender puentes de comprensión mutua y más en momentos tan críticos como la encrucijada actual. Aunque mucho me temo que sigamos buscando falsos culpables, desoyendo la sabía admonición cervantina: “Tú mismo te has forjado tu ventura.” O desventura, en este caso más bien. Pero de eso precisamente se trata en estas horas tan graves: de encararnos con nuestra realidad nacional, hacernos cargo de ella y ver de modificarla. Frente a ese movimiento exterior de desplazamiento de la culpa a un chivo expiatorio como Merkel no hay otra alternativa para salir del gran naufragio que promover precisamente otro bien distinto al del resentimiento citado: un movimiento de introspección y examen interior para comprender deportivamente cómo hemos llegado hasta aquí, qué creencias ilusorias e ideas erróneas nos han conducido a nuestro fracaso, así como las acciones -y también las omisiones- que lo han hecho posible, y qué está sucediendo de verdad en el nuevo mundo que ya ha llegado. Y ante ello, dónde están nuestras posibilidades, amenazas y oportunidades reales.
 
Justo, precisamente, de lo que no se habla. Veríamos entonces como el problema no es la canciller Merkel. Y de paso qué gran verdad encierra para nosotros aquella sentencia que Goethe escribió muy cerca del denostado Berlín: “Lo que habéis heredado de vuestros padres, volvedlo a ganar a pulso o no será vuestro” que enlaza, con aquella otra cervantina tan perentoria: “Cada uno es artífice de su ventura.” Solo así romperemos la estéril morbosidad resentida y veremos de trabajar con Alemania y no contra ella. Por nuestro bien y el de Europa, cuidado, pues con la germanofobia.
 

Chipre: flirteando con el desastre

Chipre está siendo noticia estos días en todos los medios de comunicación. Mucha gente no entiende nada de lo que está pasando y otros, incluyendo algunos “creadores de opinión” están difundiendo una historia buenos y malos. Los buenos son, por supuesto, los chipriotas que, indudablemente, van a ser las víctimas del “rescate”. Los malos son los Gobiernos Europeos, la troika y en un papel estelar, Merkel y los alemanes. Esta historia, como casi todas las historias “infantiles” no se ajusta a la realidad.
 
Lo primero que hay que tener presente es que Chipre es un territorio de muy baja fiscalidad para las empresas (tipo del 10%), con un secreto bancario casi absoluto, con una escasa colaboración con otros países en materia fiscal y que algunos organismos internacionales, como el Grupo de Acción Financiera (GAFI) consideran que podría hacer bastante más en la lucha contra el blanqueo de capitales. Un territorio que cumple estas características es un paraíso fiscal. España lo había incluido en la lista de paraísos fiscales, pero, recientemente hemos firmado un convenio para evitar la doble imposición, que está pendiente de ratificación, por el que Chipre saldrá de la lista en breve plazo.
 
La razón por la que hemos firmado este acuerdo internacional no es porque Chipre se comprometa a eliminar completamente el  secreto bancario y vaya a cooperar intensamente en la lucha contra el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. De hecho, la cláusula de cooperación administrativa incluida en el Convenio es muy operativa. La razón de que se firme el convenio es que Chipre es miembro de la Unión Europea desde 2004. Por esta razón, no puede haber limitaciones a las empresas y particulares para mover su dinero a Chipre, libertad de circulación de capitales, ni para establecerse allí, libertad de establecimiento. Varios países europeos ya han ratificado convenios con Chipre. Esto ha supuesto para el resto de Europa una pérdida de impuestos recaudados a las empresas y a los grandes patrimonios.
 
Por otra parte, Chipre es también miembro de la Unión Monetaria con lo que también tiene el euro como moneda. Estas facilidades han hecho de Chipre un “centro financiero offshore”, es decir un centro financiero que atrae capitales del exterior, reinvirtiéndolos también fuera de Chipre. El tamaño del sistema financiero chipriota es de más del 500% del PIB de Chipre, y se ha financiado básicamente con depósitos, lo que complica la resolución de cualquier crisis financiera. A todo esto, si una empresa o particular constituye una sociedad en Chipre y se deposita el dinero en un banco chipriota, el depósito se considera de un “residente”. Esto quiere decir que el porcentaje de depósitos que realmente está en manos de no residentes excede con mucho del 30% que se lee en muchos medios de comunicación.
 
