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Amicus Curiae ante el CGPJ sobre la proposición de ley de amnistía

El Senado ha acordado requerir al Consejo General del Poder Judicial y al Consejo Fiscal para que informen sobre la Proposición de Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña.

El autor ha presentado escrito ante el CGPJ en el que se desarrollan las tachas de inconstitucionalidad de referida proposición de ley y su incompatibilidad con el Derecho de la Unión Europea, señaladas por la doctrina más solvente, solicitando su toma en consideración.

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Oda a la Cataluña que estorba

Estas semanas se ha consumado la última, entiéndase por ello la más reciente que no la final, “rectificación” del presidente Sánchez respecto de lo defendido hasta la fecha.

El presidente y candidato Sánchez, ya saben la particular dualidad que concurre en su persona, se hartó de repetir que no iba a pactar con los nacionalistas catalanes, que no iba a amnistiar al prófugo Puigdemont y, en definitiva, que no sería presidente a cualquier precio. Mintió. Como con tantas otras cosas antes, nos mintió.

La mentira de la amnistía sin embargo no puede equipararse con ninguna otra. Las recordaran: “no gobernaré con Podemos”, “no indultaré a los presos del procés”, “promoveré la reforma para la elección del CGPJ”, “despolitizaré las instituciones”, etc. Esta última es, por suponer un ataque directo a la separación de poderes, al estado de derecho y a los pilares y valores de cualquier democracia que se precie, la peor de todas.

Buena prueba de ello es el efecto que ha causado en una parte importante del país. No me refiero sólo a los miles de españoles que han salido a manifestarse estas semanas en distintos puntos de nuestra geografía, sino a la movilización y respuesta que ha generado en diferentes instituciones (instituciones del estado, personalidades del mundo de la cultura, empresas, asociaciones cívicas, etc.).

Una muestra lo suficiente grande, plural y transversal como para poder afirmar que existe un consenso amplio que se opone a una medida que a todas luces empobrece nuestra democracia, debilita gravemente nuestras instituciones, nos desautoriza ante la Unión Europea, y además no hace nada por mejorar la convivencia entre españoles.

La amnistía ha copado en estas semanas el foco de la actualidad informativa, y ha sido y será tratada desde todos los puntos de vista: jurídico, político, social, etc. Precisamente por ello, no es este el tema central de esta publicación.

Y es que además de ser la más reciente y grave mentira de Sánchez, la amnistía supone el enésimo abandono del Gobierno de la Nación a la Cataluña no nacionalista. Y de ellos, como de costumbre, parece no acordarse nadie.

Los catalanes que se sienten españoles, que es tanto como decir lo mismo, como recuerda asiduamente Albert Boadella, han vivido durante décadas bajo un sirimiri supremacista que surgía de los poderes públicos y de los medios a su servicio para imponer su dogma. Todo ello con la inestimable colaboración del Gobierno de España de turno.

Así, si bien es el más grave que se recuerda, la amnistía es sólo otro capítulo más del modus operandi propio de una clase política cortoplacista que ha hecho a España cautiva de los nacionalismos periféricos.

De forma sistemática tanto el Partido Popular como el Partido Socialista, han otorgado las llaves de la gobernabilidad de España a los diferentes nacionalismos y regionalismos representados en cortes.

Esta práctica no ha entendido de partidos ni de líderes en tanto en cuanto ha sido asumida de buen grado por todos quienes la han necesitado para procurarse una investidura o unos presupuestos.

Transferencia a transferencia todos los gobiernos nacionales han hecho desaparecer de forma sistemática al Estado en Cataluña al tiempo que dejaban a millones de conciudadanos desamparados, indefensos, y a merced de un nacionalismo que pisoteaba sus derechos mientras practicaba un apartheid de baja intensidad.

Esta política “de la transacción”, “de apaciguamiento” o de “la cesión continuada sin contrapartidas”, que denomina Juan Claudio de Ramón, no solo no resuelve nada, sino que lo empeora todo. Y en eso llevamos más de cuarenta años: intentando saciar a quienes son por naturaleza insaciables.

Cada parcela de poder, cada centímetro o competencia concedida al nacionalismo lo es en detrimento del Estado, puesto al servicio del proyecto nacionalista y utilizado para degradar la vida de quienes no participan de su modelo de sociedad.

Como decía, de ello han participado todos: PP y PSOE, González y Aznar, Zapatero y Rajoy. Todos los que lo han necesitado sin excepción.

