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La estructura y el funcionamiento de las instituciones deben ser democráticos excepto en el Ministerio Fiscal

En relación con lo sucedido el pasado jueves 29 de febrero de 2024, cuando se conoció el Auto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, aprobado por unanimidad, que no sigue el criterio mantenido por la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo (quien sustituye en los casos previstos legalmente al Fiscal General del Estado) y que se ha separado del criterio mayoritario de la Junta de Fiscales del Tribunal Supremo (once a cuatro) conviene meditar en cómo deben fijarse los criterios del Ministerio Público. Es conveniente recordar que la propia Constitución española (CE), en su artículo 124.2 señala: «El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad». Copiando a la propia constitución se repite la fórmula en el artículo 2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF).

En este sentido resulta conveniente señalar que el principio de unidad de actuación debe entenderse vinculado, servilmente, al de seguridad jurídica que garantiza el artículo 9.3 de la CE. Es decir, que al ciudadano se le ha de garantizar que la ley va a ser interpretada y aplicada, por los integrantes del Ministerio Fiscal, de la misma forma y en todo el territorio nacional. Para alcanzar esta unidad de actuación el Ministerio Público cuenta con herramientas muy útiles como son las Circulares, las Instrucciones y las Consultas emanada de la propia FGE elaboradas por la Secretaría Técnica y sometidas al dictamen de la Junta de Fiscales de Sala. La calidad técnica de estos instrumentos son sobradamente conocida. Pero no sólo se consigue la unidad de actuación mediante la utilización de estos documentos (de obligado cumplimiento por todos los integrantes de la Carrera Fiscal) sino que el artículo 24 del EOMF señala a los acuerdos adoptados en Juntas de Fiscales como otro instrumento para conseguir la unidad de actuación del Ministerio Fiscal. Este artículo, en su apartado 1 dice: «Para mantener la unidad de criterios, estudiar los asuntos de especial trascendencia o complejidad o fijar posiciones respecto a temas relativos a su función, cada Fiscalía celebrará periódicamente juntas de todos sus componentes. A las Juntas de las Fiscalías especiales podrán ser convocados sus Fiscales Delegados. Los acuerdos de la mayoría tendrán carácter de informe, prevaleciendo después del libre debate el criterio del Fiscal Jefe. Sin embargo, si esta opinión fuese contraria a la manifestada por la mayoría de los asistentes, deberá someter ambas a su superior jerárquico. Hasta que se produzca el acuerdo del superior jerárquico, de requerirlo el tema debatido, el criterio del Fiscal Jefe gozará de ejecutividad en los extremos estrictamente necesario».

El inciso segundo de este artículo es el que merece una reflexión pausada. Estamos en el ámbito de conseguir la unidad de actuación del Ministerio Fiscal y, en esa función, el EOMF de 1981 se decanta por otorgar prevalencia a la posición del Fiscal Jefe frente al criterio manifestado por la mayoría de integrantes de la Junta de Fiscales, cuyo valor lo relega a mero informe. Si mantenemos que el criterio de unidad de actuación está al servicio de la seguridad jurídica (artículo 9.3 CE) cabría preguntarse qué garantía tiene el ciudadano de que el criterio de una sola persona, fiscal jefe, sea más acertado – jurídicamente – que el mantenido por la mayoría de integrantes de esa Junta de Fiscales. 

Esto es lo que ha pasado con la exposición razonada que el Juez de Instrucción de la Audiencia Nacional ha elevado a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en el conocido como caso Tsunami democrático y la presunta implicación del Sr. Puigdemont. Después de recibirla, la Sala la ha remitido para informe al Ministerio Fiscal. Se ha convocado y reunido la Junta de Fiscales del Tribunal Supremo, han votado y el resultado ha sido de 11 a 4 entendiendo que, de la exposición razonada, se desprendían elementos suficientes para considerar los hechos encuadrables en delito de terrorismo así como para considerar que hay indicios de participación de la persona aforada. No obstante como uno de los dos Jefes de la Sección del Tribunal Supremo discrepaba del criterio mayoritario, haciendo uso del inciso segundo del artículo 24.1 EOMF, ya citado, el dictamen que el Ministerio Fiscal debe remitir a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, se ha trasladado al superior jerárquico del Fiscal de Sala Jefe de la Sección Penal. Tal responsabilidad, como todo el mundo conoce, ha recaído en la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo que, a mi juicio, no es el superior jerárquico del Fiscal de Sala Jefe de la Sección Penal del Tribunal Supremo. En efecto, el artículo 17 del EOMF señala las funciones del Teniente Fiscal del Tribunal Supremo y entre ellas no está la de ostentar la Jefatura de los Fiscales de Sala Jefes de las distintas secciones del Tribunal Supremo. Sólo en el caso de delegación del FGE podríamos entender que la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo ha actuado como superior jerárquico del Fiscal de Sala Jefe del Tribunal Supremo discrepante con el criterio de la mayoría de la Junta de Fiscales. Dicho de otro modo, en este caso, la discrepancia del Jefe con el criterio mayoritario de la Junta de Fiscales sólo lo podría haber resuelto el FGE como Jefe último de toda la institución, como señala el artículo 22 del EOMF.

Por tanto, con ocasión de lo que ha pasado, habiéndose constatado que el criterio de la Junta de Fiscales del Tribunal Supremo era el correcto, habiendo sido revalidado por el Auto de 29 de febrero de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (reitero que por unanimidad) parece conveniente revisar el mencionado artículo 24 del EOMF a la luz de la propia jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la regulación establecida para los órganos colegiados en la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público. La sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 14 de noviembre de 2018 señala, entre otras cuestiones: «El carácter democrático de la Constitución requiere no sólo una organización constituida a partir del principio democrático como legitimador originario en la emanación de la Norma Fundamental, sino también la propia ordenación del Estado constitucional desde el principio democrático, de tal suerte que quede garantizada la libertad del soberano y sea efectivo el control del poder (…). El sometimiento de todos a la Constitución es «otra forma de sumisión a la voluntad popular, expresada esta vez como poder constituyente» [SSTC 108/1986, de 29 de julio, FJ 18, y 238/2012, de 13 de diciembre, FJ 6 b)]. En el Estado constitucional, el principio democrático no puede desvincularse de la primacía incondicional de la Constitución, que, como afirmó este Tribunal en la STC 42/2014, FJ 4 c), «requiere que toda decisión del poder quede, sin excepción, sujeta a la Constitución, sin que existan, para el poder público, espacios libres de la Constitución o ámbitos de inmunidad frente a ella» [STC 259/2015, FJ 4 b)». 

La propia Constitución señala en los artículos 6, 36 y 52 que los partidos políticos, los Colegios Profesionales y los Organismos Profesionales, respectivamente, en cuanto a su estructura y funcionamiento deberán ser democráticos. El artículo 1 de la Constitución señala que «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho». No parece que quepa ninguna duda que el principio de actuación democrático es un principio constitucional que es ineludible y que, por tanto, debe obligar a una revisión del funcionamiento del Ministerio Fiscal para que éste no quede fuera de lo imperativamente establecido por nuestra Carta Magna. 

Es más, la regulación de la formación de la voluntad de los órganos colegiado en el ámbito de la Administración y de los poderes públicos, viene recogido en los artículos 15 a 24 de la señalada Ley 40/2025 de 1 de octubre y, de forma expresa, en el artículo 17.5 señala que los acuerdos se adoptaran por mayoría, sin paliativos y sin que pueda prevalecer el criterio del Presidente del órgano.

Conviene señalar que, la seguridad jurídica, en el ámbito judicial, se consigue a través de los recursos, teniendo como función el Tribunal Supremo unificar la doctrina imponiéndose su criterio al de los órganos inferiores. Pues bien, en el ámbito penal, la Sala Segunda dicta Acuerdos no jurisdiccionales que, posteriormente, son recogidos por sentencias de esa Sala. Dichos acuerdos se adoptan por mayoría, sin que su Presidente pueda imponer su criterio al mayoritario del órgano. Las sentencia, en los órganos colegiados, se dictan por mayoría de sus miembros, facultando a la minoría la posibilidad de emitir voto particular. En los órganos jurisdiccionales con miembros pares (Tribunal Constitucional), caso de producirse empate, el Presidente tiene voto de calidad para deshacer el resultado. 

La estructura jerárquica del Ministerio Fiscal no es óbice para avanzar logrando un funcionamiento democrático de los órganos colegiados del Ministerio Público, encuadrándolo dentro del marco constitucional y, además, homologándolo al funcionamiento de los órganos colegiados del ámbito del sector público. Lo contrario, el mantenimiento del ordeno y mando, se ha revelado como método que no garantiza el acierto jurídico de la decisión adoptada por el Ministerio Fiscal. Al contrario, esta forma de actuar nos ha llevado a un dictamen no seguido por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que lo ha rechazado por unanimidad.

El Fiscal General del Estado: Rey Sol

La configuración del FGE en el EOMF artículo 22 y concordantes lo sitúa a la cúspide del Ministerio Fiscal, al que representa en todo el territorio nacional y dirige, pudiendo dar órdenes generales y concretas en todo tipo de asuntos y a cualquier Fiscal. Lo importante de esta función y su relevancia ha dado lugar a que el FGE sea, me atrevo a decir, el órgano mejor asesorado que existe en nuestra organización de cargos públicos. En efecto, el FGE cuenta con el asesoramiento interno, con la Secretaría Técnica, que la configura él mismo con la elección de los fiscales que considera más adecuados. Su función esencial es preparar las Circulares y Consultas de la Fiscalía General del Estado, así como, los estudios que le solicite el FGE. Cuenta, además, con la Unidad de Apoyo, dentro de la FGE y, en materia orgánica, con la Inspección Fiscal. 

Además, en la Fiscalía, se constituyen dos órganos colegiados para asesorar al FGE: el Consejo Fiscal (lo preside el FGE, lo componen, además, el/la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo; el/la Fiscal Jefe de la Inspección y 9 Fiscales elegidos por sufragio directo por todos los Fiscales en activo), y la Junta de Fiscales de Sala, que igualmente es presidida por el FGE y la componen todos los Fiscales de Sala. 

Pues bien, a pesar de todo este asesoramiento, el FGE no tiene contrapeso alguno, contraviniendo el diseño democrático de las instituciones del Estado Social y Democrático de Derecho, como se señala en la sentencia, antes citada, del Pleno del TC, «[e]l carácter democrático de la Constitución requiere no sólo una organización constituida a partir del principio democrático como legitimador originario en la emanación de la Norma Fundamental, sino también la propia ordenación del Estado constitucional desde el principio democrático, de tal suerte que quede garantizada la libertad del soberano y sea efectivo el control del poder». 

Es decir, lo preceptivo, para el FGE, es someter a deliberación e incluso a votación, las materias que son competencia del Consejo Fiscal o de la Junta de Fiscales pero, una vez cumplido el trámite, lo decido por la mayoría no pasa de tener mero carácter de informe pudiendo, el FGE, adoptar la decisión que considere oportuna (pudiendo apartarse del criterio mayoritario). Por tanto, este comportamiento del FGE arrastra a toda la institución a niveles de extraordinaria excelencia jurídica o, como ha pasado en el caso resuelto por el Auto del Tribunal Supremo de 29 de febrero, lo degrada a un nivel, hasta ahora, no visto, al haber sido desautorizado, por unanimidad, por la Sala Segunda. Desde mi punto de vista, la ausencia de control o contrapeso en la Magistratura del FGE no se adecúa a la Constitución. El principio de dependencia jerárquica no es obstáculo para que la formación del criterio que debe mantener el Ministerio Fiscal, como institución, se realice con aplicación del principio democrático, con sometimiento, cuando se convoca y se oye a los órganos colegiados, al criterio de la mayoría. En el caso que ha provocado este artículo se ha acreditado, de forma palmaria, que el criterio jurídico acertado era el de la mayoría que votó en la Junta de Fiscales del Tribunal Supremo. Precisamente porque esta actuación del FGE no será la única que puede producirse en casos relevante, sobre todo cuando esté interesado de forma expresa o presunta el Gobierno, es necesaria una reflexión sobre el proceso para conseguir la unidad de actuación del Ministerio Fiscal que, como principio, debe seguir el criterio de la mayoría, el criterio democrático.

