El nudo gordiano de Europa

En estos días en los que lo que vaya a suceder con el nuevo Gobierno griego nos tiene en vilo, resulta oportuno recordar uno de esos mitos helenísticos sobre los que descansa nuestra cultura.

 

Según una conocida tradición tardíamente recogida por diversos cronistas romanos como Quinto Curcio o Plutarco, cuando Alejandro Magno se encontraba conquistando Asia Menor, entró en Gordión, antigua capital de Frigia, donde se guardaba un legendario carro que, según la leyenda, había transportado a Gordio, un campesino que allá por el siglo VIII antes de Cristo llegó a reinar la ciudad por cumplimiento de un oráculo según el cual el primero en entrar con su carro en el templo de Júpiter sería nombrado rey. Era, además, tradición que aquel que consiguiera desatar el inmenso nudo que amarraba el yugo al carro llegaría a ser el dueño de Asia. Alejandro, siempre en busca de su destino, aceptó el reto, pero al ser incapaz de desentrañar aquella maraña, decidió propinarle diversos cortes con su espada, pues, según él, lo importante era deshacer el nudo, y no el medio que se emplease para tal fin.

 

Aunque esta leyenda admite diversas lecturas -algunas tan hermosas como la pieza musical de Henry Purcell que enlazamos aquí-, podríamos decir que el nudo gordiano resulta ser una metáfora perfecta para la situación en que ahora nos encontramos, no solo en España sino también en Europa. Un lío fenomenal que nadie consigue desenmarañar y si alguien lo consiguiera podría terminar siendo el “dueño de Europa”.

 

En este complejo nudo se entremezclan a modo de cabos entrecruzados muchos aspectos de esta realidad poliédrica y contradictoria. Por un lado, libertades  públicas, derechos consolidados y generalización de unos niveles mínimos de bienestar para la mayor parte de la población en cuanto a su educación, sanidad y seguridad social fruto de un largo periodo de paz y de relativa estabilidad social; pero por otra parte, prácticas y conductas perversas e ineficaces tanto en lo político como en lo económico; postergación de los valores tradicionales del trabajo, el mérito y el esfuerzo, por otros basados en el relativismo postmoderno y “el todo vale”, consolidación de prácticas corruptas o clientelares de sesgo localista que en su mayoría quedan impunes, el predominio cada vez más intenso de interés particulares contrapuestos con el interés general y, desde hace un par de décadas, un imparable proceso de transferencia de rentas de las clases medias europeas hacia unas oligarquías cada vez más poderosas cuyos efectos solo la acción de redistribución articulada desde los Estados consigue limitar, evitando que nuestra sociedad termine siendo tan desigual como la existente en los países emergentes. Todo ello, trufado, como no, por intereses transnacionales, nacionales y localistas, muchas veces contrapuestos entre sí y que deben entenderse en el complejo marco de las relaciones y alianzas del mundo actual.

 

Estos nudos están profundamente entrelazados entre si. En muchos casos, las prácticas clientelares se encuentran entremezcladas con determinadas políticas sociales de los Estados europeos incluso de manera institucional; el nepotismo y la corrupción en la provisión de empleos públicos salpica y encuentra su apoyo en amplios sectores de la población que se integra en ella a través de las diversas redes por las que se materializa el reparto del poder (partidos de un signo o de otro, sindicatos, asociaciones empresariales, corporativismo funcionarial o profesional, etc) cumpliendo el aserto de que “la corrupción genera empleo”; el reparto de las subvenciones y la adjudicación orientada de la contratación pública soslayando los principios comunitarios de publicidad, libre concurrencia y proscripción de las ayudas de Estado encuentra su coartada en las finalidades perseguidas por las primeras, en la buena acogida entre la población que tienen la puesta en servicio de nuevas infraestructuras y las falacias proteccionistas; los exigentes marcos regulatorios si bien garantizan una creciente calidad de los productos y servicios, al mismo tiempo tienden a excluir de los grandes negocios a los pequeños actores consolidando a los grandes grupos empresariales, etc…

 

Los ejemplos de interactuación entre los factores positivos del sistema con sus vicios y defectos son innumerables y a todos se nos viene enseguida alguno a la cabeza. Toda la sociedad en mayor o menor medida es responsable de la situación presente.

 

Hasta ahora, la solidez del sistema construido en Europa a mediados del siglo XX, ha impedido que el edificio se haya desmoronado, pero cada vez falta menos para que la estructura colapse de repente, como ya ocurrió con la Unión soviética.

 

Ayer Grecia, Portugal e Irlanda, hoy España e Italia, mañana Bélgica y Francia…, parece que la prima de riesgo no nos deja ver el bosque ¿Estaremos aún a tiempo de deshacer este follón sin tener que recurrir a la drástica solución de cortarlo con la espada como hizo Alejandro? Puede que sí, pero para ello no basta con intentar encontrar la punta de las cuerdas para ir tirando del hilo y debe buscarse soluciones que vayan más allá que la actual de aplicar aprisa y corriendo cuidados paliativos sobre los síntomas en cada uno de los países, a veces soslayando elementales principios éticos.

 

Una buena parte del problema de esta Europa con 27 cabezas está, precisamente, en la dispersión de los centros de decisión y de la mencionada contraposición entre intereses localistas, regionales o incluso nacionales a corto plazo y sin tener en cuenta los efectos estratégicos que las decisiones que se van a tomar ahora pueden tener en el futuro. Del mismo modo que en España el descontrol autonómico ha terminado por ser catastrófico, en Europa, la parálisis en la construcción europea tras el fracaso de su proyecto de Constitución motivada por la resistencia de los Estados a perder soberanía (o mejor sería decir de las élites dirigentes de los Estados a perder parte de su poder), podría terminar siendo trágica.

 

Sólo una Europa unida puede salvar nuestro modo de vida. Europa, en ese sentido, es mucho más que territorio, poder y población es, igual que llegó a ser Roma durante un tiempo, un lugar donde la mayor parte de su población puede vivir con una seguridad y tiene la posibilidad de realizar un proyecto de vida como en muy pocas partes del mundo es posible hacerlo. Puede que para mantener ese singular modo de vida, en estos momentos, la única solución implique deshacer los lazos que vinculan a las antiguas naciones-estado europeas y lanzarnos decididamente a la construcción de una única Europa, con unos poderes legislativo, ejecutivo y judicial efectivos en todo el territorio, con un sistema fiscal común y con modelos homogéneos de protección social.

 

La unión fiscal y bancaria postulada ahora por nuestro Gobierno y sobre la que están trabajando estos días en Bruselas no es suficiente. Es necesaria una reforma profunda que rompa esta decadente inercia, nos ayude a cambiar el paradigma y sobre cuya base puedan transformarse muchas otras cosas, no solo en lo económico sino también en lo político y en lo social, que son necesarias para que la Europa que nosotros conocemos no desaparezca.

 

 

¿Se ha terminado la crisis del euro tras el éxito del segundo rescate a Grecia?

Hace unos cuanto días los ministros de Finanzas de la Eurozona aprobaron formalmente el segundo paquete de medidas de rescate para Grecia. Dieron el visto bueno a la operación tras acreditar que un porcentaje mayoritario de los acreedores del país heleno habían aceptado una quita sobre la deuda existente. También el Fondo Monetario Internacional ratificó su contribución al rescate.