Así, Aznar, quien estos últimos años se presenta como salva patrias de última hora no tuvo problema alguno en suscribir en el Pacte del Majestic que certificaba, entre otras, la desaparición de la guardia civil de Cataluña y creación de los Mossos d’Esquadra, el cese del líder del PP catalán, Alejo Vidal-Quadras, quien llevó al PP a su mejor resultado (17 escaños, quien los quisiera ahora), importantes cesiones en materia fiscal, etc.

Pues bien, durante todo ese tiempo, la Cataluña no nacionalista ha sido, por sistema, abandonada por los gobiernos de España.

¿Dónde estaban los Gobiernos cuando no se respetaban las sentencias en materia lingüística? ¿dónde estaban cuando desde la televisión pública se menospreciaba sistemáticamente a parte de la población? ¿dónde estaban cuando desde la Generalitat se amparaba a quienes en las universidades se dedicaban a agredir a estudiantes no nacionalistas? ¿qué hacían para que los catalanes pudiesen disfrutar de su selección campeona del mundo en su casa? ¿Qué hacían para defender a quienes eran multados por no rotular sus negocios en catalán? Nada.

Da la sensación, como apunta Juan López Alegre, que esta parte de la sociedad catalana se ha visto desde los distintos Gobiernos “más como una molestia para poder pactar con el poder nacionalista que como una población a la que defender de las aspiración del nacionalismo”. No anda desencaminado.

Por eso, es de un valor incalculable quienes en estas circunstancias y en el peor momento dieron la cara, alzaron la voz y a un elevado coste personal defendieron sus derechos, y por ende los nuestros.

Me refiero a los hoteleros que sufrieron represalias por hospedar a las fuerzas y cuerpos de seguridad desplazados a Cataluña, a los padres que pelearon porque se cumplieran las resoluciones judiciales y sus hijos pudieran estudiar en castellano, a quienes dieron la batalla por que la bandera de España no dejara de hondear en los balcones de los ayuntamientos de la Cataluña interior, al asociacionismo constitucional: Sociedad Civil Catalana, s’ha Acabat!, Barcelona con la selección y a los millones de ciudadanos anónimos que sin esperar nada a cambio dijeron basta.

Todos ellos son a los que una vez más se ha dejado en la estacada. No solo eso, si no que en esta ocasión se les ha privado de lo que era la victoria más importante: el poder decir que quienes habían liderado el procés eran con todas las de la ley unos delincuentes, unos corruptos y unos fugados de la justicia.

Por eso, en estos momentos duros, a todos vosotros mi agradecimiento, admiración y el recuerdo de las palabras de Felipe VI el 3 de octubre de 2017: no estáis solos, ni lo estaréis; tenéis todo el apoyo y la solidaridad del resto de los españoles.

Por qué España ya está ganando este Mundial de fútbol

Vaya por delante -y con ello no soy nada original- que el actual seleccionador nacional no me resulta especialmente simpático y que el equipo que en los últimos tiempos ha formado y dirige me suscita a partes iguales ilusión y desconfianza. Ilusión, por su juventud, desparpajo y espíritu de grupo; y desconfianza y hasta exasperación, por la obstinación en salir jugando el balón desde la portería para generar nosotros mismos la mayor parte de las ocasiones de peligro que padecemos. También diré que el último partido contra Japón me dejó bastante decepcionado y hasta melancólico.

No obstante, reflexionando sobre lo vivido en ese partido tan extraño, he encontrado unas cuantas razones para sentirme reconfortado e incluso contemplar con optimismo lo que queda de campeonato. Las circunstancias deportivas siguen siendo las mismas. Las virtudes y defectos de nuestro combinado son bastante evidentes, como también lo es que el fútbol es un deporte cada vez más globalizado e igualado y también maravillosamente impredecible. La lógica de la transitividad más elemental nos indica que si A vence a B y B vence a C, entonces A debería derrotar a C. Y sin embargo, en la fase de grupos de este campeonato ha sucedido varias veces que C ha terminado venciendo a A o complicándole mucho la vida. De manera que, visto lo visto, este Mundial lo podría ganar cualquiera, incluida, por supuesto, España.
Pero como yo siempre he visto el deporte como una escuela de vida, en particular el futbol, por lo que tiene de juego de equipo en el que los factores psicológicos y morales y hasta el azar pueden terminar prevaleciendo sobre los factores puramente físicos y técnicos, pienso que nuestra selección y su entrenador nos han dado -quizá muy a su pesar- una buena lección de vida. Para mí ya han ganado bastante de lo que realmente está en juego en un campeonato como este.