Un esquema como éste genera infinitos problemas, pero uno de los más evidentes es que los bancos fallen en sus inversiones. En general, cualquier inversor suele elegir para colocar el dinero que maneja aquellos mercados que conoce bien. Como la parte de Chipre no ocupada ni por Turquía ni por los británicos está habitada mayoritariamente por griegos, no es nada extraño que los bancos chipriotas hayan invertido masivamente en deuda griega. Además, la deuda griega daba una elevada rentabilidad, lo que permitía a los bancos chipriotas ofrecer buenos intereses en la denodada lucha por el dinero caliente (hot money) entre los paraísos fiscales. Todo este esquema se vino literalmente abajo con las quitas de la deuda griega: ahora mismo, la banca de Chipre es insolvente.
 
Un sencillo ejemplo puede aclarar la magnitud del desastre: Un banco griego con capital de 10 capta 90 euros en depósitos, compromentiéndose a devolver 100. Si esta inversión de 100 en deuda griega da unos intereses de 10, el negocio parece redondo. Sin embargo, si los griegos sólo devuelven 75, el Banco perderá todo su capital, y aún así no podrá devolver los depósitos. Como el sistema financiero chipriota es “off-shore” (es decir, literalmente, de fuera de la Isla), los contribuyentes chipriotas no pueden cubrir el desfase. De hecho, el sistema financiero chipriota necesita unos 17.000 millones de euros para recuperar su solvencia, que es una cifra equivalente más o menos al PIB de Chipre, es decir, todo lo que los chipriotas producen en un año. Por esta razón, la “troika” y, fundamentalmente, el Gobierno Alemán, se niegan a aportar más de 10.000 millones en forma de préstamo a Chipre, para que con este dinero sanee sus bancos.
 
En conclusión, que la gestión de la crisis chipriota ha sido una inmensa chapuza, lo que a menudo genera muchos más problemas que la pura malicia. Esto no quiere decir que la resolución de una crisis financiera sea sencilla. Veamos, la banca chipriota está quebrada y tiene un tamaño varias veces superior al PIB de Chipre. En consecuencia, el contribuyente chipriota no puede hacerse cargo de la factura. Esto supone que los acreedores de los bancos de Chipre tendrán que afrontar pérdidas, salvo que los gobiernos  europeos consientan que las pérdidas corran a cargo de todos los contribuyentes europeos.
 
En este caso hay dos errores gravísimos de partida. En primer lugar dejar entrar a un paraíso fiscal en la Unión Europea. Esto hace perder recaudación a todos los Estados Miembros, porque la capacidad de aplicar medidas anti-paraíso está limitada por las libertades de circulación de capitales y libertad de establecimiento en la Unión Europea. Además, una situación de este tipo hace afluir capitales hacia Chipre. El segundo error de gravedad es que no existe ningún tipo de unión bancaria en Europa. Esto hace que casi no haya reglas comunes en la supervisión bancaria. Si los dos factores coinciden en un Estado que no puede garantizar a su Banca, porque su Banca es mucho más grande que el Estado, la situación se vuelve explosiva.
 
Bien la situación es explosiva para Chipre, pero no debería serlo para Europa. El coste total del rescate a Chipre asciende a 17.000 millones de euros, de los que se pretende que paguen los depositantes chipriotas alrededor de 6.000 millones de euros. Para hacernos una idea, sólo las perdidas consolidadas del Banco Financiero y de Ahorros, la matriz de Bankia, en 2012 han sido de 21.000 millones de euros. Si este rescate de Chipre a nivel español no sería tanto dinero, a nivel europeo, lo es aún menos. La opción menos mala para una situación como la de Chipre sería mutualizar parte de la deuda de los bancos a nivel europeo a cambio de obligar a Chipre a establecer una fiscalidad razonable y acabar con el secreto bancario. Pagar 6.000 millones de euros a cambio de acabar con una crisis financiera y un paraíso fiscal dentro de la UE al mismo tiempo es, a medio plazo, un buen negocio.
 