Sin embargo, más allá del éxito momentáneo de dichas medidas, numerosos expertos consideran que los políticos europeos no han hecho otra cosa que comprar tiempo y que, más pronto que tarde, se desencadenarán nuevos episodios de crisis en Europa, en el euro y en los mercados de deuda.

Muchos analistas dudan que la economía griega pueda, de verdad, sobrevivir con un ratio entre su deuda pública y su PIB que, en el mejor de los casos, podría rondar el 118% en el año 2020. El ritmo al que se está contrayendo el PIB del país heleno en los últimos años resulta alarmante y dificulta hacer previsiones optimistas. Además, no se ha definido todavía una estrategia coherente para conseguir que Grecia pueda convertirse en una economía competitiva dentro de la zona Euro. Y parece que los problemas se están postponiendo más que arreglando.

En los próximos meses Grecia deberá hacer públicas nuevas cifras de déficit y, al poco tiempo, se empezará a plantear la necesidad de nuevas ayudas o paquetes de rescate. Por si fuera poco, el 22 de abril se celebrarán elecciones generales en Grecia, y todo apunta a que ganará una mayoría de izquierdas, contraria a las medidas de austeridad que se tratan de imponer desde la Unión Europea. Hay, incluso, quien augura que Grecia terminará saliendo del euro tras dichos comicios, aunque ello resulte poco probable.

Mientras tanto, otros gobiernos europeos como Italia o España se afanan en dejar claro que la situación griega no tiene similitud alguna con las suyas y parecen aprovechar estos meses de relajación en los mercados para avanzar en las medidas de austeridad presupuestaria.

Pero no basta sólo con recortar el gasto público y la deuda pública. Es preciso, además, estimular el crecimiento económico de manera sostenida en el tiempo. Y hacer ambas cosas de manera simultánea –recortar el déficit y, a la vez, estimular el crecimiento- no parece nada fácil. Entre otras razones, porque los elevados déficits existentes dificultan la puesta en marcha de políticas de estímulo fiscal. Y porque la política monetaria, con tipos de interés ya bastante reducidos, tampoco ofrece soluciones mágicas. Y menos aún después de que tanto el Presidente del Bundesbank como el ministro alemán de Finanzas (Sr. Schaüble) se hayan opuesto hace pocos días a que el BCE realice nuevas subastas de préstamos a tres años al 1% (LTROs) como las que realizó, en diciembre de 2011 y en febrero de 2012, a los bancos europeos con el fin de garantizar la liquidez de sistema.

Resulta sintomático el hecho de que casi todo ese dinero, prestado por el BCE a los bancos comerciales al 1%, haya sido depositado por éstos en el propio BCE a cambio de un 0.25% de interés. Es decir, parece que los bancos prefieren perder dinero (un 0.75%) antes que trasladarlo al sistema productivo e incentivar, así, el crecimiento de la economía. Una situación inquietante de lo que está por venir.

De hecho, el propio Presidente del BCE, Sr. Draghi, manifestó hace pocos días que en los próximos meses se intensificarán las tensiones en los mercados de deuda y que eso repercutirá negativamente en la economía real de los países europeos. No parecen buenos augurios para el euro, aunque tampoco estemos ante la situación terminal -de “ruptura de la moneda única”- que algunos analistas e inversores vaticinaban a finales del verano pasado.

A la Unión Europea le gustan las cuotas

Estos días en los que se habla de mujer trabajadora, de mujer en puestos de relevancia, de códigos de buen gobierno, ha tenido especial repercusión el discurso de la Comisaria Europea de Justicia, Viviane Reading, criticado por unos y alabado por otros. Consideramos, por lo tanto, y porque ha sido la semana de reconocimiento internacional de la mujer que es hora de volver a hacer una reflexión sobre la presencia de mujeres en los consejos de dirección de las empresas, sobre las cuotas y sobre los techos de cristal. Que la crisis económica no nos haga olvidar otras cuestiones… ¿“menores”?

Ya sé que es un tema muy discutido y que provoca polémica, pero hasta ahora no parece que haya habido gran evolución. Pasan los años y estamos siempre en la casilla de partida. Mucha propuesta no vinculante, mucho cambio estético pero algo falla porque las cuotas de participación femenina no aumentan; solo un 14% de consejeras en la Unión Europea, lejos del objetivo del 40%.

Que sea la UE quien haga la reflexión es significativo y no solo porque legisla desde un ámbito de homogeneización supranacional, sino, porque la propia Unión Europea aplica, desde su inicio, un principio de cuotas rígido y que no ha sido discutido por nadie. Me refiero a las cuotas de representación de los nacionales de los países miembros en todos los puestos de trabajo de las Instituciones Comunitarias. Se ha asumido con total naturalidad que debe mantenerse un porcentaje de representación para cada estado miembro. Y no me refiero a instituciones como el Consejo o el Parlamento en los que efectivamente los Estados tienen una representación como tales, sino a la Comisión, equivalente a una administración pública, y que representa y defiende los intereses del conjunto de la UE.

El criterio para ser funcionario de la Comisión no es solo el de la valía sino también el del lugar de nacimiento ¿Y por qué? Simplemente porque en una Europa formada por tantos y tan distintos se pretende que haya una representación de casi todos. He encontrado un artículo de Pedro Torres Simó, ex Director General Adjunto de Personal y Administración de la Comisión Europea en el que reconoce lo siguiente: “Una norma seguida en las Instituciones comunitarias consiste en mantener una cierta proporción en los puestos de su plantilla entre las diversas nacionalidades. Esta proporción es absolutamente rígida en los puestos de máximo nivel y se flexibiliza según se baja en el nivel de los puestos, hasta llegar a su dilución práctica en niveles de entrada y en categorías auxiliares.” Teniendo mujeres que salen preparadas de las universidades en proporción superior a la de hombres y que nadie duda que estén preparadas y sean válidas igual que éstos, quizás haya que dar un pequeño impulso para que exista una cierta proporcionalidad en los ámbitos de máximo nivel de las empresas…

Efectivamente, la Unión Europea tiene mucho cuidado en establecer cuotas representativas para los países miembros en función de su población. Ya sé que habrá quejas y polémica entre los comentaristas; alguno dirá que en las empresas se progresa según los propios méritos y sacrificios indistintamente del sexo de cada uno. Estaría plenamente de a cuerdo si las condiciones de partida fueran las mismas para todos, igual que estaría de acuerdo de que en la Unión Europea no hubiera cuotas si ello no provocara como resultado que todos los funcionarios terminaran siendo alemanes o franceses.

Otros dirán que las empresas son entes privados y los Estados no. Pero no estamos hablando de la empresa privada familiar en la que la libertad para constituir su consejo de administración es indiscutible (aunque según las estadísticas del informe de la Comisión Europea harían bien en emplear un poco más de entendimiento femenino). La legislación que se propone va dirigida a las empresas cotizadas o estatales. Es decir grandes empresas que voluntariamente han optado por un tipo de control y regulación precisamente porque acuden a un mercado de financiación y de capital específico, protegido por el propio Estado. De hecho, las normas para promover la igualdad en los Consejos que se ha aprobado en Francia, Italia o Bélgica, y las recomendaciones de Holanda, España y Alemania solo hablan de empresas cotizadas o de empresas estatales.