En primer lugar, es preciso comentar el asunto del controvertido segundo gol nipón que significó la derrota de nuestro equipo. Como todos, me llevé las manos a la cabeza cuando el VAR decidió que el gol era válido, y más aún cuando vi el video a cámara lenta y las imágenes congeladas del golpeo del balón desde fuera del campo. Pero, reflexionando sobre la explicación de la FIFA, he llegado a entender que, aunque completamente en el límite y quizá sólo por unos milímetros, la decisión fue correcta. En una geometría idealizada como la euclidiana, una esfera colocada sobre una superficie plana sólo toca esta en un único punto, situado precisamente en la vertical del centro de la esfera. Ese punto de contacto de la esfera, es decir, el balón, con el plano, es decir, el césped, se encontraba claramente más allá de la línea de fondo del campo en el momento del golpeo -y eso es lo que todos vimos y causó nuestro asombro-. Pero es posible -y una imagen cenital del lance parece confirmarlo- que en ese momento la línea exterior de la circunferencia que ciñe esa esfera en su sección más ancha todavía intersectaba con la línea de cierre del campo y, por tanto, la pelota reglamentariamente todavía estaba dentro.

Pero lo importante para mí no es esto, sino la reacción y el comentario de nuestro seleccionador. Es verdad que Luis Enrique hizo una observación irónica sobre las imágenes -también engañado por nuestra misma ilusión óptica-, pero lo que fundamentalmente dijo -atención- es que nuestro equipo había entrado en modo colapso y que los japones nos habían hecho dos goles, pero que en ese momento, si lo hubieran necesitado, nos habrían hecho cuatro. Así, tal cual, cuando lo fácil -y hasta estratégico de cara a los futuros encuentros- habría sido cargar contra el árbitro y el VAR, clamar al cielo y hacerse la víctima. Decir que, si ese gol no hubiera sido dado por válido, el discurrir de la segunda parte habría sido, con toda seguridad, muy diferente -sin los japoneses encerrados a cal y canto atrás defendiendo el resultado y con muchos más espacios para los nuestros-. Hay muchos intereses creados en torno al futbol profesional, mucha imagen, mucho prestigio y en definitiva mucho dinero que ganar o perder por pasar o no de ronda, incluso por ser derrotado justa o injustamente. Y cuando uno es el jefe, al que todos adulan o temen, el que acapara el protagonismo y la atención de todo un país, y también un poder omnímodo que le permite decidir discrecionalmente a quién lleva y a quién no, a quién alinea o no para un encuentro, entonces debe de ser bastante difícil reconocer el mérito ajeno y la posibilidad del error propio, y sobre todo, cuando las cosas vienen mal, no victimizarse, ni invocar conspiraciones, ni buscar un enemigo exterior y débil al que responsabilizar de nuestros fallos.

Por eso, en un país como el nuestro, tan falto y necesitado de buenos ejemplos, donde nadie reconoce un error ni se responsabiliza de nada, donde la culpa de todo siempre la tienen los demás, me ha parecido ésta una forma muy ejemplar de encajar una derrota.

Como también me reconforta lo siguiente: el seleccionador y el grupo de jugadores que nos representan como país -sí, puede sonar un poco rancio, pero lo que hace que las competiciones deportivas entre naciones, como ha sucedido desde las Olimpiadas de la Grecia clásica hasta ahora mismo, sean algo especial, es que los ciudadanos nos identificamos de alguna forma con el equipo que luce unos determinados colores, que es, en definitiva, una forma de sentirnos comunidad- nunca especularon con el resultado del partido. Y es que si había un encuentro que se prestaba a la especulación, era éste. Desde el principio, estábamos prácticamente clasificados. Incluso perdiendo con Japón pasábamos a octavos, salvo si se producía alguna de estas dos circunstancias muy poco probables: que Costa Rica derrotase a una Alemania que imperiosamente necesitaba ganar o que Alemania consiguiese en ese encuentro una diferencia a su favor de más de siete goles. En todos los demás casos España pasaba. Ahora bien, si ganábamos o empatábamos con Japón, pasaríamos como primeros de grupo; y si perdíamos este partido, pasaríamos de segundos de grupo, salvo si se daba alguno de los dos improbables resultados indicados en el partido que enfrentaba a los otros dos miembros del grupo. Ahora bien, si, perdiendo con Japón -como terminó sucediendo-, quedábamos segundos del grupo, habríamos conseguido expulsar del campeonato a la siempre temible Alemania, y además eludíamos a Croacia en octavos y a Brasil como previsible rival en cuartos. Por supuesto, no se trataba de jugar a perder desde el principio, por lo que pudiera pasar -de hecho, en un breve lapso de tiempo nos vimos fuera porque Costa Rica se puso por delante en el marcador contra Alemania-, pero cuando las aguas volvieron a su cauce con el empate de Alemania y cuando ésta se adelantó, pero ya sin tiempo material para igualar la goleada nuestra de la primera jornada, era el momento precisamente de especular. Y sin embargo, aunque fuera sin mucho acierto, nuestros jugadores continuaron sitiando la portería japonesa e incluso estuvieron muy cerca de marcar en las dos mejores ocasiones de la segunda parte (un tiro con mucha intención de Asensio cuyo rechace casi caza Fran Torres, y una estupenda pared en el área que dejó a Olmo frente al portero nipón). O sea, que hasta el mismo final estuvimos buscando con denuedo el empate que nos condenaba a ser primeros de grupo y mantenía con vida a Alemania. El mismo Luis Enrique afirmó en sus declaraciones al finalizar el encuentro -y no parece que estuviese mintiendo- que no llegó a enterarse de que durante unos minutos estuvimos fuera del campeonato. Luego no parece que estuviera muy atento a lo que sucedía en el otro partido, y eso para mí le honra.