La situación de Chipre presenta muchísimas similitudes con la irlandesa, que también tenía una bajísima fiscalidad para empresas y cuyos bancos llevaron a la quiebra al país entero. Los irlandeses también se han visto sometidos a un durísimo rescate, pero también salvaron de la quema su impuesto de sociedades. Cuando vemos que muchas multinacionales apenas tributan en Europa y desvían su dinero a paraísos fiscales, no resulta sorprendente que muchas de ellas utilicen sus filiales en Irlanda. Lo que sí resulta sorprendente es que el resto de los europeos les hayamos dejado seguir haciéndolo: Un rescate más asumible para los irlandeses a cambio de desmontar esta estructura hubiese sido un buen negocio para casi todos.
 
Volviendo a Chipre, si ni el Estado de Chipre, ni los Europeos están dispuestos a asumir las pérdidas de la Banca Chipriota, esta banca está quebrada, literalmente en bancarrota. Esto quiere decir que como esta banca está financiada con depósitos, los depositantes van a perder una parte de su dinero. La quita es inevitable. Ahora bien, esto se puede hacer de varias formas: en primer lugar, se puede realizar una quita sobre el capital no residente, off-shore (esencialmente, no europeo, fundamentalmente, ruso). También se puede gravar exclusivamente a los depósitos superiores a 100.000 Euros, que son lo que teóricamente no están garantizados por la Unión Europeo. Por último, se puede realizar una quita indiscriminada a todos los depósitos. Cualquiera de las dos primeras opciones supone ocasionar tales pérdidas al capital extranjero que son el fin de Chipre como Paraíso Fiscal y Centro Financiero off-shore. La tercera alternativa supone un castigo durísimo y muy visible al chipriota de a pie.
 
Pues bien, el gobierno de Chipre optó por una alternativa cercana a la tercera opción, con una quita del 6,75% a los depósitos inferiores a 100.000 Euros y de un 9,9% a los superiores: prefirió el castigo a su propia población que perjudicar excesivamente al capital de otros países. Ésta es la peor opción posible para la economía europea, con lo que resulta inexplicable que los gobiernos de la Unión Europea, incluyendo el español, estuviesen dispuestos a aceptarla. Esta decisión convierte en papel mojado la garantía europea de los depósitos inferiores a 100.000 euros, lo que supone que los europeos, especialmente los del sur de Europa, no podemos estar seguros de nuestros depósitos en los bancos. El riesgo para el conjunto del sistema es elevado como reconocen, 48 horas después, todos los ministros de Economía de Europa.
 
El riesgo se deriva de que en una economía moderna y bancarizada, el papel de la moneda como medio de pago lo ejercen fundamentalmente los bancos, y cada vez menos el papel moneda. La destrucción de la confianza en la banca supone, en la práctica, corromper la moneda, que como señalaba Keynes es la forma más rápida y segura de destruir las bases del capitalismo. Si comienzan las retiradas de dinero de los bancos, aumentarán la economía sumergida y las quiebras de empresas y disminuirá la inversión. Tristemente, a este escenario parece que se asoma Chipre con una quiebra desordenada de sus entidades financieras, si no hay una solución a corto plazo: rechazar el plan europeo, por “injusto”, que lo es, sin proponer una alternativa no es una solución. Los principales perdedores de todo esto serían los propios chipriotas, pero de los efectos negativos tampoco nos libraríamos el resto de los europeos. El Presidente del BCE, Mario Draghi decía que la crisis de Bankia se había gestionado “de la peor forma posible”. Los hechos están demostrando , en la crisis chipriota, que toda gestión es susceptible de empeorar: estamos flirteando con el desastre.
 