Cualquiera que conozca un consejo de administración de empresa cotizada en España sabe que las personas que en ellos se sientan lo hacen por un criterio de representatividad de algo o alguien y no por su valía o capacidad de dar consejo. Basta con analizar cada una de ellas.

Tampoco hablamos de que mujeres y hombres sean iguales, está claro de que no lo son, se trata únicamente de que estén igualmente representados en órganos de decisión que afectan por igual a hombres y a mujeres.

El informe de la Comisión expone, con datos estadísticos una serie de argumentos favorables al incremento de presencia femenina en las empresas que es una pena no tener en cuenta:

1. Las empresas con mujeres en sus órganos directivos presentan mejores resultados económicos que las demás. Según estudios de McKinsey & Company las compañías con más mujeres en su consejo vieron como el valor de su acción aumentaba un 17% en bolsa entre 2005 y 2007 y su beneficio fue casi el doble del de la media de la industria.

2. Las mujeres controlan el 70% del consumo global, así que por pura lógica las mujeres pueden conocer mejor cual es el comportamiento del consumidor.

3. La diversidad mejora la calidad de la toma de decisión ya que se basa en más alternativas que las de la toma de decisión por parte de un consejo de administración homogéneo.

4. Distintos estudios han demostrado, igualmente, que el buen gobierno corporativo y la ética empresarial aumentan en las compañías con más mujeres en su consejo.

5. Más de la mitad de los estudiantes que se gradúan al año son mujeres. Su talento, que ha costado el mismo precio al Estado que el de los hombres, se infrautiliza si no se les da oportunidad en puestos de toma de decisión.

El mismo informe señala que ha habido un pequeño aumento de presencia femenina del 1,9% entre 2010 y 2012 pero sigue siendo muy lento ya que de media, 6 de cada 7 miembros de consejos son hombres (86,3%). Los distintos países europeos han progresado de manera distinta y únicamente Francia que ha adoptado la cuota obligatoria legal en enero de 2011 con un plan progresivo hasta 2017, fecha en la que tiene que haber un 40% de mujeres en los consejos, ha experimentado, ya hoy, un aumento significativo (de 12.3% a 22.3%).

Brevemente, hasta hoy, la normativa que se ha ido introduciendo en Europa es la siguiente:

Francia, Italia y Bélgica han adoptado legislación de obligado cumplimiento, siguiendo el ejemplo de Noruega (quien sí ha resuelto de manera eficaz el problema), aunque cada uno ha planteado distintas cuotas y distintos plazos para que se completen y por ahora es Francia la que más ha progresado. España y Holanda también tienen legislación aprobada pero no es obligatoria sino recomendatoria, sin establecer sanciones. En Reino Unido Lord Davies elaboró un informe recomendando la presencia de al menos un 25% de mujeres en las compañías cotizadas en 2015, el gobierno ha iniciado una campaña de consulta de las empresas para que indiquen cuantas mujeres piensan tener en sus consejos para esa fecha. Los códigos de gobierno corporativo de Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Luxemburgo, Holanda, Polonia, España Suecia y Reino Unido recomiendan de distinta manera la diversidad de géneros en los Consejos de Administración pero sin incluir medidas coercitivas.

La conclusión del informe es muy clara; al ritmo que vamos se tardará, si nada se tuerce, 40 años en igualar la presencia femenina a la masculina en los consejos de administración europeos. Por esta razón, la Comisión propone considerar otro tipo de medidas más contundentes y de aplicación obligatoria aunque primero establecerá un periodo de consulta a los stakeholders (estados, organizaciones profesionales, compañías, sindicatos y demás organizaciones o individuos relevantes). A partir de mayo de 2012 contará ya con datos suficientes para poder tomar medidas concretas.

Visto que desde las empresas se remolonea, esperemos que sea Europa la que dé impulso a la cuota femenina. Yo estoy de acuerdo con las palabras de la Comisaria Reading “No soy una fan de las cuotas, pero me gusta lo que las cuotas consiguen”.

 

Contador a la luz de Bosman

Resulta fácil, y por ello inmeritorio, formular hipótesis sobre la estrategia que debería haber adoptado la defensa de Alberto Contador en el procedimiento al que ha sido sometido desde julio de 2010, sobre todo cuando se conoce ya la resolución del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD). Sin embargo, a la vista del laudo hecho público recientemente, estimo que una vía que podría haber llevado al ciclista español a un mejor desenlace habría sido la que le ofrece el Derecho de la Unión Europea. En síntesis, la diferencia entre ambas opciones reside en que, si bien ante el TAD, la defensa de Alberto Contador ha tenido que esforzarse en probar que su caso respondía a un supuesto de contaminación alimenticia sin incurrir en falta o negligencia, la vía europea le habría exigido demostrar que la norma que fundamentaba su sanción carecía manifiestamente de fundamento científico y que, por ello, constituía una restricción al ejercicio de su derecho a la libre circulación. A juzgar por las reiteradas declaraciones del propio ciclista y de otros profesionales del deporte, la prueba de esto último podría haber resultado más sencilla.

En principio, pensar que el derecho europeo a la libre circulación tiene algo que ver con un asunto en el que un deportista es sancionado por dar positivo en un control antidopaje puede parecer poco ortodoxo. Sin embargo, no sería la primera vez que una reglamentación deportiva es cuestionada a la luz de las disposiciones de mercado interior, fundamentalmente las de libre circulación y de competencia. Tampoco sería la primera vez que dicha reglamentación concierne precisamente las normas antidopaje adoptadas por una federación o asociación deportiva internacional. Ahora bien, la manera de abordar un litigio de estas características no ha resultado siempre evidente.

Tradicionalmente, el Tribunal de Justicia de la UE ha considerado que la práctica del deporte sólo se encuentra regulada por el Tratado en la medida en que constituye una actividad económica (sentencia Walrave, asunto 36/74).

Cuestiones de índole exclusivamente deportiva y ajenas a la actividad económica quedan, por ello, al margen de su ámbito de aplicación. Como puede entreverse, lo que ha de considerarse por normas de carácter puramente deportivo no ha resultado muy fácil de definir en un momento en que los aspectos socio-cultural y económicos del deporte parecen entremezclarse.

Es por esto último quizá que el análisis de la jurisprudencia europea más reciente revela que la interpretación del Tribunal de Justicia ha evolucionado hacia el reconocimiento de que todas las normas deportivas entran en el ámbito de aplicación del Tratado, fundamentalmente si afectan a deportistas profesionales o semiprofesionales. Así, en la célebre sentencia Bosman (asunto C-415/93), el Tribunal de Justicia consideró que la reglamentación de la UEFA que limitaba la alineación de jugadores de fútbol comunitarios en las competiciones oficiales europeas había de ser sometida al Derecho de mercado interior. Posteriormente, en la sentencia Meca Medina (asunto C-519/04 P), el Tribunal de Justicia fue más contundente aún al afirmar, en esencia, que si la actividad deportiva constituye en sí una actividad económica, las condiciones de su práctica están sujetas a todas las obligaciones que resultan del Tratado. Resulta curioso constatar que, en este último asunto, fue el nadador español David Meca quien intentó hacer valer que las normas de dopaje sobre la base de las cuales el COI le había impuesto una sanción constituían un obstáculo a la libre prestación de servicios y una violación de las normas de competencia. El Tribunal de Justicia rechazó las alegaciones del deportista a la luz de las circunstancias del caso, pero confirmó, como he señalado, que la reglamentación deportiva controvertida podía ser sometida al marco de análisis de las disposiciones de mercado interior.