Y es que esto de respetar la ética deportiva, el espíritu de la competición, el afán por hacer lo mejor posible la tarea que uno tiene encomendada -sin estar pendiente de lo que hacen o no hacen los demás, sin cálculos, apaños o enjuagues oportunistas- me parece también encomiable y ejemplar. Y también sé que -y no sólo por justicia poética- estas actitudes suelen tener recompensa, al final son la mejor forma de llegar al éxito, como equipo en una competición deportiva, pero también como sociedad y como país.

Y por último, me quedo con las imágenes inmediatas al final del partido. Los jugadores japoneses enfervorizados y exultantes y los nuestros cabizbajos, casi avergonzados. ¡Pero si nos acabábamos de clasificar para octavos! Habíamos superado la siempre temida y muchas veces frustrante fase de grupos. Que les preguntaran a los jugadores alemanes y a sus seguidores cómo se sentían en ese momento. Nosotros teníamos por delante cinco días más para seguir soñando y noventa minutos para empezar otra vez desde cero y demostrar lo que somos. Y sin embargo, estaban desolados, porque habían perdido un partido que parecía que teníamos ganado, porque habían ido de más a menos, porque no habían quedado primeros del grupo, porque habían dado muy mala imagen en esos minutos de caos, porque no habían estado a la altura de las expectativas generadas. Ellos no querían simplemente pasar a octavos. No era una cuestión de pasar por pasar. Querían seguir haciéndonos creer que aspiraban a lo máximo. A ser los mejores del campeonato en todos los partidos.

Pues, muy bien. De eso también se trata. De ser magnánimos. De quedarse insatisfecho con uno mismo. De no ser conformista, sino de aspirar siempre a lo mejor, a la excelencia. De no bajar el listón, ni en el deporte ni en otras muchas otras cosas (algo sobre lo que debería reflexionar algún que otro ministro/a de educación).

Y esa actitud es la que ahora me hace confiar en ellos, tener la seguridad de que ante Marruecos volveremos a dar nuestra mejor imagen.

Pero, eso sí, por favor, que dejen de jugar siempre al límite con nuestro portero.

El mito de la república

El reciente 90 aniversario de la segunda república española ha puesto de relieve, nuevamente, la enorme vigencia en el imaginario político colectivo en general y en el de los partidos políticos de izquierda en particular del mito de “la república” (en concreto, de la segunda, pues del interesantísimo experimento de la primera nadie parece acordarse).

Como todos los buenos mitos, el de la república española como parangón democrático es refractario a los hechos -que cualquiera con una mínima inquietud por la historia puede conocer gracias a la enorme cantidad de bibliografía nacional y extranjera disponible- y también al paso del tiempo. Al contrario, parece que con el paso del tiempo el mito está cada vez más vivo. Honramos a los hombres y mujeres políticos de la segunda república o les dedicamos calles y homenajes con un entusiasmo que ya agradecerían personajes de nuestra historia más reciente -algunos de ellos todavía vivos- que, además de luchar por la libertad, la justicia y la igualdad, tuvieron bastante más éxito que sus predecesores. Me estoy refiriendo, claro está, a los hombres y mujeres que hicieron posible la Transición Española. Con la reciente excepción de la redenominación del aeropuerto de Madrid-Barajas en honor de Adolfo Suarez, la diferencia me llama mucho la atención.