 
 

Iniciativa popular sobre la dación en pago: recopilatorio de posts

Anteayer saltó la noticia: el PP daba su visto bueno a la iniciativa popular sobre dación en pago, cambiando el criterio que hasta entonces había mantenido. Resulta chocante este cambio de criterio, que coincide sospechosamente con la presión popular en este tema, la noticia de un suicidio doble y otro más ayer y el goteo de noticias sobre la corrupción.
 
El primer comentario que debe hacerse es que parece francamente positivo que la iniciativa popular pueda obligar al parlamento a debatir sobre algún asunto. Es un medio de participación democrática que en un sistema tan cerrado como el nuestro es un soplo de aire fresco.
 
El segundo comentario es que muy peligroso tratar temas tan delicados a golpe de sucesos. Ya alertamos sobre este tema cuando hubo el último brote, a mediados de noviembre, en el post “Desahucios: no perdamos los papeles“, señalando el riesgo de reformas radicales pero recomendando el que se abordaran otras que podían ser interesantes y efectivas.
 
Sin embargo, se “parió un ratón”, pues las medidas urgentes de protección a los deudores hipotecarios que se adoptaron en noviembre (comentadas por Fernando Gomá) tenían un ámbito limitadísimo, como ya lo habían tenido las que medidas de protección que se adoptaron en marzo y que recogimos en varios posts: (I). ¿A quién se aplican? de Alfonso Madridejos; (II) ¿Para qué sirven?, de Rodrigo Tena,  y (III) “La carabina de Ambrosio”, mío, sobre su poca utilidad.
 
La iniciativa popular que se presenta estos días está patrocinada por diversas instituciones y asociaciones y es muy ambiciosa y se presenta en estos términos:
 
1. Dación en pago con efectos retroactivos
Se llama dación en pago al hecho de entregar la vivienda a la entidad financiera con la que se tiene la hipoteca a cambio de quedar libre de toda deuda.
2. Paralización de los desahucios
Siempre que se trate de la vivienda habitual y el impago del préstamo hipotecario sea debido a motivos ajenos a la propia voluntad.
3. Alquiler Social
El ejecutado tendrá derecho a seguir residiendo en la vivienda pagando un alquiler no superior al 30% de sus ingresos mensuales por un período de 5 años”.
 
Pues bien, en este tema de la dación en pago pugnan, desde mi punto de vista, dos fuerzas: por un lado, el justo sentimiento de dolor ante el sufrimiento de personas que pierden su vivienda y siguen debiendo parte del préstamo unido a la indignación de la evidencia de que quienes “pagan el pato” de la crisis son los ciudadanos mientras que los bancos son rescatados porque son demasiado grandes para caer y se puede desestabilizar el sistema, sin que ningún responsable bancario haya sido procesado.
 
Por otro, la evidente necesidad de preservar el sistema en sus líneas básicas para evitar que cunda la inseguridad jurídica y, además, seamos vistos como país como alguien en no se puede confiar, con la consiguiente devaluación de nuestro crédito y de nuestros instrumentos financieros, cédulas hipotecarias, etc..
 
¿Cómo resolver la cuestión? Desde luego no es fácil pero, para empezar, creo que sería bueno escuchar a los ciudadanos, no poner parches mediáticos como los de las “normas de protección” y coger el toro por los cuernos.
 