Como es lógico, lo anterior no significa que una reglamentación deportiva constituye per se una violación del Derecho de la Unión. Ahora bien, el pronunciamiento del Tribunal de Justicia abre la puerta a que dicha reglamentación pueda ser considerada como un obstáculo a la libre circulación. En particular, éste sería el caso si el deportista profesional concernido demuestra que la reglamentación en cuestión « impide » o hace « menos atractivo » el ejercicio de su libertad de circulación en el seno de la UE.

A este respecto, quisiera destacar que, en reiteradas ocasiones, Alberto Contador ha hecho valer que se le ha aplicado « una norma completamente obsoleta » y que « todos los científicos saben que [dicha norma] no está acorde a los avances de los sistemas antidopaje actuales » (El País, 28 de enero). Personalmente, no sabría valorar el carácter de la norma a la que se refiere el ciclista y desconozco en detalle su contenido. Sin embargo, si, a su juicio y al de su defensa, la norma que fundamenta su sanción es tan inadecuada y carece de manera tan manifiesta de fundamento científico, no hay razón para pensar que no podrían persuadir al Tribunal de Justicia para que concluyera que dicha norma constituye en sí un obstáculo para participar libremente en competiciones ciclistas europeas y ejercer como tal su profesión en el territorio de la Unión. Llegados a este punto, la carga de la prueba se invertiría, de modo que correspondería a las autoridades o federaciones reguladoras, en este caso a la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y la Unión Ciclista Internacional (UCI), probar que dicha restricción puede ser justificada sobre la base de un motivo de interés público y que respeta el principio de proporcionalidad.

Ahora bien, ¿cómo podría haberse actuado para bascular la decisión en el asunto Contador del TAS al Tribunal de Justicia? Lo cierto es que la respuesta no es sencilla, sobre todo teniendo en cuenta que, en un principio, la Real Federación Española de Ciclismo (RFEC) decidió que Alberto Contador no debía ser sancionado. Cabe recordar que, en realidad, fueron la UCI y la AMA quienes decidieron acudir al TAS tras la decisión de la RFEC y tras constatar la concurrencia de lo que, a su juicio, eran injerencias políticas indebidas.

En cualquier caso, conviene destacar que, en el asunto Meca Medina (véase, también, la sentencia Laurent Piau, asunto C?171/05), el nadador español, en lugar de recurrir la resolución del TAS ante el Tribunal Federal Helvético, presentó una denuncia ante la Comisión para que declarara la violación del Derecho de mercado interior. Frente a la decisión de la Comisión, que consideró que la norma era puramente deportiva y que, por lo tanto, no entraba en el ámbito de aplicación del Derecho europeo, interpuso un recurso ante el Tribunal General, que confirmó la decisión de la Comisión. En casación, el Tribunal de Justicia anuló la sentencia del Tribunal General y se pronunció en el sentido expuesto anteriormente.

Las observaciones precedentes responden a una mera hipótesis que describe una vía plausible a añadir a las que –imagino– estarán valorando los asesores jurídicos de Alberto Contador. Ellos son los que, en definitiva, conocen los detalles del asunto y los deseos del propio ciclista. En todo caso, merece la pena no despreciar la circunstancia de que el Tratado reconoce a los profesionales del deporte una serie de derechos de cuya existencia no son siempre conscientes y que, en ocasiones, pueden desembocar en un resultado inesperadamente favorable.

 Las opiniones expresadas en este post corresponden a su autor y no vinculan, en ningún modo, al TJUE

 

Disciplina fiscal y otras cuestiones

Hace unos días leí el discurso que pronunció el 28 de noviembre en Berlín el ministro de Asuntos Exteriores polaco, el Sr. R. Sikorski. Sus palabras se hicieron eco al día siguiente en la edición digital de varios medios internacionales. En él aborda cuestiones de singular trascendencia para el futuro de la Unión Europea como es la del papel que cabría esperar de Alemania en la coyuntura de la presente crisis o la de las consecuencias que pueden preverse en caso de fracaso del Euro. Para los lectores del blog interesados, el texto de este discurso (en inglés) se encuentra disponible aquí.

Sin ser su aspecto más interesante, me ha llamado la atención, en primer lugar, la referencia que contiene este discurso al denominado Six Pack. Se trata de una de las medidas europeas más esperadas en materia de política económica y fiscal desde el inicio de la crisis de la deuda soberana. Fue aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo en el mes de octubre y su entrada en vigor tuvo lugar justamente la semana pasada. Su objetivo principal es reforzar los mecanismos de vigilancia y de sanción del Pacto de Estabilidad y Crecimiento y avanzar, por consiguiente, hacia una mayor disciplina fiscal. Y es que, desde su adopción, este Pacto ha sido objeto de incumplimientos repetidos a pesar de ser concebido como uno de los elementos esenciales para el funcionamiento adecuado de la Unión Económica y Monetaria. A día de hoy, por ejemplo, 23 de los 27 Estados miembros de la UE se encuentran sometidos al procedimiento de déficit excesivo. Aunque quizá lo relevante no se encuentra en este último dato, sino en la identidad de los Estados miembros infractores. Como destaca el discurso al que me he referido, « the Stability and Growth Pack has been broken […] not just by smaller countries in difficulty, but by its founders in the very core of the Euro zone » (pág. 3).

En esencia, el Six Pack pretende poner fin a la situación anterior a través de los siguientes medios.

En primer lugar, mediante el establecimiento de sanciones más rigurosas para los Estados miembros que incumplan las obligaciones del Pacto, así como de un nuevo procedimiento para decidir sobre su imposición. A partir de ahora, el Estado miembro concernido será objeto de una sanción a menos que una mayoría simple en el Consejo decida lo contrario (« reverse simple majority voting procedure »). Esta última fórmula pretende eliminar la posibilidad de que la imposición de sanciones se vea determinada, como en el pasado, por presiones políticas. Por otro lado, se incentiva el estatuto independiente de las autoridades nacionales de estadística y se prevé una sanción adicional para aquellos Estados miembros que falseen sus cuentas respecto al déficit o a la deuda.

En segundo lugar, se modifica el compromiso sustantivo en el que se ha basado el Pacto de Estabilidad y Crecimiento hasta ahora. En virtud de este compromiso, los Estados miembros habían de respetar en sus balances un ratio déficit/PIB del 3% y un ratio deuda/PIB del 60%. En adelante, la concurrencia de una deuda superior al 60% del PIB con otros factores adicionales podrá motivar la activación del procedimiento de déficit excesivo, incluso si no se da el requisito del 3% del PIB.

Por último, se armonizan una serie de aspectos formales que los marcos presupuestarios de los Estados miembros habrán de respetar a fin de poder verificar con mayor facilidad que cumplen con su obligación de no acumular un déficit público excesivo. Esto último se complementa, además, con el deber que tendrán los ministerios de economía y finanzas nacionales de mostrar sus cuentas a la Comisión y a sus colegas incluso antes de enviarlas a sus propios parlamentos.