Quizás el problema es que ninguna democracia real -pasada, presente o futura- puede soportar la comparación con la idea platónica de república construida por estos lares en torno a la segunda república por motivos básicamente políticos. Lo mismo que un amor real, con todas sus imperfecciones, no puede suportar la comparación con un amor platónico. Sin embargo, creo que pocos de nosotros, una vez alcanzada la mayoría de edad, elegiríamos lo segundo sobre lo primero. Y lo cierto es que la democracia construida en 1978 tiene muchas imperfecciones, sin duda, pero tiene también la enorme ventaja de ser real y tangible, de poder ser medida en los “rankings” de calidad democrática (en los que España es una democracia completa, una “full democracy”) y de haber perdurado hasta hoy y esperemos que por mucho más tiempo. No tengo ninguna duda de que muchos de los constructores de la segunda república envidiarían y admirarían esta historia de éxito construida con el talento, la generosidad y el esfuerzo de las siguientes generaciones.

Por tanto, quizás deberíamos madurar un poco como ciudadanos y ser más conscientes de la democracia real que disfrutamos y de nuestra obligación de conservarla y mejorarla para las siguientes generaciones. Para empezar, podríamos abandonar la maniquea contraposición entre república (buena) y monarquía (mala) instalada en el imaginario nacionalista y en parte de la izquierda española que no responde a la evidencia empírica que manejan desde organizaciones como Freedom House al Instituto de la calidad del gobierno de la Universidad de Gotemburgo en Suecia y que colocan sistemáticamente a las monarquías nórdicas entre los países con mayor libertad y democracia. Y es que en una democracia moderna la forma de la jefatura de Estado determina poco la mucha o poca calidad democrática de un país, en la medida en que lo esencial son las instituciones democráticas, los contrapesos al poder y el Estado de Derecho y no si la Jefatura del Estado es o no electiva. En definitiva, una monarquía puede ser tremendamente despótica, como en Arabia Saudí, o ser un modelo de democracia, como en Noruega. Exactamente lo mismo que una república; repúblicas son tanto Alemania como Corea del Norte.

Pero lo más importante es que nos comprometamos todos, empezando por los políticos y terminando por los ciudadanos de a pie, con nuestra actual imperfecta democracia porque es la única que tenemos y porque, nos como demuestra la historia, cualquier democracia puede desaparecer. Esto no quiere decir que no sea criticable, reformable o mejorable; lo es y mucho, pero lo que no es sensato es compararla o medirla en relación a algo que nunca existió y que nunca existirá, al menos mientras las democracias las construyan hombres y mujeres de carne y hueso. Dejémonos de mitos infantiles y pongamos manos a la obra.

 

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Pablo Iglesias y la democracia imperfecta

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Las últimas (por ahora) incendiarias declaraciones del Vicepresidente Segundo del Gobierno de España se refieren a la defectuosa calidad de la democracia en España, en línea con las críticas que se suelen hacer desde el independentismo catalán o vasco, en la que se equipara a España con Turquía, Marruecos o cualquier otro país no precisamente conocido por su impecable trayectoria democrática.

El vicepresidente segundo es, como buen populista, alérgico a la evidencia empírica que contradiga sus intuiciones o sus intuiciones. Pero la evidencia disponible sitúa a España como una de las pocas democracias plenas del mundo, si bien es cierto que, en el reciente índice de la prestigiosa revista “The Economist”, España desciende del puesto 18 al 22, aunque manteniendo una nota bastante similar a la de otros años (8,12 puntos sobre 10). En otros índices similares la posición suele ser similar.

Para hacerse una idea, Noruega que es la mejor democracia del mundo según esta clasificación, tiene un 9,81 sobre 10 y los países con menos de 8 puntos son considerados democracias imperfectas o no plenas, estando entre ellas Estados Unidos, Italia o Francia. En cuanto a Turquía o Marruecos, son considerados regímenes híbridos, es decir, ni siquiera democracias imperfectas.  Dicho de otra forma, para The Economist y para otros índices internacionales, Franquistán o Españistán se parece mucho, en cuanto a calidad democrática, a Alemania y al Reino Unido.

Dicho lo anterior, se puede coincidir con el Vicepresidente en algo: la democracia en España puede y debe mejorar. Entre otras cosas, porque una democracia perfecta no existe; ni siquiera Noruega lo es. Como tantas otras cosas, la democracia representativa liberal es un ideal aspiracional; la realidad siempre se queda por debajo. Pero lo importante, para los políticos y para los ciudadanos, es la voluntad de acercarse lo más posible a ese modelo ideal. Y, sinceramente, si atendemos a los hechos y no a las palabras -algo que recomiendo vivamente-, ni los separatistas ni el vicepresidente Iglesias parecen estar muy empeñados en mejorar la calidad democrática española, más bien al contrario.