EDITORIAL: Cinco razones por las que nos oponemos a la amnistía al ‘procés’

PRIMERA.- Porque, lejos del propósito de reconciliación con el que se trata de justificar esta ley de amnistía, la misma resulta profundamente divisiva, habiendo dado lugar a «una profunda y virulenta división en la clase política, en las instituciones, en el poder judicial, en la academia y en la sociedad española», como ha destacado la Comisión de Venecia. A este respecto, debe subrayarse que un presupuesto que debería respetar toda amnistía para resultar legítima, en tanto que se trata de una decisión con valor cuasi-constitucional, es que sea adoptada por un parlamento con mayorías cualificadas muy amplias, como también ha indicado la Comisión de Venecia. Sin embargo, esta ley va a ser aprobada en España con una exigua mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, con el voto en contra del Senado y con la oposición de al menos 11 presidentes autonómicos, así como del principal partido de la oposición.

SEGUNDA.- Porque se ha adoptado sin una base constitucional expresa, desconociendo que el constituyente en 1978 rechazó una enmienda que proponía reconocer a las Cortes Generales la facultad de aprobar amnistías. Por ello, consideramos que, para aprobar una amnistía, habría sido conveniente seguir la recomendación de la Comisión de Venecia que ha propuesto reformar la Constitución española para darle adecuado fundamento constitucional a una medida de tal importancia.

TERCERA.- Porque la amnistía que se pretende aprobar resulta arbitraria, afectando gravemente al principio de igual sujeción de todos a la ley, al haber sido redactada al dictado de quienes promovieron una de las rupturas más graves de la convivencia democrática en nuestro país, sin que, además, se hayan previsto fórmulas de justicia restaurativa para la compensación, como ha propuesto la Comisión de Venecia. De hecho, esta amnistía puede ser catalogada como una forma de autoamnistía, por dos razones. En primer lugar, porque los votos de sus beneficiarios han sido imprescindibles para su aprobación. Además, porque la razón última por la que el PSOE se ha prestado a su concesión ha sido para conseguir los votos para su investidura. De forma que, si se consideran contrarias a los principios del Estado democrático de Derecho aquellas autoamnistías en las que quien ostenta el poder político pretende blindarse garantizándose su inmunidad jurídica, debemos reputar que igual censura merece cuando quien está en el Gobierno garantiza la impunidad de sus socios a cambio del apoyo parlamentario.

CUARTA.- Porque, tal y como se está desarrollando la tramitación de la ley de amnistía y a la vista de los acuerdos de investidura, esta amnistía pretende menoscabar la autoridad de los jueces y tribunales. Así ocurre, por un lado, cuando se han ido introduciendo enmiendas a la ley para dificultar el control judicial de la misma, con el objeto de evitar que se puedan plantear recursos eficaces para cuestionar su validez a nivel interno y europeo. Y, por otro lado, se ha atacado directamente la independencia judicial, especialmente con la propuesta de comisiones de investigación dirigidas a cuestionar políticamente las actuaciones judiciales.

QUINTA.- Porque se está siguiendo un procedimiento para su tramitación por vía de urgencia, iniciado como proposición de ley eludiendo así importantes informes de órganos consultivos, sin consulta pública y sin respetar, por tanto, todas aquellas exigencias procedimentales que, de acuerdo con la Comisión de Venecia, resultan imprescindibles en un Estado democrático para que una medida de esta naturaleza pudiera satisfacer la finalidad de lograr una reconciliación social y política.

España repite puntuación en el informe sobre la democracia de ‘The Economist’

Recientemente se ha hecho público el Democracy Index 2023 que ofrece una imagen sobre el estado de la democracia en 165 países. Se trata de un estudio que realiza anualmente el medio británico The Economist y que se ha consolidado como uno de los indicadores sobre calidad democrática de mayor prestigio.

Este año España repite la puntuación obtenida el año anterior (8,08 sobre 10), situándose en el puesto nº 24 dentro de la categoría de democracias plenas. En 2022, España recuperó dicha categoría (que había perdido en 2021) gracias a la finalización de medidas que habían vulnerado las libertades de los ciudadanos en 2020-21. Este año España ocupa el último puesto dentro de la categoría de democracias plenas, compartiendo puntuación con Francia. Es importante tener en cuenta que las oscilaciones se producen también en vista del comportamiento de otros países, y en ese sentido ocupar el último puesto dentro de las democracias plenas puede suponer que fácilmente oscilaciones internas, o de otros países, supongan la bajada (o subida) de España en próximas ediciones.

El índice categoriza a los 165 países en democracias plenas, democracias defectuosas, regímenes híbridos, y regímenes autoritarios. Los resultados globales apuntan a un contexto en el que aún se notan lo coletazos del covid-19 que, como menciona el informe, provocó un retroceso de las libertades en todo el mundo. Este “malestar democrático” es observable en tanto en cuanto solo una minoría de países han conseguido mejorar la puntuación respecto al año anterior, habiendo obtenido la misma puntuación 67 países, y habiendo registrado un descenso 68.

En términos regionales, Europa occidental es la única región que mejora ligeramente (tan solo un 0,01) recuperando la puntuación prepandemia. Sin embargo, como recoge el informe, sigue presentando peores resultados (8,37 de media) que la puntuación máxima alcanzada en 2008 (8,61). El informe denota una falta de satisfacción en la población con políticos e instituciones que hace sugerir que contar con instituciones democráticas formales no es suficiente para mantener el apoyo público. Añade que las instituciones democráticas y los partidos políticos se han vuelto insensibles y poco representativos, incluso en las democracias con mejores resultados.

Sin que pueda suscitar sorpresas este índice es encabezado por los países nórdicos, que obtienen altas puntuaciones en las categorías de proceso electoral, pluralismo, cultura política y participación política. Noruega repite el primer puesto y Nueva Zelanda consigue el segundo puesto, en este top 10 con carácter nórdico en el que Islandia, Suecia, Finlandia y Dinamarca obtienen los siguientes puestos.

España salva la papeleta al mantenerse dentro de las democracias plenas, siendo que países de nuestro entorno como Estonia, Portugal, Italia o Bélgica son considerados por este informe como democracias defectuosas por peores puntuaciones en participación y cultura política, funcionamiento del gobierno y libertades civiles. Algunos especialistas miran este informe con cautela al ser opaco en el análisis país por país que lleva a la puntuación final. En todo caso, será importante analizar la situación en vista de los próximos resultados, con la situación covid-19 más lejana e incluyendo acontecimientos recientes que no se han podido tener en cuenta por el marco temporal del informe.

Sobre si la enfermedad parlamentaria es crónica o terminal

Si este blog ha decidido publicar una serie de entradas bajo el título “El Parlamento en el foco” dedicadas a analizar el mal funcionamiento de la institución (abuso del Decreto-Ley, de las mociones de censura, del procedimiento legislativo, banalización del control al Gobierno, desnaturalización de las comisiones de investigación, mala técnica normativa, etc.) es porque cabe presumir que nos encontramos ante síntomas persistentes reveladores de una enfermedad de fondo. Enfermedad que no puede ser pasajera o transitoria, porque la padecemos desde hace demasiado tiempo (y no somos los únicos). La cuestión, entonces, es ver si se trata de una dolencia crónica –por lo que con ciertas adaptaciones y mejores hábitos de vida podríamos seguir tirando, mal que bien- o hemos llegado ya a un punto irreversible cuyo desenlace solo puede ser la muerte del paciente, a medio o corto plazo.

Los Parlamentos han disfrutado de una mala salud de hierro desde hace aproximadamente un siglo. El primero que detectó la enfermedad, entonces incipiente, fue Carl Schmitt. Pero para comprender de manera adecuada su gestación es necesario remontarse a los principios básicos sobre los que está construida la democracia representativa. La idea fundamental es que los diputados no representan intereses individuales (como ocurría con el sistema estamental del mandato imperativo) sino el interés supremo de la nación, que es algo más, pues aúna la voluntad de las generaciones pasadas y el interés de las generaciones venideras, de los muertos, de los vivos y de los no nacidos: una voluntad y un interés permanentes. La forma ante la que se articula ese interés superior es, al menos teóricamente, a través de la deliberación y del debate, de ahí que se hable de democracia deliberativa. Solo por la trascendencia de la discusión puede justificarse la existencia de un órgano colegiado en el que los representantes son independientes de los representados, pues en otro caso tal cosa perdería gran parte de su sentido. Es esa independencia la que permite persuadir y ser persuadido, a través de un cruce de argumentos y de opiniones que faciliten determinar con mayor acierto dónde reside el interés general de la nación.

En cuanto en qué consiste concretamente ese interés existía una diferencia entre una minoría de liberales “doctrinarios” que consideraban que a través del debate era posible alcanzar una verdad compartida, y una mayoría de liberales individualistas que lo entendían más como una negociación para transar intereses individuales opuestos, sujeta a la decisión final de la mayoría de turno. Pero, en cualquier caso, no existía una diferencia práctica sustancial entre unos y otros porque el sistema estaba montado sobre una pequeña trampa: el sistema censitario limitado. Solo votaban los propietarios, es decir, la clase burguesa, que se consideraba la única competente para interpretar adecuadamente el interés de la nación, lo que, dada esa comunidad de intereses, facilitaba el debate y/o la negociación en sede parlamentaria.

Pero cuando, como consecuencia de la evolución social y económica de la sociedad capitalista, se  amplía la base democrática y se llega al sufragio universal y a la democracia de masas, surge entonces un conjunto de partidos políticos que se alinean perfectamente con los intereses de clase. El político profesional comprende ahora que más que a los intereses generales de la nación, ante quién debe responder de manera inmediata es a los intereses de su clase de electores, y si no lo comprende bien (quizás porque todavía pueda pensar que existe algo así como el bien común), ahí está el partido político para recordárselo por si fuera necesario. El mandato sigue siendo representativo, pero por vías informales los partidos se las apañan con bastante éxito para fortalecer la vinculación con sus electores particulares característica del mandato imperativo imponiendo disciplina interna a sus diputados (listas electorales cerradas bajo control del partido, multas en caso de desobediencia, pactos antitransfuguistas, etc.).

El debate, entendido como medio idóneo para determinar la verdad o el interés general de la nación, es definitivamente abandonada por unos y por otros. Tanto desde la perspectiva liberal como socialista, lo que existen son intereses, en plural, y la responsabilidad de unos y de otros es sacar adelante los propios por la vía más expeditiva posible, normalmente por la de la mayoría, si es aritméticamente factible, desplazando sin contemplaciones a las opciones competidoras. Solo si no hay más remedio procederá transigir sobre ellos, como ocurre en cualquier negociación. Pero esa transacción se hará por los jefes de partido de manera reservada y al margen del Parlamento, que queda limitado a una mera función de ratificación de lo acordado. Los diputados no pueden cambiar de opinión como consecuencia del debate parlamentario, que queda relegado a un mero expediente formal, de tipo casi publicitario para difundir la línea del partido entre los propios, sin ninguna pretensión de persuadir a los representantes de otros partidos. La decisión de la mayoría no se entiende como un mero recurso práctico para poner término a la discusión cuando se ha contemplado el asunto desde todas las perspectivas y se ha dicho todo, sino, conforme al principio del consentimiento, como la legítima voluntad del Estado (auctoritas, non veritas facit legem).