(La presentación detallada de los aspectos técnicos del Six Pack, así como la conferencia que ofrecida por Olin Riehn, vicepresidente de la Comisión, con ocasión de su entrada en vigor, pueden encontrarse aquí).

Volviendo al discurso de R. Sikorski, quisiera destacar, en segundo término y brevemente, otras tres cuestiones, de diversa índole, que me resultan de interés y que someto a la reflexión de los lectores del blog.

La primera se refiere a la siguiente afirmación: « Issues of money can be issues of war and peace, the life and death of federations » (pág. 1). En otros términos, la caída del Euro previsiblemente dará lugar, según su autor, a la desintegración de la Unión Europea. Lo que me parece llamativo de lo anterior es que contrasta con la tribuna publicada el 1 de diciembre en El País por J. H. H. Weiler, al que ya me he referido en una entrada previa. En su artículo, el profesor Weiler hace valer, por el contrario, que el mercado único, el logro económico más extraordinario y duradero de Europa, funciona independientemente de la pertenencia o no al Euro, de modo que unir el destino del Euro a la existencia de la Unión Europea no hace más que proporcionar a los líderes actuales una poderosa herramienta para coaccionar a los adversarios y a la opinión pública en general.

La segunda cuestión resulta igualmente de otra afirmación del discurso, que es probablemente la que más comentarios ha generado en las últimas semanas: « I fear German power less than I am beginning to fear German inactivity » (pág. 9). En este caso, se trata de un llamamiento directo a un liderazgo activo por parte de Alemania para que tome conciencia de que el riesgo de inflación en la zona euro es menos temible que el riesgo que se deriva de una eventual caída del Euro.

La tercera y última cuestión se refiere a la naturaleza de los mercados de deuda soberana como instrumentos de disciplina de la gestión de los poderes públicos. Este aspecto parece ser parcialmente abordado también en el discurso cuando se sostiene lo siguiente: « Let’s be honest with ourselves and admit that markets have every right to doubt the credibility of the Euro zone » (pág. 3). A este respecto, cabe destacar que comienza a debatirse la idea según la cual los mercados de deuda soberana pueden convertirse en un instrumento eficaz al objeto de disciplinar los gobiernos en su gestión del gasto público, de manera similar a cómo hacen los  mercados de control corporativo respecto a los consejos de administración en las sociedades cotizadas. Volveré a esta cuestión con más detalle en una entrada futura.

En fin, no quisiera concluir este post sin agradecer a los Editores la oportunidad de haber participado en el blog durante el año 2011 y desear un mayor éxito si cabe para este foro en el 2012.

(*) Las opiniones expresadas en este blog corresponden a su autor y no vinculan, en ningún modo, al TJUE

 

Italia y su déficit democrático

El universo político italiano es muy peculiar y difícil de entender desde una perspectiva española porque, al mismo tiempo que los italianos nos resultan próximos a nivel personal y creemos entenderles casi como al vecino de al lado, resulta que reaccionan de una manera muy distinta a la nuestra y aceptan situaciones que en nuestra España serían difícilmente planteables. No olvidemos que su trayectoria histórica (la Italia unida solo tiene 150 años) social y política nada tiene que ver con la española, no existe el bipartidismo, la sociedad no está básicamente dividida en dos grupos irreconciliables, el partido comunista ha tenido una gran influencia en la vida política, económica y social, tienen mucha e importante industria autóctona, es la 7ª economía mas importante del mundo aunque la riqueza está repartida muy irregularmente a lo largo del territorio, mucho más que en España, con una gran brecha norte/sur y, sobre todo, han generado una “casta” política (el término se hizo famoso por un libro denuncia de gran éxito de dos periodistas del Corriere della Sera ya en 2007 ) con toda una red de servilismo parasitaria y con unos privilegios asociados que, en España, darían vértigo (aunque viendo lo que está saliendo cada día resultamos alumnos aventajados) .

Me refiero al gobierno técnico que los italianos han aceptado sin demasiados problemas, y no solo aceptado de forma pasiva sino reclamado y aclamado en plazas y foros de todo tipo. Las claves de que el italiano esté contento con la imposición de un gobierno de técnicos, que en España se mira con mucho recelo por su carencia de origen democrático, se puede entender si analizamos dos ideas que expongo a continuación:

Separación política – vida real

En la genética del ciudadano medio italiano figura la aceptación de un cierto nivel de laxitud en los políticos. Las personas que se dedican a la política se presuponen con unas características personales concretas que son toleradas por el resto de conciudadanos que se dedican a otra cosa. No olvidemos que la interminable lista de escándalos del Premier Berlusconi, ya de tipo político, sexual o económico, ha sido tolerada sin problema por los italianos que han seguido votándole y depositando su confianza en él. Porque, si algo está claro, es que han sido los mercados los que han terminado con la era Berlusconi y no sus propios escándalos. Mi conclusión es, por lo tanto, que en Italia la esfera política gira en un plano distinto al de la vida real y que se ha tolerado porque la incidencia era mínima entre una y otra, y si más bien complementaria, perpetuaba un sistema en el que los jugadores tenían claras las reglas de juego.

Estrategia de los partidos políticos

Hoy por hoy y por pura estrategia, en Italia nadie quiere el poder. Los partidos políticos italianos no quieren asumir el desgaste de liderar un proceso de reformas doloroso para el votante y prefieren mirar a la plaza desde la confortable barrera del congreso y el senado, en el que han sido sentados democráticamente. Casi nadie ha cuestionado el grado de democracia de un gobierno que no ha sido elegido por las urnas sino directamente a dedo por el presidente Giorgio Napolitano. Es más, se ha aplaudido de manera generalizada la iniciativa de Napolitano que está considerado como el salvador (hasta ahora) de la crisis italiana.

Entre los pocos que se han planteado la falta de legitimidad democrática del gobierno se encuentra el propio Berlusconi, quién, por razones obvias, no está contento con su salida que por otro lado ha sido “voluntaria” puesto que no ha habido cuestión parlamentaria. Berlusconi se ha escudado siempre en el valor de los votos obtenidos, utilizando las urnas como excusa para todas sus actuaciones.

Hay un artículo esclarecedor en el periódico virtual Linkiesta “La politica adesso guardi e impari come si governa un Paese” de Massimiliano Gallo que recomiendo leer.  El artículo hace referencia al hecho de que mientras todo va bien se puede tolerar una servidumbre a la inutilidad de los políticos pero cuando las cosas se ponen feas y hay que actuar con medidas que no permiten errores e ineficacia, ni obviamente márgenes de corrupción, hay que recurrir a profesionales, y no profesionales de la política sino de los distintos sectores; economía, educación, sanidad, justicia… que hay que gobernar correctamente.

Según Massimiliano Gallo; “Ningún partido quiere ser parte de la foto de equipo de aquellos que regalarán lágrimas y sangre a los italianos”. Eso sí, parece que todos los grupos políticos tienen la intención de volver al ruedo en 2013 en cuanto, según esperan, las medidas drásticas se hayan adoptado y se calmen las aguas. Claro que la previsión del propio Gallo es que el régimen político italiano de la segunda república ha iniciado, si no culminado, su fin con el gobierno Monti y no hay vuelta atrás.