Empecemos por lo obvio: el respeto al Estado de Derecho y a la ley, que en una democracia no es un capricho del líder supremo o del caudillo de turno, sino expresión de la voluntad general encarnada en el Parlamento en el que reside la soberanía popular. Cuando los líderes independentistas un día sí y otro también manifiestan su desprecio por la ley y su convencimiento de estar por encima de ella están encarnando el populismo iliberal propio de Kaczyński en Polonia o de Orban en Hungría. Cuando alientan teorías conspiratorias y denuncian como “fake news” cualquier información que no les gusta, están emulando a Trump. Cuando intentan acabar con la separación de poderes, hacen lo mismo que Bolsonaro. Cuando acaban o pretenden acabar con la neutralidad institucional y controlar los medios de comunicación, se diferencian bien poco de Erdogan. Y podríamos seguir y seguir.

Por eso me temo que las declaraciones incendiarias de Pablo Iglesias sobre presos políticos o sobre mala calidad de la democracia española no son el producto de un cálculo electoral, como ha sugerido piadosamente alguna Ministra, sino que son el producto de una visión profundamente iliberal de la democracia, tampoco tan sorprendente desde su posición ideológica. Es una visión en la que el fin justifica los medios y en la que se pretende que la sociedad plural actualmente existente se amolde, utilizando todas las herramientas que sea preciso, a una ideal república en la que solo haya una forma de ser catalán o español, o polaco, o húngaro o americano aceptable. Una auténtica amenaza para los que defendemos una sociedad abierta, plural, inclusiva y la convivencia fructífera de todas nuestras identidades.

Por eso, para los que si estamos interesados de verdad en mejorar la calidad de la democracia española el camino es muy distinto. Pasa por la crítica de lo que funciona mal, faltaría más, ya se trate de la corrupción en la financiación de los partidos políticos o de los problemas de la libertad de expresión o de la politización de la Justicia o de las instituciones. Pero sobre todo pasa porque la crítica sea coherente, sea responsable, sea ética y sea constructiva. En definitiva, necesitamos políticos que de verdad quieran subir de nuestra nota actual de 8, 12 a la más alta posible. Sinceramente, no parece que ni el vicepresidente ni los líderes independentistas tengan el menor interés en ello.

Sobre el Delcygate: realmente, ¿es así de seria la política exterior de la UE?

Según la doctrina oficial de la Unión Europea, respecto a la aplicación de la “Política exterior y de seguridad de la Unión Europea” (PESC), “que abarca todos los ámbitos de la política exterior y todas las cuestiones relacionadas con la seguridad de la Unión Europea (UE)”:

  • La PESC es aplicada por el Alto Representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.
  • El Alto Representante recibe ayuda del cuerpo diplomático de la UE, el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE).
  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea no tiene jurisdicción en el ámbito de la PESC (artículo 24 del Tratado de la Unión Europea –TUE-), excepto: cuando se revisa la legalidad de las medidas restrictivas (por ejemplo, las sanciones) adoptadas por la UE contra personas físicas o jurídicas; cuando se supervisa la aplicación de la PESC por parte de las instituciones de la UE”.

Sobre el denominado “Delcygate” (incumplimiento de la ejecución de las sanciones de la UE impuestas a miembros del Gobierno venezolano), el Servicio Europeo de Acción Exterior ha informado de que:

“Por lo que se refiere a las medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Venezuela, la prohibición de viajar, a propuesta del alto representante, se establece únicamente en la Decisión (PESC) 2017/2074 del Consejo, que es vinculante para los Estados miembros. Por consiguiente, los Estados miembros están obligados a adoptar las medidas necesarias para impedir la entrada o el tránsito en su territorio de las personas sujetas a las medidas restrictivas enumeradas en el anexo I de la Decisión (PESC) 2017/2074 del Consejo.

Puesto que la Comisión solo puede incoar un procedimiento de infracción por posibles incumplimientos de las sanciones establecidas en Reglamentos y la prohibición de viajar no figura en el Reglamento (UE) 2017/2063 del Consejo, la cuestión de si la Comisión podría incoar tal procedimiento de infracción no es pertinente en este caso.

El alto representante no está facultado para efectuar una investigación de posibles infracciones de las sanciones de la UE establecidas en las Decisiones del Consejo. No obstante, es responsable de garantizar la coherencia de la Política Exterior y de Seguridad Común de la UE y, como tal, puede plantear reservas directamente a los Estados miembros o en el Consejo. A este respecto, el Servicio Europeo de Acción Exterior, en consulta con la Comisión si procede, se mantiene directamente en contacto con los Estados miembros de la UE para solicitar información sobre presuntas vulneraciones de las sanciones y sus esfuerzos de seguimiento o investigación”.