Este es precisamente el meollo de la crítica que realiza Carl Schmitt al parlamentarismo de su época[1]: carece de sentido un parlamentarismo basado en el mandato representativo, pero donde no hay debate dada la incompatibilidad de intereses particulares, lo que aboca a la dictadura de la mayoría de turno, que solo se va a preocupar de sacar adelante los propios. Para eso es mejor un líder fuerte que sepa captar y representar el interés general de la nación. El que la alternativa que proponía terminase resultando mucho peor no desmerece la agudeza de la crítica.

El problema es que, con el advenimiento de la última fase de la representación política, en la que ahora nos encontramos, la cosa se agrava todavía más. Por el propio desarrollo del sistema capitalista y su posterior globalización, ese alineamiento de intereses entre electores y representantes, aunque fuese mediado a través del partido, empieza a resquebrajarse. El binomio trabajadores/burgueses, que tan cómodo había resultado a los partidos en un momento histórico, se transforma en una creciente constelación que incorpora incesantemente nuevas categorías: trabajadores urbanos/rurales, indefinidos/temporales/parados, nacionales/inmigrantes, hombres/mujeres, funcionarios/autónomos, activos/jubilados, jóvenes/mayores, propietarios/alquilados, etc. La consecuencia es una grave desorientación en el seno de los partidos. Amenazados en sus cuotas de poder y en la propia subsistencia de su actividad profesional, los políticos necesitan urgentemente algo que recupere un poco del orden perdido, que permita identificar con mayor claridad a los representados, pero ahora en beneficio exclusivo de los representantes, que se juegan en eso el ser o no ser, su propia existencia de “representantes” profesionales. El paradigma de la representación de intereses se mantiene, pero donde no los hay claros y definidos es necesario incentivarlos o incluso crearlos, aunque sea artificialmente. Y eso lo proporciona la política de la identidad y el populismo.

La demanda en política casi nunca ha sido exógena, sino que depende en gran medida de las acciones de los políticos, pero en esta última fase del capitalismo dicha circunstancia es todavía más acusada. Ya no estamos en el antiguo paradigma de ciudadanos en busca de representantes, sino de representantes en busca de representados. De ahí que los políticos necesitan elegir una serie de cuestiones o posicionamientos que singularicen la política de cada partido y lo diferencien así de los demás en el mercado electoral, ya sea en relación al nacionalismo en cualquiera de sus variedades (autorregulación, secesionismo, centralismo, aislacionismo, etc.), o a las llamadas guerras culturales (política de género, aborto, revisionismo histórico, libertad religiosa, etc.) o a cualquier tema social especialmente sensible (inmigración, vivienda).

La selección y agrandamiento de fracturas en el electorado deviene la tarea prioritaria. Una vez seleccionado el correspondiente menú, se insiste machaconamente en él para manifestar su relevancia y preminencia frente a cualquier otra cuestión respecto a la cual la política del partido sea menos nítida o necesariamente más compleja, radicalizando además las posturas para que no sean posibles componendas de ningún tipo que enturbien la necesaria delimitación entre “nosotros” y “ellos”. De esta manera, se fideliza al votante, evitando desafecciones y minimizando la rendición de cuentas por las gestiones ineficientes, pero se complica todavía más la posibilidad de desarrollar cualquier proceso de discusión que permita persuadir o ser persuadido. Más bien se huye de ello, porque un cambio de política en este tipo de cuestiones no haría otra cosa que desorientar al electorado, por mucho que pudiera estar justificado desde el punto de vista de los intereses generales. De lo que se trata es de construir una mayoría para sacar adelante los “mensajes” oportunos, más que las normas (aunque se disfracen bajo su forma) cuyo impacto real en la sociedad pasa a ser secundario. Es lo que hemos denominado en este blog “legislar para la foto”. No es extraño que ni su corrección técnica ni el procedimiento necesario para sacarlas adelante tengan especial interés. Tampoco, lógicamente, si han resultado útiles para lograr la finalidad formalmente pretendida (porque, en el fondo, esa no era la real).

La cuestión principal, como anunciábamos al principio de este post, es si esta enfermedad es mínimamente reconducible, o hemos llegado ya a un punto en que el advenimiento del líder fuerte -aunque en esta ocasión no sea bajo la forma del fascismo, sino sobre la más light de la llamada democracia iliberal- constituye la evolución inevitable del sistema (como consecuencia de inevitable proceso de desconfianza, desafección, hartazgo, y frustración acumulada, detectable desde hace tiempo en muchos países). Es una cuestión que merece mucho más espacio del que ahora tengo a mi disposición, pero sí me gustaría adelantar algunas ideas.

La principal es que debemos ser tener en todo momento presente las razones por las que el parlamento funciona mal. No se debe a que los diputados sean menos competentes o peores personas que el ciudadano medio. Tampoco a su diseño. No es un simple problema de que el Reglamento del Congreso esté desfasado. Es un problema derivado de los incentivos profesionales de los políticos en un determinado marco social y económico. Pero sentado esto, lo que verdaderamente importa es ser conscientes de que nosotros somos sus incentivos profesionales. Es verdad que la demanda en política no es exógena, pero quizás no deberíamos ser presas tan fáciles. Los estudios nos dicen que la sociedad está mucho menos polarizada que la política (aquí), aunque esa polarización ha ido creciendo con el tiempo, lo que casa perfectamente con la explicación que venimos ofreciendo. Por eso, lo que debemos hacer es ofrecer un poquito más de resistencia. Es verdad que casi todos los partidos incurren en vicios parecidos, pero hay diferencias (de hecho, los hay que querían presentar directamente en sus listas a condenados por asesinato). Pero me interesan más ahora las diferencias entre los políticos de los mismos partidos. Lo que resulta peligrosísimo es que prefiramos votar masivamente a los más vocingleros, divisivos y cañeros (o cañeras) frente a los más serenos y aburridos. Nos pone, sin duda, pero por esa vía la enfermedad es terminal.

Además, y esta es otra idea a tener muy en cuenta, aunque es verdad que los incentivos de los políticos tienden a fomentar la polarización, no ocurre lo mismo con los de los ciudadanos. Nuestra lealtad incondicional al partido de turno está mucho menos justificada que en la época clásica de la democracia de masas, cuando los intereses sociales estaban bastante más marcados, “y no había nadie más tonto que un trabajador que votase a la derecha”. No niego que en la actualidad existan graves conflictos de intereses, por supuesto, pero en muchas ocasiones esos conflictos los vivimos en persona y son mucho menos proclives a la dialéctica amigo-enemigo. Los jubilados quieren mantener el poder adquisitivo de sus pensiones, sin duda, y los propietarios una fiscalidad baja, pero también son los abuelos de los jóvenes en paro o sin posibilidad de acceder a una vivienda perjudicados por esas políticas. Esta circunstancia permitiría, al menos en teoría, generar auténticos debates de políticas públicas -y no solo meras negociaciones- en busca de las soluciones que más se aproximen al interés general.

Por último, no basta solo con resistirse a la hora de votar. Debemos seguir denunciando las ineficiencias del sistema. Especialmente, debemos seguir defendiendo los principios básicos sobre los que está construido el parlamentarismo: la representación de los intereses generales, el debate como medio para alcanzarlos, el escrupulosos respeto al procedimiento y a los derechos de la minoría para que ese debate sea posible, la fiscalización del impacto de las normas para comprobar quién tenía razón, etc. Sobre todo eso llevamos mucho tiempo trabajando en nuestra Fundación. Hay que seguir insistiendo y machacando sobre los principios, porque cuando no haya nadie que lo haga, quizás porque reconozcamos que ya no tienen importancia para nadie, entonces es cuando habremos transitado definitivamente a otra vida, seguramente peor.

 

[1] C. Schmitt, Los fundamentos histórico-espirituales del parlamentarismo en su situación actual, 1926. Hay edición española, Tecnos, 2008, pp. 151 y ss.

La extrema derecha que viene y el Estado democrático de Derecho

Aunque en España todavía cueste verlo, el verdadero debate ideológico que se libra hoy en las sociedades avanzadas no es entre derecha e izquierda, sino entre liberalismo e iliberalismo. Es decir, hoy no se plantea un debate ideológico digno de ese nombre entre conservadores y liberales, por un lado, y socialistas y comunistas, por otro. El verdadero debate se suscita entre los que siguen confiando en la democracia liberal, resultante del pacto entre democratacristianos y socialdemócratas tras la Segunda Guerra Mundial, y los que piensan que el actual sistema político-económico es incapaz de atender de manera satisfactoria los problemas de la actualidad.

Para comprenderlo adecuadamente, nada mejor que fijarnos en la cosmovisión ideológica de la extrema derecha europea, aun reconociendo que no es absolutamente homogénea. Pero lo que sí parece claro es que todas sus manifestaciones nacionales comparten rasgos comunes que permiten esbozar un cierto tipo ideal, en el sentido weberiano del término.

El primero de ellos es la percepción de un declive social y económico que parece imparable, acompañado de una sensación de pérdida de identidad cultural -motivada principalmente por la inmigración y de manera secundaria por la liberalización de las formas familiares y de relación personal y de ocio- y también de soberanía nacional -reflejada en la relajación de fronteras, en la estructura de las relaciones internacionales y en un capitalismo globalizado capaz de desbancar un gobierno en menos tiempo de lo que dura una lechuga fuera del frigorífico.

El principal responsable de todo ello sería la tercera fase de desarrollo capitalista en la que ahora nos encontramos, de carácter globalizado y oligárquico, que ha dado lugar a una nueva casta dominante, una élite político-económica movida solo por el lucro y el propio interés. Una élite que utiliza la inmigración para bajar los salarios de la clase trabajadora y que deslocaliza fuera del país cuando su beneficio particular se lo aconseja, aprovechándose de un capitalismo financiero globalizado que no hace más que exacerbar las desigualdades dentro de las naciones y erosionar los vínculos comunitarios.

No podemos desconocer el componente anticapitalista de esta nueva derecha, más o menos radical según los casos. Desde luego muy radical en el pensamiento de Alain de Benoist, quizás el principal referente ideológico del movimiento. De forma muy aguda, Benoist critica la inconsistencia de los que se denominan liberal-conservadores. Desde su punto de vista liberalismo y conservadurismo son dos conceptos antitéticos, desde el momento en que el liberalismo, por su propia inercia, es un movimiento laminador de valores normalmente reverenciados por el conservadurismo, como las singularidades locales, los cuerpos intermedios (laborales, profesionales y familiares), las referencias éticas, las identidades nacionales, la solidaridad comunitaria, las peculiaridades culturales, en definitiva, todo lo que no sea la libérrima voluntad del individuo garantizada por el poder del Estado. La misma crítica de incoherencia la formula para la nueva izquierda, a la que acusa de haber tragado con los postulados del liberalismo, desde el momento en que una cultura de izquierdas (woke) es incomprensible sin una economía de derechas (de mercado), y a la inversa, tal como apuntó ya hace tiempo Jean-Claude Michéa, un izquierdista clásico.