La iniciativa popular es, en mi opinión, una propuesta de máximos, que establece tres vías en cierto modo incompatibles y que podría plantear algunos problemas. Por ejemplo, la cuestión de la retroactividad de la dación.  Desde el punto de vista jurídico, el Código civil se limita a decir en su artículo 2.3 que las leyes “no tendrán efecto retroactivo si no dispusieren lo contrario” y la Constitución en su artículo 9.3 señala que no podrán ser retroactivas “las disposiciones sancionadoras no favorables y restrictivas de derechos individuales”. Si la norma estableciera expresamente la retroacción respecto a “efectos futuros de relaciones pasadas” (es decir, a ejecuciones que se produjeran a partir de la ley pero de hipotecas anteriores) no se trataría de una -más cuestionable- retroacción máxima (efectos pasados de relaciones pasadas), pero aun así cabría plantearse si tal retroacción sería restrictiva del “derecho individual” de la entidad de crédito a recuperar su dinero al cien por cien (y no a recibir un inmueble que vale menos, que no era lo convenido) o si esa mención de la Constitución a los “derechos individuales” debe limitarse a los derechos fundamentales. Independientemente de esta cuestión jurídica, hay una cuestión económica: el establecimiento de la dación en pago con carácter retroactivo y valga lo que valga el inmueble supondrá una pérdida por el banco de parte de sus derechos lo que sin duda alguna supondrá en el futuro un encarecimiento del crédito y la exigencia de garantías que cubran con exceso la deuda para cubrir este riesgo. Además, éticamente una dación en pago limitada a los préstamos hipotecarios sobre vivienda podría suponer un agravio comparativo respecto a otros deudores no hipotecarios o a proveedores o cualquier otro tipo de deudor y también pondría en mal lugar a los cumplidores frente a los incumplidores ocasionales y, todavía peor, los incumplidores profesionales, incentivando, en general, actuaciones irresponsables a la espera de encontrar soluciones más cómodas.
 
Por ese motivo yo patrociné una propuesta de dación en pago limitada al caso de que el inmueble todavía tuviera un valor superior a la deuda, todo ello al hilo de la modificación de la LEC realizada por el gobierno del PSOE para establecer unas limitaciones a la adjudicación del bien al acreedor: modificación del artículo 1166 del Código civil, para que el deudor pudiera exigir al acreedor que recibiera el inmueble hipotecado en pago total de la deuda realizada cuando, realizada una tasación independiente, el inmueble cubriera la totalidad de la deuda e incluso un cierto porcentaje más, para evitar el perjuicio al acreedor por una tasación inexacta (ver aquí)
 
La segunda propuesta, la de la paralización de los desahucios, es igualmente discriminatoria respecto de los deudores no hipotecarios y, además, la alusión a los “motivos ajenos a la voluntad del deudor” constituye un requisito demasiado general: es un cajón de sastre que puede comprender cualquier incumplimiento y convertir así las obligaciones jurídicas en ilusorias. La tesis técnico-jurídica clásica, por otro lado, limita la extinción de las obligaciones en estos casos a la pérdida de la cosa debida o la imposibilidad de la prestación (arts 1182 a 1186 Cc), entendiendo esta última como una imposibilidad física o jurídica que no se daría en el caso del dinero por su carácter fungible; pero lo cierto es que ha habido tesis que incluyeron también la dificultad extraordinaria o imposibilidad económica debida a circunstancias imprevisibles (subida de precios tras la Primera Guerra Mundial: Brecht, Stoll y Heck), que quizá existen también ahora.
 
Pero quizá estas posibles opciones son demasiado imprecisas y contrarias a la seguridad jurídica, por lo que quizá sería más realista hablar de una posible mediación (la especialidad de Fernando Rodríguez Prieto) en estos casos, o abordar el concurso individual de la persona física incluso con la posibilidad de una “segunda oportunidad” o “fresh start”,  que ha sido tratado reiteradamente en este blog (véase el último post al respecto de Rodrigo Tena, que contiene referencias a los demás, particularmente el de Matilde Cuena, e interesantes comentarios a favor y en contra de estas soluciones) o las comisiones de endeudamiento francesas, comentadas por Nieves Prieto.
 
Y la tercera cuestión, la del alquiler impuesto a las entidades de crédito creo que es superado con ventaja, en equidad y seguridad jurídica, por la propuesta del comodato de mi hermano Fernando en este blog. En todo caso, esta cuestión de los desahuciados podría ser también abordada desde otra perspectiva: una política social de realojo o de promoción de alquileres o viviendas subvencionadas.
 
Conclusión: hay que tratar el tema y debatir sobre él, porque hay mucha gente que está sufriendo; la vía ha de ser la legislativa, pues en nuestro sistema no cabe que los tribunales fuercen la ley para conseguir objetivos que ésta no prevé (ver aquí). Y debe salvaguardarse la seguridad jurídica como base fundamental de la convivencia. Pero creo que, incluso cumpliendo todas estas premisas, se pueden hacer muchas cosas positivas.