Se solicita acceso, al amparo del “Reglamento (CE) n° 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión”, en los siguientes términos: “Todo documento remitido al Gobierno español (y contestaciones de éste) por la Comisión, el Servicio Europeo de Acción Exterior o el Alto Representante, en su función de control, sobre la presunta vulneración por España de la Decisión (PESC) 2017/2074 del Consejo. Y cualquier otro documento intercambiado con las demás instituciones UE” (“Delcygate”).

Por el Servicio Europeo de Acción Exterior se remite un e-mail del SEAE de 24 de enero de 2020 a alguien del Ministerio de Asuntos Exteriores español, en el que sucintamente y en “plan de amiguetes” se le dice que (el SEAE) hemos recibido varias preguntas sobre el viaje de Delcy Rodríguez a España, solicitando más información o una llamada telefónica:

“I tried to call you but understand that you are in meetings all day. Just in case you are checking your e-mail, we have received several questions on the travel of Delcy Eloina Rodriguez G6mez to Spain. lf you would have further information and you would be in the position to give me a call, that would be much appreciated”.  Algo así como (en traducción libre): eh, tío, estamos recibiendo varias preguntas sobre el viaje de Delcy Rodríguez, si tienes más información y puedes llamarme, te lo agradecería.

No se adjunta ningún escrito de respuesta del Gobierno español y se adjuntan lo que parecen ser unas respuestas a preguntas realizadas en sesión de control al Gobierno en el Congreso de los Diputados y un ejemplar del Diario de sesiones del Congreso de los Diputados relativo a la sesión plenaria del 12 de febrero de 2020.

Dado que cuesta creer que en un asunto tan importante y serio, relativo al incumplimiento de la Decisión (PESC) 2017/2074 del Consejo, la Comisión Europea o el SEAE hayan limitado su actuación de control a lo que consta en los documentos aportados, que por lo demás y en lo que se refiere a los referidos a la actividad del Congreso de los Diputados son de acceso público a través de la web del Parlamento español, se insta solicitud confirmatoria (revisión de la resolución de acceso) y el SEAE contesta que a raíz de la solicitud inicial de acceso se contactó a las divisiones SEAE relevantes para identificar documentos dentro del alcance de la solicitud, así como al Gabinete del Alto Representante para preguntar si tenían documentos que coincidan con la solicitud. Sin embargo, no fueron capaces de identificar cualquier otro documento que coincida con la solicitud. Después de la solicitud confirmatoria, se contactó nuevamente con la División SEAE pertinente y se le pidió que verificara si otros documentos relacionados podrían identificarse en su sistema de archivo. Sin embargo, según el SEAE, no hay otros documentos que corresponden a la solicitud.

De ser así, parece que, ante hechos tan graves, no se ha hecho nada útil a fin de hacer cumplir las decisiones adoptadas en el seno de la UE. Según esta información (https://www.elmundo.es/espana/2020/06/18/5eea6afbfdddff55938b4663.html), el Ministerio del Interior tenía un “conocimiento previo” de la visita de la mano derecha de Nicolás Maduro a España el pasado mes de enero. Asimismo, apunta que Rodríguez “llegó incluso a haber programado varias citas con distintas personalidades de nuestro país en los días sucesivos a su llegada, pretendiendo permanecer en Madrid”.

Con estos resultados, es mejor no tener ni política exterior común ni “alto” representante.

Análisis de la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: el primer gran varapalo de la justicia europea al procés

El pasado 28 de mayo, conocimos que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) había acordado, por unanimidad, inadmitir la demanda presentada contra España por la ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y otros 75 diputados independentistas del Parlament de Cataluña, contra la decisión del Tribunal Constitucional de suspender el pleno del 9 de octubre de 2017.

Hay que recordar que dicho pleno fue convocado por la Mesa, el 4-10-2017, a petición de Junts pel Sí y la Cup, con el objetivo de que el presidente de la Generalitat por aquel entonces, Carles Puigdemont, evaluase los resultados obtenidos en el referéndum ilegal del 1 de octubre y sus efectos, de conformidad con el artículo 4.4 de la Ley 19/2017, conocida como “Ley del referéndum”.

El mismo 4 de octubre, el acuerdo de convocatoria fue recurrido en amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) por los diputados parlamentarios del PSC, solicitando como medida cautelar su suspensión, alegando, principalmente, que suponían una violación de su derecho a ejercer sus funciones públicas sin interrupciones (garantizada por el art. 23 CE) y que la celebración de una sesión dirigida a la declaración de independencia de Cataluña estaba en contra de la suspensión otorgada por el Tribunal Constitucional contra las Leyes 19/2017 y 20/2017 (conocida como “Ley de transitoriedad jurídica”).