Estamos tocando ya el punto clave del pensamiento iliberal: la crítica del liberalismo como un todo indistinguible en sus distintas vertientes, económica, política, social, cultural y jurídico-institucional. Unas son consecuencia necesaria de las otras en recíproca dependencia. Un todo, además, que precisamente por esa interdependencia, no es susceptible ni de modificación ni de reforma, solo de rechazo.  Pues bien, dado el contenido típico de nuestro blog, me interesa examinar de manera particular la visión que la extrema derecha tiene del Estado de Derecho. Es decir, si el Estado de Derecho neutral, producto estrella del liberalismo tal como ha sido diseñado en los textos constitucionales modernos (dejemos ahora aparte el análisis de su funcionamiento real operado por nuestra clase política), debería pasar o no a mejor vida.

Pues bien, como se pueden imaginar, el diagnóstico no es muy positivo. En varios capítulos dedicados al tema en su libro “Contre le libéralisme” (2019), Benoist afirma que el Estado de Derecho es incapaz de resolver las crisis actuales precisamente por su propia estructura neutral desprovista de valores, que no reconoce más legitimidad que la legalidad. En su opinión, esta concepción positivista-legalista de la legitimidad invita a respetar las instituciones por ellas mismas, como si constituyeran un fin por sí mismo, sin que la voluntad popular pueda presionar para modificarlas y controlar su funcionamiento. La práctica institucional, en realidad, debería ajustarse a esa voluntad popular, sin que tal cosa quede garantizada por un mero control jurisdiccional de simple sujeción a la ley. Desde este punto de vista, hasta la propia Constitución tiene un valor relativo, subordinado a un poder constituyente (correspondiente al pueblo) que siempre subsiste y que tiene un valor superior a las reglas constitucionales. En conclusión, considera al Estado de Derecho neutral como una mera emanación del mercado y al servicio del mercado, asumiendo casi punto por punto la crítica marxista del Estado liberal como superestructura al servicio del modo de producción capitalista.

Comprobamos así la enorme sintonía ideológica, al menos en lo sustancial, de la extrema derecha con la extrema izquierda y el nacionalismo, pero particularmente con el nacionalismo autodenominado de izquierdas (singularidad española), con el que comparte su visión antiliberal, moderada o radicalmente anticapitalista, particularista y localista desde el punto de vista cultural, y minusvaloradora del Estado de Derecho. Otra cosa es que la concreta selección del binomio amigo-enemigo (esencia de lo político según la opinión de Carl Schmitt y plenamente asumida por todos los iliberales) no sea coincidente, como es obvio, lo que explica su recíproca confrontación. Pero eso no impide que compartan su naturaleza, como la compartirían dos Estados casi idénticos en lucha entre sí, precisamente porque esa lucha ayuda a apuntalar su identidad política.

No podemos olvidar tampoco que la extrema derecha moderna no se declara autoritaria, sino absolutamente democrática. Desde su punto de vista, mucho más democrática que la alternativa liberal. Reivindican sin complejos la etiqueta de democracia iliberal (véase Viktor Orbán) haciendo suya la terminología acuñada por Fareed Zakaria en los años noventa. Una democracia que atienda verdaderamente a los intereses del pueblo, que articule y de vida a una auténtica unidad política soberana definida territorialmente, emancipada de las oligarquías globalizadas, que tenga genuina capacidad de decisión y ejecución, sin los frenos jurídico formales interpuestos por esas élites neoliberales en su propio interés.

Si descendemos ahora a la realidad política española observaremos que estamos todavía en un momento de transición hacia un escenario que en Europa está ya bastante consolidado. VOX inició su itinerario político como una mera escisión del PP, centrado en fortalecer la visión conservadora frente a la liberal, pero dispuesto todavía a mantener la mezcla. Sin embargo, ha ido deslizándose paulatinamente hacia el enfoque antiliberal dominante en el ámbito europeo, lo que no deja de tener sentido electoral. La primera opción le deja al albur de las expectativas del PP y del voto útil. La segunda le permite acceder incluso al caladero de la izquierda, tal como hizo el Frente Nacional en Francia. La tendencia a la diferenciación le va a presionar todavía más en esta última dirección.

Pero lo más relevante es la postura de los partidos hasta hace poco llamados constitucionalistas, particularmente el PP y el PSOE, frente al reto del iliberalismo. Y aquí la decepción es mayúscula. No solo no han servido de freno y contrapeso a esta propuesta iliberal, combatiéndola política e ideológicamente, sino que han buscado aprovecharse de ella en su propio beneficio de manera irresponsable, especialmente en su vertiente institucional. La deriva en este punto del actual Gobierno presidido por el Sr. Sánchez es particularmente chocante, como hemos venido analizando puntualmente en este blog (el último ejemplo es proponer a un ex ministro y a una ex alto cargo del PSOE como magistrados del Tribunal Constitucional, seguramente para ayudar a ajustar la práctica institucional a la voluntad popular, como dice Benoist). El enorme riesgo que puede derivarse de esta situación, al margen de un deterioro imparable para el Estado de Derecho, es que el panorama español conserve artificialmente la contraposición derecha-izquierda, pero ambas contaminadas de iliberalismo, escamoteando así el verdadero debate que están ya afrontando en la actualidad todas las sociedades avanzadas.

Y es que, tenemos que recordarlo una vez más, Alan de Benoist y sus correligionarios de derecha e izquierda están profundamente equivocados. El Estado democrático de Derecho es una arquitectura institucional en la que no solo tiene cabida la familia liberal estricto sensu, sino muchas otras, desde la conservadora a la socialista, pasando por democristianos y republicanos. No solo busca frenar el abuso de poder, tanto público como privado, lo que no es poca cosa, sino además crear un verdadero sistema de responsabilidad compartida, en las que las decisiones se adopten democráticamente tras un debate digno de ese nombre, previa obtención de toda la información necesaria, y luego se ejecuten a través de mecanismos neutrales que, precisamente gracias a esa neutralidad e independencia, sean capaces de trasladar a la realidad el verdadero espíritu de la ley democrática.

Si no estamos en condiciones de ni siquiera de comprender esta realidad, habremos perdido sin luchar la primera y más decisiva batalla contra el iliberalismo.

¿Se puede regular la verdad?

Hace unas semanas tuve la oportunidad de participar como moderadora en una de las mesas del Foro “El derecho a la verdad”, organizado por la Fundación General de la Universidad de Alcalá, -dirigido por Nacho Torreblanca- en concreto en la titulada “¿Se puede regular la verdad”? con dos juristas de primer nivel, una profesora de Derecho Mercantil  de la Universidad Carlos III de Madrid, Teresa Rodriguez de las Heras, y otro de Derecho constitucional, Luis Miguel González de la Garza. De lo escuchado en esta mesa de dos juristas con visiones muy diferentes sobre este tema, una profundamente iusprivatista y la otra profundamente pública nacen estas primeras reflexiones sobre la regulación de la verdad. 

La primera reflexión es obvia: ¿Se puede regular la verdad?  Y la segunda no lo es menos: ¿Se debe regular la verdad? Y quizás la tercera es la menos obvia: ¿Es cierto que ahora mentimos más que antes? Tom Phillips, que dirige la principal organización verificadora de datos independiente del Reino Unido, lo pone duda. En su libro “Verdad, una breve historia de la charlatanería” nos recuerda que los seres los humanos nunca hemos dejado de mentirnos los unos a los otros y que no ha existido nada parecido a una “edad dorada de la veracidad”. Esto por no hablar de cómo nos mentimos a nosotros mismos. Cabe recordar también los comienzos de la prensa escrita, donde la difamación y las “fake news” estaban a la orden del día. Quizás la diferencia es la velocidad y la intensidad con que las mentiras circulan y se diseminan por las redes sociales.

En todo caso, y para ser más modestos quizás más que de la verdad deberíamos hablar de hechos verificables. Porque son los hechos los que, al final, permiten el debate racional y la rendición de cuentas en un Estado democrático de Derecho. ¿Tiene el ciudadano derecho a exigir que los hechos que fundamentan el debate público sean si no ciertos sí, al menos, verificables? ¿Y a exigirlo de quien exactamente? ¿Quién garantiza este derecho? ¿Cómo? ¿Se trata sólo de protegernos contra la desinformación (“disinformation”) tal y como la define la Comisión Europea (“información verificablemente falsa o engañosa que se crea y presenta para engañar deliberadamente a la población o para obtener beneficios económicos”) o debemos ir más allá? ¿Cuál es la diferencia entre información verificablemente falsa e información engañosa? La Comisión Europea habla también de “misinformation” para referirse a aquella información verificablemente falsa pero que es diseminada sin intención de engañar, porque quien lo hace considera que es cierta. ¿Podemos hablar de desinformación también cuando somos engañados voluntariamente, o nos autoengañamos o cuando el que difunde la desinformación no es consciente de que lo es?  ¿Puede suponer una regulación de este tipo un riesgo para una sociedad abierta? Y si es así ¿Cómo evitamos esos riesgos?

Pues bien, la Unión Europea ha empezado a tomar cartas en el asunto por considerar que las dos formas de desinformación (“disinformation” y “misinformation”) pueden amenazar las democracias, polarizar los debates y poner en riesgo la seguridad, la salud y el medio ambiente. Por otra parte, es indudable que las grandes campañas de desinformación requieren una respuesta coordinada por parte de los Estados miembros, las instituciones europeas, las redes sociales, los medios de comunicación y los propios ciudadanos.

En cuanto a las iniciativas europeas en este ámbito cabe referirse al Código de Prácticas sobre la desinformación (buenas prácticas y autorregulación para la industria), al Observatorio de los medios digitales (que reúne a los  “fact-checkers”, investigadores y otros agentes relevantes para asesorar a los políticos), al plan de acción sobre desinformación, cuya finalidad es fortalecer la capacidad y la cooperación de la UE para combatirla, la “European Democracy Action Plan” que pretende desarrollar guías y protocolos sobre obligaciones y rendición de cuentas por parte de las plataformas digitales en la lucha contra la desinformación o la comunicación “La comunicación ‘tackling online disinformation: a European approach’ que es una colección de herramientas para combatir la desinformación y proteger los valores europeos. Como puede verse, todo por ahora es “soft law”, es decir, no hay una regulación como tal que establezca derechos y obligaciones en este terreno. 

En concreto, el Plan de Acción contra la Desinformación de 2018, aprobado por la Unión Europea, establece en su punto octavo que los Estados miembros deben apoyar la creación de equipos de verificadores de datos e investigadores independientes. Lógicamente la independencia es esencial, si es que se trata, en último término, de retirar contenidos de forma que sólo pueda hacerse con criterios estrictamente técnicos y no por criterios políticos.

La principal discusión se plantea por tanto, en cuanto a la necesidad de una regulación y de qué tipo. ¿Nos basta con la “soft law”, es decir, la autorregulación, las buenas prácticas o los códigos de conducta o sería preciso ir más allá y establecer una auténtica regulación o “hard law” con sus garantías y sus sanciones en caso de incumplimiento? Este debate entronca también con el de si puede hablarse de algo así como del derecho a no ser engañado. Para algunos, y ciertamente para el profesor Luis Miguel González de la Garza, autor de un libro sobre el tema junto con Antonio Garrigues no cabe dudar de su existencia. Este derecho entroncaría con alguno de los derechos fundamentales reconocidos en nuestra Constitución en particular el de la libertad de expresión y debería garantizarse, como todos, judicialmente. Por el contrario, la profesora Rodríguez de las Heras se muestra más favorable a soluciones de Derecho privado, de tipo arbitral para solventar los posibles conflictos jurídicos que puedan suscitarse en relación particularmente con el comportamiento de las plataformas online, que en todo caso deberían establecer una serie de reglas estrictas para luchar contra la desinformación. En todo caso, ambos coinciden en la necesidad de una regulación al menos a nivel europeo, habida cuenta de que las grandes plataformas a las que se puede dirigir esta posible regulación operan a nivel global, por lo que una regulación simplemente nacional tendría poco recorrido.