Como era de esperar, todo el arco parlamentario, salvo la Lega, ha dado apoyo explicito al gobierno de Monti y como dice Emma Bonino en su discurso ante el Senado italiano el 17 de noviembre de 2011 ,  “ya que los partidos políticos han sido incapaces de asumir responsabilidades de gobierno en tiempos de crisis, el partido radical quiere dar todo su apoyo al gobierno Monti con la intención de otorgarle una pátina de legalidad democrática.”

Mi opinión personal es que, en épocas de crisis las soluciones no son las mismas que durante los periodos de gestión corriente. Y en estos momentos estamos inmersos en una gran crisis a la que las fórmulas conocidas no parecen dar solución. La democracia es importantísima para ponderar los excesos del poder, pero el sentido común y la experiencia concreta son muy necesarios cuando hay que  gestionar problemas reales. Sería magnífico poder aunar uno y otro, que los políticos no fueran derivando en una casta ajena a la vida común y que fueran gestores competentes de los problemas de sus votantes. Mariano Rajoy tiene ahora, en España, la oportunidad de demostrar que democracia y sentido común no están reñidos y establecer un gobierno de tipo Monti pero con gran surplus democrático.

 

El núcleo de la crisis europea

El principal problema en la crisis de la moneda única no es de naturaleza económica, sino jurídico-política. Para completar el edificio a medio construir del euro, es preciso centralizar nuevos poderes en Bruselas a toda velocidad y además acertar con la mezcla exacta de austeridad, nueva regulación y libertad económica. Pero, más difícil todavía, todo esto se debe hacer al tiempo que se consigue que la Unión Europea (UE) sea una organización de poderes limitados, un elemento clave pero poco a poco desdibujado de su contrato social original y que resulta decisivo para que la Unión goce de suficiente legitimidad. Con este fin, Alemania, el Reino Unido y otros ponen todo tipo de condiciones y reservas a esta nueva transferencia de competencias y de dinero al nivel europeo. Tienen razón en su exigencia, pero no en cómo la formulan, al dejar de lado la necesaria flexibilidad en la interpretación de los límites, tanto por el proceso político europeo como por el Tribunal de Justicia de la UE. Ensayan peligrosas interpretaciones unilaterales del alcance de los poderes de la Unión, desafiando la competencia sobre la competencia que debe pertenecer al nivel europeo para evitar la desintegración.

Por otra parte, en este desesperanzado final del año 2011 la Unión no atraviesa su mejor momento político. Arrastramos una crisis de confianza tras la gran ampliación al Este, mal digerida, y la fallida constitución europea, que puso de relieve la desconexión entre mandatarios (o mandarines) y ciudadanos. A sus sesenta años de edad, nuestra venerable Unión no está para grandes saltos adelante y le falta una visión atractiva y movilizadora con la que renovar su proyecto. En muchos Estados miembros, el discurso anti-Bruselas vende bien en las elecciones y no hay líderes capaces de combinar una defensa de intereses nacionales con una apuesta decidida por profundizar en la integración europea, con sentido histórico y pensando en el mundo en el que van a vivir las siguientes generaciones. Solo el grave riesgo de desaparición del euro ha hecho que Alemania haya tenido que liderar un conjunto de soluciones a corto plazo, a regañadientes y siempre subordinada a las presiones y miedos de su entorno doméstico, paradójicamente muy favorecido por su pertenencia al euro desde su creación y también durante la crisis.

Todavía es pronto para decir si la cumbre del pasado 9 de diciembre ha sido un salto cualitativo, capaz de diseñar una estructura del euro a medio plazo o si por el contrario nos encontramos ante un parche más para salir del paso y convencer al BCE de que siga rescatando a bancos y Estados, como si su factura no tuviese que pagarla alguien. La elección del método intergubernamental para dar luz a las nuevas reglas del euro no presagia nada bueno. Este nuevo acuerdo no será nada sencillo ratificar por 24 parlamentos y la mezcla de elementos intergubernamentales con la regulación existente del euro en un tratado en el que predomina la lógica supranacional (léase federal) es un verdadero reto jurídico. Pero la parálisis sería aún peor: la Unión Económica y Monetaria necesita más muros y tejados porque la tormenta arrecia. Y hay que completar esta arquitectura sin aspirar a una centralización masiva de poderes en torno a Bruselas. Sería un error pensar de manera acrítica y voluntarista que las urgencias permiten que el modelo estatal se puede transplantar al nivel europeo, cuando no existen las bases constitucionales para hacerlo.

¿Sobra el griego? Sobre un referendum que como vino, se fue

No es que queramos con el título de este post hacer un chiste fácil parafraseando el título de la película “Zorba el griego” aunque sí que hay algo de ella que puede traerse a colación, cuando Zorba (Papandreu) le dice al británico (UE): “”en la vida hay que ser medio loco para romper las cadenas y ser libre”. Para analizar la sucesión de eventos de los últimos días (primera vez en la historia que se convoca y desconvoca un referéndum en dos días), y no volvernos locos, conviene adoptar (al menos) tres enfoques:

a)    Jurídico y de legitimidad

 Lo que está demostrando esta crisis es que las reglas que contiene el Tratado de Lisboa no sirven para hacer frente a situación de crisis. Esto ha motivado, probablemente como efecto no buscado, el que para tomar decisiones difíciles y (relativamente) rápidas haya surgido un liderazgo, no legal pero necesario, encabezado por el tándem Merkel-Sarkozy; hasta el punto de que un conocido profesor de Derecho europeo, Joseph Weiler, sostiene que la UE ha encontrado el tan ansiado presidente de la UE: un tal Merkozy. Pero no nos engañemos, sin ese liderazgo (consentido por el resto) la UE hubiera entrado en barrena hace muchos meses y está por ver que no acabe entrando.

A pesar de ello existen algunos puntos del recorrido decisorio de los últimos años que resultan criticables: el oscurantismo y la falta de debate democrático en la toma de decisiones. Por ejemplo, pocos saben que el Tratado de Lisboa ya ha sido reformado por Decisión del Consejo Europeo de marzo de 2011, adoptada sobre el sistema “simplificado” de reforma de los Tratados previsto en el art. 48.6 del Tratado UE (versión Lisboa), que modifica el art. 136 del Tratado de Funcionamiento de la UE. Una modificación por cierto que en nuestro país se someterá al parecer simplemente a la autorización parlamentaria prevista en el art. 94 de la Constitución, pero que no requerirá la ley orgánica que prevé el art. 93. Es decir que se hará sin debate. Esto ocurre a nivel nacional, donde  (aquí y en la mayoría de los países) el parlamento está siendo ajeno a todo este proceso de negociación donde nos jugamos el futuro como sociedad (¿para qué está el parlamento entonces?), salvo si llega el caso de tomar alguna decisión dramática, es decir cuando ya no puede decir nada. Pero lo mismo está ocurriendo a nivel europeo donde la implicación del Parlamento Europeo es casi igual a cero (y el papel de la Comisión está siendo bastante secundario).

Esta baja implicación de los parlamentos nacionales y europeos es por cierto paralela al incremento de contestación social en algunos países (donde el nuestro puede ser el siguiente), ¿casualidad? De hecho, tal vez esta carencia de debate social y democrático pueda explicar aunque no justificar la convocatoria del referéndum griego. Pero aún así, explicarlo solo en parte. Veremos.

 b)    Político

¿Por qué se convoca un referéndum que no viene impuesto por la Constitución? Un observador algo ingenuo diría que un político solo convoca un referéndum al que no está obligado porque piensa ganarlo. Pero este juicio de valor se fundamenta en el apriorismo de que los políticos operan por criterios racionales y eso, cuanto más al sur nos encontremos, solo puede presumirse.