En ese sentido, conviene recordar que ya disponemos de regulación en este ámbito nacional: en concreto se trata recogida en la Orden PCM/1030/2020, de 30 de octubre, por la que se publica el Procedimiento de actuación contra la desinformación aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional (más conocida como la “Comisión de la verdad”) que fue muy criticada (también por mí) entre otras cosas por el modelo de gobernanza establecido, con muy escasa participación de organizaciones de la sociedad civil y otros agentes sociales y que no parece garantizar suficientemente la independencia de los “fact chekers”.  En todo caso, de haber iniciado sus trabajos (lo que desconozco) no parece que éstos hayan tenido demasiada repercusión. Su finalidad era, según sus propias palabras contribuir «a mejorar y aumentar la transparencia con respecto al origen de la desinformación y a la manera en la que se produce y difunde, además de evaluar su contenido».

En todo caso, una regulación auténtica (“hard law”) contra la desinformación no ya desde el punto de vista procedimental sino material tiene también sus inconvenientes.  De entrada, la delimitación de los sujetos obligados y de los agentes que deberían involucrarse para luchar contra la desinformación que van desde los medios de comunicación tradicionales, las redes sociales, los propios Poderes Públicos, los Investigadores, las organizaciones de la sociedad civil e incluso los ciudadanos de a pie. Pero no hay duda de que también incluso delimitando con claridad el ámbito subjetivo de aplicación, otro escollo estaría en el establecimiento de procedimientos para combatirla, especialmente si se acude a procedimientos judiciales que se antojan excesivamente lentos para combatir un fenómeno que si por algo se caracteriza es por su inmediatez. No obstante, si hablamos de retirar contenidos que pueden contener desinformación en el sentido antes expuesto parece razonable que exista algún tipo de garantía judicial, dado que la sombra de la censura es alargada. Y si bien parece que a nadie le gusta demasiado que sean las propias plataformas o, mejor dicho, sus algoritmos, quienes decidan qué contenidos retiran por contener desinformación no lo es menos que dejar esta potestad en manos de los Poderes públicos incluso en democracias avanzadas entraña un riesgo nada desdeñable. Y no digamos ya en las menos avanzadas o en las denominadas iliberales. Se trata, por tanto, de un asunto delicado. ¿Quién vigila a los vigilantes? Como pueden ver, un debate apasionante para los próximos años, en el que nos jugamos mucho.

Empero, antes de ese análisis hay que mencionar que el punto que los regula, el tercero, comienza con esta llamativa declaración: «Acorde con los órganos y organismos que conforman el Sistema de Seguridad Nacional, se establece una composición específica para la lucha contra la desinformación». De esta manera, se busca equiparar la lucha contra la desinformación con los asuntos de Seguridad Nacional, lo que puede servir para intentar justificar precisamente ciertas restricciones de derechos. La explicación radica en que, a veces, la desinformación puede provenir de terceros países. Ahora bien, esto no tiene por qué ser siempre así y, dada la antes mencionada ambigüedad de la orden, dichos órganos dispondrán de un considerable margen de actuación.

Una vez expuesto todo lo anterior, los aspectos esenciales de los órganos son los siguientes:

El Consejo de Seguridad Nacional: En esencia es una comisión delegada del Gobierno, tal y como se recoge el artículo 17 de la Ley 36/2015, de 28 de septiembre, de Seguridad Nacional. Su finalidad es la de asesorar al presidente del Gobierno sobre materias de Seguridad Nacional. Su composición se determina en el artículo 21 de esta ley, la cual además de ser objeto de desarrollo reglamentario, incorporará obligatoriamente al Presidente, Vicepresidentes y varios ministros. Debe destacarse que el artículo siete de la Ley de Seguridad Nacional también dispone que las Cortes Generales son competentes en materia de Seguridad Nacional, pero no han sido tenidas en cuenta para la orden que nos ocupa.

El Comité de Situación: Participa en el denominado Nivel 3. Lo destacable es que es un órgano de apoyo del Consejo de Seguridad Nacional, tal y como se recoge en el segundo punto de la Orden PRA/32/2018, de 22 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional, por el que se regula el Comité Especializado de Situación. Su composición se determina en el punto sexto de dicha orden, estando presidido por el Vicepresidente del Gobierno y vicepresidido por el Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno y Secretario del Consejo de Seguridad Nacional. En lo relacionado con sus vocales se sigue una tónica parecida.

La Secretaría de Estado de Comunicación: Es una secretaría de Estado que depende de Presidencia. Lógicamente es clave en la política informativa del Gobierno y la orden le sitúa como autoridad pública competente, junto a Presidencia, el CNI y los distintos gabinetes de comunicación de los Ministerios y otros órganos.

Comisión Permanente de Desinformación: La crea la norma objeto del artículo, la cual detalla su funcionamiento y actuaciones. Se encargará de llevar a cabo una coordinación interministerial. Según el anexo II de la orden, su coordinación será asumida por la antes mencionada Secretaría de Estado de Comunicación, mientras que la presidirá el Director del Departamento de Seguridad Nacional. El resto de su composición abarcará varios organismos provenientes de varios ministerios como el de defensa, interior, exteriores, etc. Entre sus competencias puede destacarse que actuará en conjunto con la Secretaría de Estado, correspondiéndole varias funciones importantes como la elaboración de informes agregados para apoyar la valoración de amenazas; elevar al Consejo de Seguridad Nacional recomendaciones y propuestas; y, quizá la más importante, la elaboración de la propuesta de la Estrategia Nacional de Lucha contra la Desinformación al Consejo de Seguridad Nacional.

Posteriormente, en el punto quinto se recogen las autoridades públicas competentes, ya nombradas, mientras que el apartado sexto está dedicado a la sociedad civil y el sector privado. Dicho apartado afirma asignarles un «papel esencia en la lucha contra la desinformación». ¿Qué tipo de papel esencial? Veámoslo: «con acciones como la identificación y no contribución a su difusión, la promoción de actividades de concienciación y la formación o el desarrollo herramientas para su evitar su propagación en el entorno digital». Así es que ese «papel esencial» es cuestionable.

Pero, al margen de eso, es criticable que no se prevea un foro donde los actores de la sociedad civil discutan estos temas con la clase política, ni tampoco se contemplen mecanismos de participación real. Eso sí, las autoridades competentes podrán solicitar la colaboración a organizaciones cuya contribución se considere oportuna y relevante, lo que probablemente lleven a cabo organizaciones afines al Gobierno de turno

En conclusión, la norma establece un batiburrillo de órganos para actuar en los cuatro niveles previstos y cuya característica común es que, aunque por distintos caminos, todos dependen del Gobierno. De modo que, pese a que se afirme respetar las instrucciones de Europa, no se cumple con la exigencia de constituir equipos de trabajo independientes. Asimismo, es llamativo que la palabra «lucha» aparezca hasta veinte veces en la orden. Da la sensación que la misma incorpore una retórica pseudo-belicista, lo que podría terminar dando pie a que los sujetos que, supuestamente, elaboren informaciones falsas, sean presentados como “enemigos”. Por tanto, hay que sopesar si está justificado que este conjunto de órganos, de naturaleza casi endogámica, pueda limitar la libertad de expresión o si, por el contrario, ésta debería gozar de una mayor protección. En estos tiempos, deben tomarse especialmente en cuenta reflexiones como esta que hizo, hace tantos años, John Stuart Mill: «Dondequiera que hay una clase dominante, una gran parte de la moralidad del país emana de sus intereses y de sus sentimientos de clase superior».

El caso Pegasus: espías y estado de derecho

Ampliación y actualización de un artículo originalmente publicado en Crónica Global, que puede leerse aquí. 

Sigue la tormenta por el llamado “caso Pegasus”, el supuesto espionaje del CNI a distintos políticos independentistas, y, por lo que se ve, a los propios miembros del Gobierno, incluido el Presidente y Ministra de Defensa. El suceso ya parece más un vodevil que otra cosa, a la vista de que a la inevitable utilización política por los partidos independentistas -que no son precisamente unos adalides del Estado de Derecho, que digamos – en eterna clave victimista, se suma ahora la posibilidad de que este espionaje tenga algo que ver con los contactos de Puigdemont y su entorno con Putin, y de que el espionaje a su vez de parte del Gobierno tenga que ver con Marruecos. En fin, demasiado complicado para una jurista de a pie, así que dejo el análisis de lo que ha podido ocurrir aquí a los expertos en inteligencia, y de sus consecuencias políticas a los numerosos opinadores de este país.

Desde luego, lo que sí podemos decir es que el cese de la hasta ahora Directora del CNI, -al parecer una persona de la casa de impecable trayectoria profesional cuya cabeza había sido solicitada por partidos independentistas que sostienen al Gobierno- no parece una decisión acertada, desde el punto de vista de lo que se supone que deben de ser  las relaciones entre un Gobierno y sus servicios de inteligencia en un Estado democrático de Derecho. Todo esto  por no mencionar las surrealistas explicaciones dadas por el Gobierno y en particular por la Ministra de Defensa, hasta hace dos minutos la principal valedora de la cesada. En fin, un sainete más de los que producen bastante bochorno.

Pero dejando esto aparte, me centraré, básicamente, en los aspectos técnico-jurídicos del caso.

Parece indudable que la actuación de los centros de inteligencia nacionales, en España y en cualquier otra democracia, se mueve en los límites del Estado de Derecho. La justificación es que realizan tareas preventivas de enorme importancia de cara a amenazas tan graves como el terrorismo y si, los posibles ataques a la unidad territorial de un Estado, que están reñidas con la transparencia y la publicidad. Aún así, todos los Estados democráticos de Derecho, a diferencia de los Estados autoritarios, han hecho un esfuerzo por establecer un marco regulatorio y unas garantías para controlar la actuación de sus espías, lo que obviamente no es fácil y encierra una cierta contradicción con el sigilo y la reserva con el que tienen que desarrollarse las funciones que estos centros de inteligencia desarrollan. Entre estas funciones, de acuerdo con la normativa de otros países y también con la española, se encuentran las de obtener e interpretar información para proteger y promover los intereses políticos, económicos, industriales, comerciales y estratégicos de cada país, dentro o fuera del territorio nacional, o, por lo que aquí nos interesa, prevenir, detectar y posibilitar la neutralización de aquellas actividades de servicios extranjeros, grupos o personas que pongan en riesgo, amenacen o atenten contra el ordenamiento constitucional, los derechos y libertades de los ciudadanos españoles, la soberanía, integridad y seguridad del Estado, la estabilidad de sus instituciones, los intereses económicos nacionales y el bienestar de la población, entre otras.

En España, después del escándalo de los papeles del CESID (antecedente del CNI) cuya actuación se desenvolvía todavía bajo el amparo de normas sin rango legal y en un marco jurídico heredado de la dictadura, se promulgó una nueva Ley, La ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, que se complementa con la Ley Orgánica 2/2002, de 7 de mayo, reguladora del control judicial previo del Centro Nacional de Inteligencia.