Los antecedentes de referéndums en las UE no invitan desde luego al optimismo. Todos recordamos cómo el Tratado de Constitución Europea embarrancó precisamente por resultados adversos en consultas populares. Es cierto que también la tradición marca que el país que pierde un referéndum puede conseguir ventajas para poder convocar un segundo referéndum y ganarlo (desde el protocolo danés esto es así) e incluso la sola amenaza de convocarlo puede servir para obtener privilegios (e.g. cheque británico). Pero ambos supuestos no son aplicables al caso griego: primero, porque no utilizó esa arma “ex ante” para obtener (todavía) más ventajas y segundo porque no hay tiempo para una segunda oportunidad. Entonces ¿por qué el órdago de Papandreu? La respuesta creo hay que buscarla en otro sitio

c)    Cultural, social y psicológico

Hace algunos años coincidí con cuatro funcionarios griegos en un seminario que se celebraba en una ciudad centroeuropea. Los cuatro eran muy simpáticos, pero tres firmaban por la mañana y no aparecían por el seminario hasta la cena. Entonces comentaban que los problemas de Grecia eran por pertenecer a la UE, que les estaban obligando a cambiar su cultura: un “estilo de vida” griego que, como en otros países mediterráneos (incluido el nuestro), se fundamenta en que creemos saber disfrutar de la vida mejor que el resto. Me recordaba el debate que hubo en España sobre si la entrada en las entonces Comunidades Europeas iba a acabar con la siesta  (¿y?) o si la culpa de la subida de los precios fue del euro (y no de los que subían los precios aprovechando la confusión). Sin embargo, los cuatro no hablaban de que fondos europeos (no aprovechados) estaban pagando su estancia en el seminario mientras tres se iban de compras o a hacer turismo. Paralelamente eran gente muy orgullosa, que se consideraban representantes de una cultura milenaria a la que Europa debía su ser, mientras daban datos falsos de su economía para entrar al euro. No, nos riamos, Grecia puede ser un espejo para España. El problema viene cuando caemos en el exceso y en pensar que tenemos derecho a vivir sin trabajar bien pero gastando a lo loco pues  siempre habrá alguien dispuesto a pagar la factura: los padres, el gobierno, el FMI, los europeos y si todo falla, pues a emitir más deuda: ojos que no ven (que lo tendrán que pagar nuestros nietos) corazón que no siente.

Lo cierto es que llevamos asistiendo a numerosas revueltas sociales contra medidas que el gobierno griego ha sido incapaz (todavía) de poner en práctica y contra una Europa que amenaza un particular estilo de vida. La Cumbre del Euro (por cierto otra institución que no existe en los Tratados) de 26 de octubre lo único que ha comprado es tiempo, pues si los griegos no aceptan que deben hacer las cosas de otra manera, en pocos meses su deuda volverá a escalar máximos y la quita no habrá servido de nada. De hecho, parte de las causas que subyacen en la convocatoria del referéndum pueden venir de esos “valores” que sustentan un modo de vivir “a la griega”.

En este contexto, Papandreu (en clave positiva) pudo caer en la tentación de buscar en una apuesta arriesgada un apoyo para poder acabar con las protestas sociales y el clima de orgullo nacional herido, como única fórmula  para poder poner en marcha finalmente las medidas que se le vienen reclamando. Ciertamente no actúa como líder valeroso pero ¿qué hacer frente a una sociedad (griega) que sigue dando la espalda a la realidad? Y es que las emociones son filtros que nos llevan a seleccionar las partes de la realidad que queremos ver: echar la culpa a otros (la UE o los mercados) y renunciar a una mínima autocrítica, supone instalarse en el síndrome del eterno adolescente.

Pero (en clave negativa) esta arriesgada maniobra podía acabar en una noche sangrienta como aquel Áyax de Sófocles quien masacró el ganado (los griegos) mientras creía herir a los Atridas (los europeos). Al final la amenaza de la UE ha conseguido al parecer -aunque todo cambia cada minuto- hacer recular al primer ministro griego. Pero ¿es que no había previsto la reacción de europeos y mercados? ¿O se trataba todo tal vez de una maniobra para ganar crédito en casa y poner contra las cuerdas a la oposición? De nuevo el referéndum como maniobra de distracción y chantaje, así de barato se vende la consulta al pueblo.

En todo caso: quién te ha visto y quién te ve: Grecia la cuna de Europa puede determinar su caída.

Derecho al respeto de la vida familiar y alienación parental.

En España, de conformidad con el art 10.2 de la Constitución, “la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos […], «resulta de aplicación inmediata en nuestro ordenamiento» (FJ8 de la STC 303/1993, de 25 de octubre).

Por otra parte, en sentido etimológico, alienación parental es hacer a alguien ajeno a su padre o a su madre, a sus parientes. En el ámbito de la Salud Mental, el Síndrome de Alienación Parental (SAP) fue descrito, por primera vez, hace un cuarto de siglo, por el psiquiatra forense norteamericano Richard Gardner, que lo define como “un desorden que surge principalmente en el contexto de las disputas por la guarda y custodia de los niños. Su primera manifestación es una campaña de difamación contra uno de los padres por parte del hijo, campaña que no tiene justificación. El fenómeno resulta de la combinación del sistemático adoctrinamiento (lavado de cerebro) de uno de los padres y de la propia contribución del hijo a la denigración del padre rechazado”. Más recientemente (American Journal of Family Therapy, 2010), el profesor de Psiquiatría infanto-juvenil, William Bernet, define el Trastorno de alienación parental como: “Un estado mental en el que un niño – cuyos padres están involucrados en un divorcio de alto conflicto, por lo general – se alía fuertemente con uno de los progenitores (el preferido) y rechaza la relación con el otro progenitor (el alienado) sin justificación legítima”. También el año pasado, Brasil, para evitar esta forma de abuso emocional a los niños del divorcio, promulgó su vigente “Ley de alienación parental” (Lei nº. 12.318, de 26 de agosto de 2010), que dice: “Considerase ato de alienação parental a interferência na formação psicológica da criança ou do adolescente promovida ou induzida por um dos genitores, pelos avós ou pelos que tenham a criança ou adolescente sob a sua autoridade, guarda ou vigilância para que repudie genitor ou que cause prejuízo ao estabelecimento ou à manutenção de vínculos com este”.

¿Qué dice el Tribunal Europeo de Derechos Humanos? En el Caso Mincheva contra Bulgaria, Sentencia de 2 septiembre 2010, dice en su apartado 99: “El Tribunal estima igualmente que al no obrar con la debida diligencia, las autoridades internas, con su comportamiento, favorecieron un proceso de alienación parental en detrimento de la demandante, vulnerándose así su derecho al respeto de la vida familiar, garantizado por el artículo 8”. Por tanto, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) establece inequívocamente el concepto jurídico “alienación parental” y declara que vulnera el derecho humano al respeto de la vida familiar del progenitor alienado, condenando al Estado cuyas autoridades lo permiten.