Con respecto a la primera, su Exposición de Motivos proclama que: “La sociedad española demanda unos servicios de inteligencia eficaces, especializados y modernos, capaces de afrontar los nuevos retos del actual escenario nacional e internacional, regidos por los principios de control y pleno sometimiento al ordenamiento jurídico.” Por tanto, además de la modernización, uno de los objetivos de la Ley era, precisamente, el principio del control y sometimiento al ordenamiento jurídico. En cuanto a la misión del CNI siempre según la Exposición de Motivos es la de “proporcionar al Gobierno la información e inteligencia necesarias para prevenir y evitar cualquier riesgo o amenaza que afecte a la independencia e integridad de España, los intereses nacionales y la estabilidad del Estado de derecho y sus instituciones”

De la simple lectura de la Exposición de Motivos de la Ley y también de lo dispuesto en su art. 4 se desprende sin necesidad de ninguna interpretación jurídica muy sesuda que precisamente riesgos o amenazas como las que suponen o pueden suponer las actuaciones de los partidos independentistas (y más con los precedentes del otoño de 2017) entran dentro de esta misión, por muy socios de investidura que sean del Gobierno actual. Otra cosa es cómo hay que desarrollarla y con qué controles y garantías.

Existe, en primer lugar, un control parlamentario, aunque no parece que hasta la fecha haya sido demasiado efectivo. Este control se desarrolla a través de la Comisión que controla los créditos destinados a gastos reservados, a la que le corresponde el control de las actividades del CNI, conociendo los objetivos que hayan sido aprobados por el Gobierno y un informe anual sobre su grado de cumplimiento de los mismos y las actividades desarrolladas. Además, de acuerdo con la normativa parlamentaria, los miembros de esta Comisión son también los que conocen de los secretos oficiales. Esta Comisión llevaba más de 2 años sin reunirse y bloqueada por vetos cruzados, como tantas otras cosas en esta legislatura.

Según el art. 11 de la Ley, esta Comisión tiene, lógicamente, obligación de guardar secreto sobre las informaciones y documentos que reciban, y el contenido de las sesiones y sus deliberaciones será secreto. Esta Comisión tiene también acceso a las materias clasificadas. De ahí que sorprenda tanto que para tranquilizar a sus socios de investidura el Gobierno haya permitido que los supuestos espiados se sienten a controlar lo que hacen los espías, vía además modificación express de la mayoría necesaria para acordar la composición de la Comisión que no ha dejado en muy buen lugar ni al Congreso ni a su Presidenta. Ya sorprende menos  que precisamente algún diputado de los integrados a toda pastilla en la Comisión no haya tardado ni un minuto en contar lo que allí escuchó pese a lo que dice la Ley. Pero ya se sabe que muchos de nuestros diputados, con especial mención a los independentistas, se consideran sencillamente por encima de las Leyes que ellos mismos aprueban.

Claro está que la contradicción fundamental de todo esto se deriva del hecho de que los socios que ha elegido el Gobierno son susceptibles, como hemos visto, de ser objeto de actuaciones del CNI, lo que no quita, claro está, que deban de serlo con las garantías establecidas. Que son las de la autorización judicial previa a la que me referiré a continuación.

Efectivamente, además del control parlamentario existe un control judicial, que es el objeto específico de la Ley Orgánica 2/2002, de 7 de mayo, reguladora del control judicial previo del Centro Nacional de Inteligencia. Se trata, como su nombre indica, de un control judicial previo. Esta ley es de artículo único y lo que señala es que el Director del Centro Nacional de Inteligencia deberá solicitar al Magistrado del Tribunal Supremo competente la autorización para la adopción de medidas que afecten a la inviolabilidad del domicilio y al secreto de las comunicaciones, siempre que tales a medidas resulten necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas al Centro. Es decir, que para que el supuesto espionaje producido sea acorde con la normativa vigente y con las reglas del Estado de Derecho tiene que existir una autorización judicial previa, con independencia de quienes sean los espiados. Es importante también que estas actuaciones del Magistrado también son secretas. Y además se prevé que el Director del CNI ordene la inmediata destrucción del material relativo a todas aquellas informaciones que, obtenidas mediante la autorización judicial, no guarden relación con el objeto o fines de la misma.

Al parecer estas garantías, según explicaciones de la directora del CNI, sí se han respetado con respecto a algunos de los líderes independentistas, 18 en concreto, y en particular en relación con el Presidente Pere Aragonés. Pese a ello, probablemente el Gobierno ceda ante los independentistas y la cese, no sabemos muy bien por qué, dado que desde el punto de vista jurídico no hay reproche alguno y parece que desde el punto de vista profesional tampoco.

En todo caso, lo que sí podemos señalar frente a lo que se ha dicho interesadamente por muchos representantes políticos es que la regulación es muy similar a la que existe en otros países de nuestro entorno. Claro que lo que no se da en otros países de nuestro entorno son circunstancias tan extraordinarias como que los socios de investidura de un Gobierno puedan ser espiados legalmente (si es que ha habido autorización judicial, insisto, porque en caso contrario el espionaje sería ilegal) por realizar actuaciones que “pongan en riesgo, amenacen o atenten contra el ordenamiento constitucional, los derechos y libertades de los ciudadanos españoles, la soberanía, integridad y seguridad del Estado, la estabilidad de sus instituciones, los intereses económicos nacionales y el bienestar de la población, entre otras”. Y lo que no cabe duda es  que los socios independentistas del Gobierno han realizado estas actuaciones, es más, lo consideran un objetivo político legítimo y deseable. En definitiva, se trata de personas que, sean políticos o ciudadanos de a pie, pertenecen a grupos cuyas actuaciones, según la normativa mencionada, deben de ser prevenidas o neutralizadas por un servicio de inteligencia porque atentan contra principios básicos de la convivencia tal y como están recogidos en una Constitución democrática. Y eso sí que es una anomalía, para qué nos vamos a engañar.

Grande y pequeña política: Zelenski en Madrid

Este artículo es una reproducción de una tribuna publicada en El Mundo, disponible aquí.

Transcurridas ya varias semanas desde la invasión de Ucrania y tras la intervención del presidente Zelenski a través de videoconferencia en el Parlamento español podemos hacer unas breves reflexiones sobre la política en tiempos de crisis, o quizás convendría decir en tiempos de catástrofes, pues no otra cosa es una guerra de agresión con tintes genocidas en un país europeo en la tercera década del siglo XXI. Para los que hemos intentado comprender, a través de libros, documentales y testimonios cómo fue posible la barbarie que vivió Europa antes y durante la II Guerra Mundial el comportamiento que estamos viendo estos días de una parte significativa de políticos democráticos y de una parte no menos significativa de intelectuales, opinadores y ciudadanos de a pie resulta, lamentablemente, muy clarificador.

Además de los que siempre se apuntan a teorías conspiranoicas varias, hay un porcentaje nada desdeñable de personas (básicamente de extrema izquierda o de extrema derecha) que están dispuestos a negar la realidad por la sencilla razón de que no se ajusta a sus prejuicios ideológicos. Es más fácil recurrir a explicaciones carentes de cualquier racionalidad, contradictorias o que ignoran los hechos que tantos corresponsales y reporteros se esfuerzan en hacernos llegar sobre la Guerra de Ucrania (poniendo en riesgo sus vidas) que revisar o sacrificar esas creencias previas. ¿Por qué es tan difícil reconocer la dictadura de Putin no es más que la siniestra continuación de la dictadura soviética que, a su vez, sucedió a la dictadura de los zares? ¿O que las atrocidades que deja a su paso el ejército ruso son idénticas a las de Chechenia?  Parafraseando a Vasili Grossman cuando hablaba de su patria, Rusia ha conocido muchos gobiernos a lo largo de 1000 años, pero lo que nunca ha conocido es la libertad. Pero es que para la extrema izquierda y la extrema derecha la libertad tiene poco valor.

Pero quizás más preocupante por más numeroso es el grupo de políticos y ciudadanos de las prósperas democracias occidentales (aunque, a juzgar por las encuestas, más los primeros que los segundos) que, pese a las evidencia de la invasión rusa, de la destrucción de ciudades enteras y  de las atrocidades que se están cometiendo en Ucrania contra la población civil, no están dispuestos a arriesgar demasiado por defender los valores europeos en forma de sanciones más contundentes contra las exportaciones de gas y petróleo ruso. Mención especial merece Alemania, que con su política energética y su tolerancia con la Rusia de Putin -me temo que el legado de Angela Merkel va a ser juzgado, con razón, muy duramente- ha contribuido a fomentar su sensación de impunidad. Interesante que el país del “nunca más”, tan atento frente al posible resurgimiento del fascismo dentro de su país, haya sido tan complaciente con Putin. Pero, para ser justos, podemos mencionar también a otros líderes occidentales igualmente complacientes: Boris Johnson y sus amistades peligrosas, cuando en el Reino Unido se asesinaba tranquilamente a opositores rusos, o el ex Presidente Donald Trump, tan admirador de Vladimir Putin. Y podríamos seguir mencionando toda una extensa lista de políticos occidentales fascinados por el mito del “hombre fuerte” por antonomasia.

Puede ser que todos estos políticos no hayan tenido tiempo de ver los documentales de Netflix sobre el personaje o de leer los libros de Peter Pomerantsev, Timothy Snyder y otros autores que llevan años alertando sobre la deriva autoritaria del país o (como reza el subtítulo del libro del primero “La nueva Rusia”) o de que, en la Rusia de Putin, nada es verdad y todo es posible. O puede que sí, pero que pensaran que todo era una exageración. Probablemente también les pareció exagerado reaccionar frente a lo sucedido en Grozni, en Siria, con la invasión de Crimea, en 2014, o exigir cuentas por el lanzamiento del misil ruso que abatió el avión de Malaysia Airlines que se estrelló en Ucrania lleno de pasajeros procedentes de Amsterdam.

Desgraciadamente, todo esto ya lo hemos vivido, o, para ser exactos, ya lo hemos leído en los libros de Historia. La catástrofe de la Segunda Guerra Mundial y del Holocausto no surgió de la nada. Fue producto, entre otros factores, de muchos años de políticas erróneas de apaciguamiento frente a Hitler por parte de las potencias occidentales, que culminaron en el vergonzoso acuerdo de Münich de 30 de septiembre de 1938, en el que Francia y Gran Bretaña intentaron evitar la guerra cediendo frente a Hitler en la crisis de los Sudetes. Se suponía que, una vez anexionado este territorio para defender a los alemanes étnicos que vivían allí (¿les suena?) se quedaría satisfecho y la paz en Europa estaría asegurada.  Menos de un año después, Alemania invadía Polonia.

Tampoco entonces habían faltado las voces advirtiendo de lo que estaba sucediendo con el nazismo en Alemania y la clase de líder que era Hitler. Además de la muy famosa de Winston Churchill había muchas otras. Lo contaba perfectamente Wiliam L. Shirer en directo, como reportero desde Berlín para la Universal News Service y la CBS desde 1934, desesperándose porque no conseguía que sus conciudadanos, allá en Estados Unidos, le tomasen en serio. El libro en que recoge su experiencia del ascenso del nazismo y sus consecuencias, “Diario de Berlín”, pone de manifiesto que quien quería saber lo que estaba pasando en Alemania -sin necesidad de viajar allí, que era la otra opción- podía hacerlo.  Por otra parte, no es que los nazis lo ocultasen. Los discursos de Hitler, como los de Putin, o la propaganda de Goebbels, como la rusa, no dejaban mucho margen para las interpretaciones. Pero los occidentales de entonces, como los de ahora, prefirieron mirar para otro lado: después de todo, se trataba del gobierno de un país europeo y civilizado de la mitad del siglo XX.

Puede que la comparación no sea exacta, pero en el fondo lo que importa es constatar que a los políticos de las democracias occidentales siempre les cuesta abandonar la creencia de que los líderes autoritarios pueden ser “amansados” si se les trata adecuadamente y que, de esta forma,  se comportarán de forma más predecible o, al menos, respetarán las reglas básicas del juego internacional. Si además hay relaciones económicas importantes por en medio, esto se da por supuesto. Por eso se sorprenden tanto cuando no sucede.  Por otra parte, nuestros políticos también tienden a creer, y con ellos nosotros, que los valores democráticos siempre han estado ahí y ahí seguirán, aunque no se haga nada por mantenerlos. Y tampoco es así; nunca se pueden dar por sentados. Por último, nuestros políticos tienen miedo de exigirnos no ya grandes, sino también pequeños sacrificios para defenderlos. Y tampoco esto es así, o al menos eso es lo que dicen las encuestas. En todo caso, no se nos está pidiendo jugarnos la vida y la libertad como están haciendo los ucranianos.

Por tanto, ha llegado el tiempo de la gran política. La que requiere no tanto de condiciones políticas sino morales. Como demuestra el presidente Zelenski cualquier político, sea cual su trayectoria previa, es capaz de convertirse en un gran líder con una sola condición: la honestidad y el valor. Lamentablemente, este tipo de conductas que permiten poner los intereses generales por encima de los particulares, ya sean de individuos o de partidos, suelen estar reñidas con la política del día a día, la de las facciones, la de las maniobras partidistas, la del cálculo electoral, la del corto plazo, en definitiva, con la pequeña política tan habitual en nuestras democracias. Esa política a la que estamos tan acostumbrados- en Occidente en general y en España en particular- incluso en tiempos extraordinarios como los que estamos viviendo es la misma que se ha desarrollado incluso ante tragedias como la del 11M (muy recomendables los documentales de Amazon y de Netflix al respecto sobre cómo la falta de honestidad y de valor pasó una factura tremenda al PP de Aznar en víspera de las elecciones) o la actual  epidemia del coronavirus en que el actual Gobierno de coalición ha intentado, ante todo eludir, su responsabilidad para que la crisis no le pasase factura con idéntica falta de honestidad y de valor.

El problema, claro está, es donde encontrar en estos tiempos de crisis líderes honestos y valientes. Porque es fácil darse cuenta de que a los políticos profesionales les cuesta bastante más exhibir este comportamiento que a los simples advenedizos como Zelenski. Pero no está de más recordar la diferencia entre la reacción del Reino Unido y la de Francia frente a la agresión alemana tuvo mucho que ver con el liderazgo de Churchill. Y es que en una democracia en una época como la que estamos viviendo la categoría de los líderes es un factor esencial.  De ella puede depender su supervivencia como tal.

 

La (¿irreversible?) descomposición de lo público

“Todo acaba, todo termina.

No dura siempre el mismo sol ardiente en el mismo cielo azul”

(José Hierro, Poesías completas 1947-2003, Visor, 2017, p. 255)

Este artículo es una entrada publicada en el blog “La Mirada Institucional” disponible aquí.

 

Preliminar

Los datos de contexto más inmediato nos muestran algunas señales de alarma. Pero, no les oculto que no me interesan demasiado ahora: son mera sintomatología de una enfermedad mucho más profunda. Que el Índice de Transparencia Internacional sobre la percepción de la corrupción en 2021 nos haga bajar dos escalones y nos sitúe en el puesto 14 de la UE, es preocupante (por debajo de la media); pero no pasa tampoco de mero síntoma. Lo mismo se puede afirmar del reciente Democracy Index editado por The Economist que, sin perjuicio de las inteligentes objeciones que plantea Carlos Sánchez en su artículo dominical en El Confidencial, desciende a la democracia española al segundo escalón, fuera ya de los sistemas políticos más consistentes. Estas son noticias de inmediatez, siempre interesantes y que tantos comentarios mediáticos levantan, pero ofrecen solo una parte del problema.

Lo que aquí sigue, es una mirada personal e incompleta. Hay momentos en que cabe transcender de lo inmediato e intentar, al menos, analizar el presente y el futuro con una lente más amplia, que nos permita identificar los movimientos sísmicos que realmente se están produciendo en nuestro panorama público-institucional, y sobre todo hacer un ejercicio de prospectiva sobre cuáles serán sus hipotéticos efectos. Esa mirada es necesaria, aunque nos incomode, disguste y perturbe, pues –al menos en mi caso y tras más de cuatro décadas trabajando desde y sobre lo público- se detecta un deterioro profundo del ecosistema público, que comienza a ofrecer síntomas evidentes (más allá de los índices expuestos) de descomposición. Lo grave de la situación no es tanto el presente, que lo es, sino especialmente el futuro; pues el deterioro del actual sistema político-administrativo en España tendrá inevitables consecuencias devastadoras sobre el futuro del país y de sus próximas generaciones. La pandemia ha consolidado (aunque venía de lejos) una forma de hacer política y de gestionar lo público basada en la contingencia (a veces chapucera) y en la inmediatez. Hay síntomas muy preocupantes de ineptitud política e ineficacia gestora, amén de dispendio constante de recursos públicos, ahora “abundantes” (por las vacaciones de las reglas fiscales, el endeudamiento y los fondos europeos) y dentro de poco escasos (por los planes de reequilibrio que habrá que aprobar). Y, en ese momento, no muy lejano, aflorarán crudamente los males nunca resueltos.

 

Una sintomatología (incompleta) del estado de descomposición de lo público en España

Estas son algunas muestras evidentes del estado de descomposición de lo público en este país llamado España y en todos sus niveles territoriales de gobierno:

a) No funciona (nunca lo ha hecho) el principio de separación de poderes: las instituciones de control están capturadas por el clientelismo partidista. No cumplen, o lo hacen de forma muy insatisfactoria, las misiones existenciales que tienen asignadas. No hay contrapesos efectivos, ni frenos institucionales del poder. Y sin ellos, ya se sabe: los atropellos son constantes.

b) El sistema político institucional está devastado, sin legitimidad; en hundimiento imparable.

c) El Parlamento es una institución sin pulso que ha cedido graciosamente su potestad legislativa al Ejecutivo, que “legisla” excepcionalmente sin freno ni control. El ruido parlamentario es un insulto a la inteligencia.

d) Los partidos políticos ya no son lo que eran, están adosados al poder. Alejados de la ciudadanía, son ya partidos de cargos públicos. Viven en el poder o esperando alcanzarlo.

e) Hay un connivencia espuria entre política gubernamental y sindicalismo del sector público, para defender el statu quo y paralizar de facto cualquier transformación de lo público que altere sus recíprocos intereses endogámicos.

g) Disponemos de élites políticas de muy baja calidad y liderazgos efectivos inexistentes. La política no sabe gobernar con mirada estratégica, vive atada a la contingencia. Solo quieren ganar elecciones para estar en el Gobierno. No para hacer realmente la vida más feliz a la ciudadanía ni resolver los grandes problemas siempre pendientes. Las decisiones incómodas se aplazan eternamente.

h) La política actual está preñada de impotencia, sectarismo, fragmentación y polarización. Notas apropiadas para el triunfo (ya se anuncia) de las políticas populistas y de la pura demagogia. Las redes sociales fomentan una ciudadanía cada vez más ignorante que se mueve principalmente por estímulos primarios. El debate se ha enterrado. La deliberación apenas existe.

i) Todo se fía en política a una comunicación política de baratija, que vende discursos autocomplacientes que nada tienen que ver con la realidad, y que la ciudadanía ya no compra.

j) No hay alineamiento real entre política y gestión. La realidad público-institucional vive en compartimentos estancos y con muy baja interacción. Desconfianza recíproca y aislamiento.

k) Las políticas se cuartean en estructuras de gobierno multinivel descoordinadas y hasta cierto punto anárquicas, con costes elevadísimos de transacción. No funciona la Gobernanza. El Estado es un conglomerado de estructuras territoriales adosadas que hacen lo mismo (isomorfismo) o se diferencian en la nimiedad absurda y desconcertante (Covid19).

l) Internamente los gobiernos se fragmentan en compartimentos estanco (silos) que apenas interactúan entre sí, agravado por estructuras de gobiernos de coalición con lógicas internas disgregadoras y contradictorias. Sin cultura de coalición. Los ministerios “legislan” sobre “su negociado”, dando lugar, por ejemplo, a disparatados complejos normativos incoherentes y absurdos en su aplicación al sector público (Ley 20/2021 y RDL 32/2021).

ll) La alta administración está colonizada por la política, sin resquicio alguno a la profesionalización efectiva. España es uno de los países de la UE con mayor politización de la Administración (que alcanza decenas de miles de niveles orgánicos de responsabilidad).

m) Las Administraciones públicas no son tractoras de (casi) nada, son máquinas repartidoras de recursos públicos ya tasados (pensiones, retribuciones a empleados) o discrecionalmente distribuidos por medio de subvenciones, ayudas o contratos públicos, frecuentemente dirigidas por criterios clientelares o hacia grandes empresas, despachos y consultoras.

n) La transformación digital está empeorando los servicios públicos, con abandono de la atención ciudadana y afectación brutal a la brecha digital. No hay una transición ordenada.

ñ) El sector público está perdiendo a marchas forzadas capacidad ejecutiva viéndose cada vez más obligado a echarse en manos de un sector privado que ve en lo público un nicho de negocio de proporciones incalculables (algo que ya se visualiza con los fondos europeos).

o) La Agenda 2030 sigue sin calar, convertida en un marchamo publicitario (desarrollo sostenible), sin aplicación efectiva. Los ODS son, en buena medida, elementos decorativos. Las instituciones sólidas del ODS 16 se están transformando en instituciones gaseosas. Nadie (o muy pocos) se cree nada: ni la integridad, ni la transparencia, ni la participación.

p) Las Administraciones Públicas son organizaciones del pleistoceno. No se trabaja por proyectos, se dispone de estructuras rígidas e inadaptadas, que nadie quiere tocar. El sector público empresarial sigue siendo, en buena medida, la cueva de Alí Baba de lo público.

q) Las AAPP están perdiendo su (escaso) talento interno por las jubilaciones masivas. Y nadie piensa en cómo rehacerlo. La Administración se descapitaliza a marchas forzadas. Los recursos humanos del sector público son el gran nudo. Irresoluble.

r) El declive del mérito y la capacidad es absoluto en el acceso. Las oposiciones libres son ya casi anecdóticas porcentualmente. Las Ofertas de empleo público, en buena parte mentira. Las RPT instrumentos rígidos y obsoletos.

t) El aplantillamiento automático (sin pruebas reales de acceso) de centenares de miles de plazas fruto de una política populista y demagógica de pretendido combate contra la temporalidad, comportará muy bajos estándares profesionales en las próximas décadas. Se han dado un tiro en la cabeza. Sin conocimiento interno, la dependencia del mercado será total. No puede haber conocimiento (talento) cuando no se exige en el acceso. No se crea por generación espontánea

u) Sigue el reinado absoluto de la libre designación y la aplicación pésima de los sistemas de concurso. Los RRHH del sector público son compartimentos estancos e incomunicados. Es la cañería principal por donde se van los mayores costes de ineficiencia del sector público (también en el docente y sanitario) por incapacidad estratégica y de gestión.

v) Ni hay evaluación del desempeño, ni carrera profesional efectiva, ni Dirección Pública Profesional. Los valores públicos juegan en retirada en un bastardo empleo público, contaminado hasta los tuétanos por la impronta laboral. La función pública (servicio público) ha dejado paso a la centralidad del empleado público, que de forma espuria y perversa se convierte en el centro endógeno de lo público.

x) La ciudadanía (la persona), por tanto, ya no está en el centro de las políticas (solo de boquilla), que se han convertido en endogámicas (garantizar el statu quo y los intereses endógenos y exógenos cruzados). No hay nadie ya que defienda al ciudadano. La digitalización lo hace aún más vulnerable.

y) Un país que es incapaz de promover reformas y transformación si no nos las exige la UE (que siempre procuramos orillar), es un fracaso colectivo. No dispone de visión ni proyecto.

z) El interés general se ha convertido en un eufemismo formal, pues está dando paso a una privatización creciente de lo público, tanto por los partidos políticos, por el sindicalismo del sector público, por un empleo público en zona de confort, así como por las grandes empresas que se benefician de todas las carencias indicadas. Los demás, a pasar por caja.