De esta forma, sin necesidad de apelar a la psiquiatría o a la psicología, es decir, sin necesidad de síndrome (SAP), desorden o trastorno, queda claro que hacer a un niño ajeno a su padre o a su madre vulnera el derecho humano del progenitor que establece el art. 8 del Convenio. Así lo entiende también nuestro Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, en Sentencia de 30-6-2009, FJ 5 párr. 4º: “Pero de estas sentencias se debe extraer la doctrina según la cual constituye una violación del derecho a la vida familiar reconocida en el Convenio, el impedir que los padres se relacionen con sus hijos”. Ya había dicho nuestro Tribunal Supremo respecto de un niño del divorcio que es “imposible pretender su aislamiento total y permanente respecto a su comunicación con el padre” (TS, Sala de lo Civil, sentencia núm. 115/1999 de 10 febrero FJ 4).

Por ello España ha sido recientemente condenada por el TEDH en el Caso Saleck Bardi contra España, Sentencia de 24 de mayo de 2011: “En los asuntos relativos a la vida familiar, la ruptura del contacto con un niño muy pequeño puede conducir a una alteración creciente de la relación con sus padres”, pese a que la declaración de la niña reveló su “negativa a volver con su madre y a mantener todo contacto con ella”. Las autoridades españolas permitieron hacer a esta niña ajena a su madre, vulnerando su derecho humano al respeto de la vida familiar.

Ahora viene la sorpresa sobre la actitud del órgano de gobierno de los jueces en España, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En las pags. 128-132 del documento del CGPJ “Guía de criterios de actuación judicial frente a la violencia de género” se instruye, contra el uso del SAP y de la “alienación parental”, a los Jueces y Magistrados. En la página 129 dice, por remisión: “Términos como alienación parental pueden ser usados para culpar a las mujeres…”. El problema es que se ha vulnerado de forma directa y flagrante el art. 12.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ): “Tampoco podrán los Jueces y Tribunales, órganos de gobierno de los mismos o el Consejo General del Poder Judicial dictar instrucciones, de carácter general o particular, dirigidas a sus inferiores, sobre la aplicación o interpretación del ordenamiento jurídico que lleven a cabo en el ejercicio de su función jurisdiccional”.

Por cierto que el síndrome de alienación parental (SAP) es usado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de forma reiterada. Sólo las dos últimas sentencias: Caso Bordeianu contra Moldavia, Sentencia de 11 de enero de 2011, párrafo 60 (“el cumplimiento de la sentencia en cuestión resultó ser un trámite muy delicado debido al síndrome de alienación parental que padece la niña”); y, Caso Piazzi contra Italia, Sentencia de 2 de noviembre de 2010, párrafo 59 (“los intentos de la madre de enfrentar al menor contra su padre podían desembocar en un síndrome de alienación parental”).

La pregunta que surge es inmediata: en un autoproclamado estado de Derecho ¿puede el órgano de gobierno de los jueces dictar instrucciones (en forma de guías de actuación) a los mismos para que vulneren, en masa, el derecho humano reconocido en el art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos?

 

Artículo de nuestro editor Rodrigo Tena en El Mundo “Imparable agonía europea”

 

Se ha discutido mucho cuáles fueron las ventajas comparativas que permitieron a Europa alcanzar un predominio mundial casi absoluto a partir del siglo XVI y mantenerlo hasta mediados del XX. Durante un tiempo, China pareció contar con más opciones, pero éstas se malograron casi enseguida.

Hoy casi todos los especialistas apuntan a que la clave fue la dispersión del poder territorial. La existencia de pequeños territorios enfrentados entre sí contribuyó a garantizar, paradójicamente, altas dosis de seguridad y libertad a los ciudadanos europeos, fomentando así la innovación. Ningún poder público ostentó nunca un control completo sobre el continente, lo que evitó errores irreparables, como el cometido por la autoridad imperial china durante la dinastía Ming al frenar las exploraciones marítimas. Colón visitó muchas cortes europeas antes de encontrar una que le patrocinase, pero al final tuvo éxito. Del mismo modo, por muy absoluto que fuese un monarca europeo estaba obligado a autocontrolarse, si no quería que las mejores cabezas y los capitales le abandonasen para correr a ocultarse bajo la protección del vecino. La concurrencia de jurisdicciones -civil y eclesiástica- contribuyó asimismo a frenar los abusos, al limitarse mutuamente. Conclusión: la dispersión del poder garantizó en Europa, por comparación, un alto nivel de seguridad jurídica, clave para cualquier desarrollo digno de este nombre.

Hoy las cosas han cambiado mucho, pero los europeos nos resistimos a enterarnos, invocando nuestras tradiciones nacionales. Esas que en su día nos aseguraron la preeminencia mundial, pero que ahora están a punto de garantizar nuestra insignificancia. Y es lógico, pues no resulta fácil asimilar que las virtudes que se vinculan casi inconscientemente con el éxito nacional a la hora de ingresar en el club de los ricos, puedan convertirse en defectos tan pronto como el cambio de las circunstancias obliga a considerarlos bajo una nueva luz.

Esto es, sin duda, lo que ha ocurrido en el último medio siglo. La libertad y la seguridad ya no se garantizan dentro del continente votando con los pies. No sólo toda Europa, sino también una parte sustancial del mundo moderno es un mundo democrático, o en vías de serlo, que respeta la libertad de creación y de apropiación del producto del propio trabajo. Así ocurre incluso en países no democráticos, como China, donde si bien no se respeta la opinión de la gente, sí al menos su capital, tras abandonar apenas hace unos años la tradicional política confiscatoria característica de los despotismos orientales, de un signo u otro.

La ventaja relativa europea ha desaparecido, y su lugar lo ha ocupado un inconveniente relativo: la inseguridad jurídica derivada de compromisos políticos poco claros entre poderes soberanos, de la dificultad de delimitar competencias y de la general incapacidad de ejecución de unos y otras. El riesgo de despotismo político en Europa sigue siendo bajo, pero la inseguridad añadida que ofrece esa garantía impide un funcionamiento eficiente del sistema, al menos a la altura de lo que los tiempos demandan en un mundo globalizado.

La grave crisis de deuda soberana que padecemos no obedece sólo a cuestiones económicas, sino que también es un problema de inseguridad jurídica. En EEUU, con una deuda todavía mayor, una reglas federales claras determinan los compromisos del poder federal con los distintos estados y de estos con aquél. En Europa, por el contrario, no se conocen con exactitud las reglas del juego aplicables, ni si los intereses particulares de los distintos polos de soberanía se impondrán o no sobre las consideraciones generales que presiden el sistema común. Un sistema que se ofreció al mundo de una manera un tanto hueca, sin haber soldado bien antes los cimientos, también jurídicos, sobre los que descansaba.

Por todo ello la desventaja española es todavía mayor. Hemos replicado a escala interna, y en apenas unos años, un proceso histórico de construcción nacional acaecido en Europa en el medievo y que a estas alturas hace agua por todos lados. Las cuestiones históricas y sentimentales son importantes, sin duda, pero ya es hora de asumir que los privilegios que ha gozado este continente se acaban a marchas forzadas, y que sólo una decidida voluntad por nuestra parte será capaz de revertir inercias que, dejadas a su albur, nos conducirán a un lugar en el nuevo mundo todavía más irrelevante del que ya merecemos.