Final

Quienes sean finos analistas del pasado, presente y futuro del sistema público objetarán al planteamiento anterior muchas limitaciones y una mirada muy cargada de elementos disfuncionales, sin poner el acento en lo positivo. No lo negaré. Tampoco pido que se comparta, sino que sirva de elemento de reflexión. Cada uno es hijo de su pasado y de sus obsesiones. También se objetará que muchas de esas taras detectadas son globales, fruto de una sociedad en proceso de aceleración y descomposición permanente, y con unos retos o desafíos comunes. Esto es verdad, al menos parcialmente, pero en España se multiplican esas patologías por factores endógenos nunca bien analizados. O simplemente preteridos u olvidados.

Ross Douthat, en un libro editado en 2021, ponía el foco en cuatro notas que identificaban a la actual sociedad decadente: estancamiento, esterilidad, esclerosis y repetición. Las cuatro notas se reiteran de forma clara en el caso español y en todos sus ámbitos territoriales de gobierno, si bien en nuestro caso incrementan sus efectos hasta multiplicarse. Y no parece haber absolutamente nadie con capacidad de decisión y liderazgo en el ámbito de lo público que quiera darle la vuelta a este estado de cosas.

Hay, además, un modo de entender lo público enquistado, viejo y dominado por un conjunto de vicios innatos que proceden de la particular concepción de hacer política en España desde tiempos inmemoriales (herencia decimonónica), preñada de clientelismo y pegada a las ubres de los presupuestos públicos como fuente de absorción y reparto “de poder” (ahora incrementada la leche de la vaca con la gestión de fondos europeos, que corre el riesgo de transformarse en un enorme fiasco). Ahí y no en otro sitio están nuestras grandes dolencias. Las de siempre. Las que nadie quiere resolver, porque “siempre se ha hecho así”. El peso de las mentalidades (o de las patologías heredadas) es inmenso. Y ni siquiera las admoniciones permanentes de la UE sirven para mucho. Entran por un oído y salen por otro. Estamos instalados en el reino de la impostura y de la mentira, en el que la mala política abunda cada vez más y la burocracia empieza a dar muestras evidentes de esterilidad, y ambas tendencias se retroalimentan a sí mismas en ese espacio cerrado que es lo público, en plena era de Gobierno Abierto. Nada es como debiera ser, todo son apariencias. Se vive de vender humo. O, en su defecto, de trampear.  Así, hasta que el toldo se derrumbe. Nada es eterno, tampoco los sistemas público-institucionales.

Son las juventudes: reproducción tribuna en EM de Elisa de la Nuez

Este artículo es una reproducción de la tribuna publicada en El Mundo, disponible aquí.

Superado el shock inicial producido por los últimos acontecimientos políticos en España urge hacer unas reflexiones sobre las causas del siniestro del principal partido de la oposición. No me detendré en los detalles, que son de sobra conocidos por unos lectores enganchados a este culebrón político-mediático en el que se suceden los episodios inverosímiles, la entrada y salida de personajes y los cambios abruptos de guión. Lo que me interesa destacar son los problemas estructurales que pone de relieve la crisis interna del PP, una crisis que ha provocado estupefacción y pesadumbre a partes iguales, y no sólo a los votantes y simpatizantes de este partido, sino a cualquier ciudadano responsable y preocupado por el buen funcionamiento de la democracia española. ¿Cómo hemos podido llegar hasta aquí?  Porque de igual manera que la rocambolesca aprobación de la reforma laboral ha puesto de manifiesto con crudeza la degradación de nuestro Parlamento, lo que ha ocurrido en el PP estos días expone con igual crudeza la degradación de esas instituciones esenciales para la democracia liberal representativa que son los partidos políticos.

Hace ya casi diez años que Luis Garicano, Carles Casajuana y Cesar Molinas y yo misma promovimos un manifiesto reclamando reformas profundas en el funcionamiento interno de los partidos políticos españoles: se trataba básicamente de “institucionalizarlos”. Es decir, para mejorar su funcionamiento institucional estableciendo una serie de reglas formales (establecidas estatutariamente y con mecanismos para garantizar su cumplimiento) pero también para dotarles de una cultura de la organización que fuese más allá de las lealtades personalistas a los líderes de turno, a cambio de puestos o cargos.  Entre las medidas que proponíamos estaban los mecanismos para la selección de los líderes, para la selección de los candidatos a las listas electorales, para la celebración de los congresos con fechas prefijadas, para el buen funcionamiento de los órganos de garantía, etc, etc. En definitiva, buscábamos definir unas reglas del juego claras, no modificables por los dirigentes del partido sino a través de los procedimientos de reforma preestablecidos, cuyo cumplimiento estuviera adecuadamente garantizado y que permitieran saber a qué atenerse a los cargos, militantes y simpatizantes.

De esta forma, pensábamos, se minimizarían los riesgos de decisiones erróneas o simplemente arbitrarias pues al mejorar la democracia interna, facilitar los debates de ideas y proyectos, incorporar contrapesos internos, fomentar la transparencia y la rendición de cuentas y la participación de afiliados y simpatizantes se garantizaría un funcionamiento más institucional y menos personalista o de camarillas.  De paso, unos partidos así concebidos podrían convertirse en una escuela de gobernanza para unos políticos que, más temprano o más tarde, acabarían teniendo que gobernar. Como buenos lectores de Acemoglu y Robinson pensábamos (sigo pensando) que para que cualquier organización funcione bien tiene que ser inclusiva, abierta, plural, transparente, meritocrática y  sujeta a las reglas de la sana crítica y a la asunción de responsabilidades.  

No hace falta decir que la reacción de los líderes de los principales partidos ante tanta ingenuidad osciló entre la incomprensión, el susto y las promesas de cara a la galería (literalmente, porque algún líder de entonces las hizo delante de los medios). En realidad, lo único que pusieron en práctica de todo el catálogo de medidas fue el sistema de primarias, que ha demostrado ser un fracaso rotundo y que ha reforzado el personalismo y el caudillismo en los partidos, entre otras cosas porque nunca se abordaron las otras medidas que lo hubieran evitado. Lo que nunca pensaron nuestros partidos políticos es que fuera una buena idea y que quizás con esas reglas podrían conseguir sencillamente que sus organizaciones funcionasen mejor y evitar espectáculos como el que dio el PSOE hace unos años y está dando ahora el PP, por no hablar del suicidio de partidos como C,s, Podemos o el ya olvidado Upyd (aunque quizás más que de suicidio podríamos hablar de asesinatos a manos de sus líderes).

Lo cierto es que con la aparición de los nuevos partidos, Podemos y Ciudadanos, con sus promesas de regeneración tanto interna como externa todos nos olvidamos de que las reformas incrementales y modestas suelen ser más factibles que los cambios revolucionarios.  Muchos creímos que los nuevos partidos eran la gran esperanza para nuestra democracia y que sus jóvenes líderes no iban a incurrir en los mismos errores que sus mayores y que levantarían organizaciones con un funcionamiento muy diferente, ya que no tendrían las hipotecas del pasado. Nos equivocamos radicalmente. Los nuevos partidos no sólo repitieron los errores de funcionamiento interno de los partidos tradicionales, sino que los multiplicaron, convirtieron a sus líderes en intocables, intensificaron el poder de las camarillas, manipularon las reglas del juego y acabaron expulsando o silenciando a los críticos y condenando a sus proyectos políticos al fracaso. Los principales responsables han terminado, por ahora, fuera de la política. Por supuesto, hay otros factores que influyeron en este resultado, pero no dejo de pensar que una acumulación tal de errores garrafales hubiera sido más difícil en un partido con más músculo institucional.

En definitiva, el sistema de partidos no se renovó. Pero la falta o el incumplimiento constante de las reglas del juego es cada vez más preocupante sobre todo cuando se deterioran también las reglas informales, eso que llamamos la cultura de una organización. Estas reglas informales pueden sustituir a veces a las reglas formales (las previstas estatutariamente, para entendernos) aunque lo ideal es que las complementen. Me refiero a cosas tan básicas como supeditar los intereses particulares a los del proyecto político que supuestamente se comparte, acudir a cauces institucionales para resolver los conflictos internos, respetar a los compañeros personalmente (sin que eso quiera decir que no se pueda ejercer una crítica razonable), no utilizar torticeramente medios públicos para propósitos particulares, etc. De hecho, todas y cada una de estas reglas no escritas se han violado estos días por los contrincantes en la batalla interna del PP. A unos les parecerá, según sus preferencias políticas, que las responsabilidades no eran comparables. A mí lo que me interesa destacar es que si se han traspasado todos los límites en la lucha fratricida por el poder orgánico es porque se ha derrumbado tanto las barreras formales como las informales. Y sin que los propios protagonistas se hayan dado cuenta hasta el último minuto que lo que se derrumbaba era el partido.

En ese sentido, creo que el relevo generacional ha empeorado mucho la situación en los partidos políticos. Creo que es muy relevante que los principales protagonistas de esta historia sean personas que han hecho toda su carrera profesional en el mismo partido, transitando desde las juventudes a puestos de máxima responsabilidad sin haber tenido ninguna actividad profesional fuera de la política y sin haber conocido algo parecido a una cultura de la organización. Esto es un problema porque es obvio que cualquier organización que quiera subsistir, desde la más pequeña a la más grande, necesita un mínimo de compromiso con el proyecto, de profesionalidad, de trabajo en equipo, de responsabilidad y, en último término, de capacidad de resolver conflictos de forma civilizada. Por no hablar de ética.

En definitiva, no parece que el “cursus honorum” actual de los partidos políticos sea el idóneo para producir buenos líderes. Si lo que hemos visto ha sorprendido tanto al ciudadano de a pie es, probablemente, porque no es fácil entenderlo sin haber pasado por las juventudes de un partido. Quizás la experiencia más cercana sea integrarse en una secta o una banda juvenil. Es imposible que enfrentamientos planteados en términos de guerras de poder personales puedan acabar bien, incluso si no se acude a métodos mafiosos y chapuceros para acabar con los rivales o los rivales están por encima de toda sospecha de clientelismo, que no parece que sea el caso. Dicho de otra forma, a un partido que quiera no ya prosperar, sino simplemente sobrevivir, le interesa mucho recuperar mecanismos institucionales como los que propusimos hace casi una década. Por su propio interés y por el de la democracia.