Al día siguiente, el 5-10-2017, el TC admitió a trámite el recurso de amparo, apreciando que concurría en el mismo una especial trascendencia constitucional, suspendiendo cautelarmente el pleno del 9 de octubre. Además, en el mismo Auto, el TC acordó notificar personalmente dicha resolución a todos los miembros de la Mesa, advirtiéndoles “de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada y apercibirles de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en las que pudieran incurrir en caso de no atender este requerimiento”.

Pues bien, los mencionados diputados interpusieron una demanda ante el TEDH denunciando que con esa decisión, España había violado su derecho a la libertad de expresión y a la libertad de reunión, mencionando los artículos 10 y 11 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, además del artículo 3 del Protocolo nº 1 anexo al Convenio, al impedir expresar la voluntad de los votantes que participaron en el referéndum del 1-O, además de argüir que no había una base legal, clara y precisa para que el TS prohibiese la reunión del Parlament.

En su resolución del pasado martes 28, el TEDH, empieza recordando que “el derecho a la libertad de reunión es un derecho fundamental en una sociedad democrática y, siguiendo el ejemplo del derecho a la libertad de expresión, […] no debe ser objeto de una interpretación restrictiva”.

En el presente caso, el TEDH considera que sí que hubo una injerencia contra el referido derecho de reunión, si bien procede analizar si estaba prevista en la ley y si era una medida necesaria en una sociedad democrática, de conformidad con lo establecido por el apartado 2º del artículo 11, que dice: “El ejercicio de estos derechos no podrá ser objeto de otras restricciones que aquellas que, previstas por la ley, constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad nacional, la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, o la protección de los derechos y libertades ajenos“.

A la hora de realizar dicho análisis, el Tribunal Europeo califica como adecuada la decisión del TC de suspender el pleno, para poder garantizar la protección de los derechos de los diputados en minoría, ante posibles abusos de la mayoría. A lo que añade que “la suspensión tenía varios objetivos legítimos enumerados en el artículo 11, incluyendo el mantenimiento de la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de los demás”. A este respecto, menciona los casos de Herri Batasuna y Batasuna contra España, resoluciones números 25803/04 y 25817/04, en los que se dio la razón a nuestro país en la ilegalización de estos dos partidos por parte del TS y el TC, considerándola una “necesidad social imperiosa”.

El TEDH también valora la decisión de la Mesa de acordar la celebración del pleno como un incumplimiento a las resoluciones del propio TC, que había previamente suspendido las leyes 19/2017 y 20/2017. Además de recordar que “un partido político puede hacer campaña a favor de un cambio en la legislación o en las estructuras jurídicas o constitucionales del Estado, siempre que utilice medios legales y democráticos y proponga un cambio compatible con los principios democráticos fundamentales, considerando fundamental que se respeten los derechos de las minorías parlamentarias. Siendo, quizás, ésta una de las afirmaciones claves de la resolución.

Concluye el análisis determinando que “la suspensión de la sesión plenaria era “necesaria en una sociedad democrática“, incluyendo el mantenimiento de la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de los demás”, siendo conforme con las causas del propio artículo 11. Haciéndose eco de que, además, al día siguiente (10-10-2017), se produjo el pleno en el que el Sr. Puigdemont “declaró la independencia de Cataluña, posteriormente dejada sin eficacia jurídica por el propio Parlamento”.

Como consecuencia de lo anterior, el Tribunal inadmite en lo referente a la supuesta infracción del artículo 11, la demanda presentada por los diputados independentistas, en base a los artículos 33.3º y 4º de la Convención, por estar manifiestamente mal fundada.

En segundo término, entra a valorar si con esa decisión se produjo una vulneración del Derecho a elecciones libres,  recogido en el artículo 3 del Protocolo nº 1 (“Las Altas Partes Contratantes se comprometen a organizar, a intervalos razonables, elecciones libres con escrutinio secreto, en condiciones que garanticen la libre expresión de la opinión del pueblo en la elección del cuerpo legislativo”), segundo de los artículos adverados como infringidos por los demandantes, el cual tampoco acoge el Tribunal.

Al respecto el TEDH indica que la expresión “cuerpo legislativo”, “debe interpretarse de acuerdo con la estructura constitucional del Estado en cuestión”. Se vuelve a insistir por el Tribunal de Derechos Humanos en que el pleno suspendido tenía como objetivo aplicar lo dispuesto en la Ley del referéndum, en concreto, en el artículo 4.4º, que había sido previamente suspendida, por lo que la decisión de convocarlo por la Mesa supuso “un incumplimiento manifiesto de las decisiones del Tribunal superior, que estaban destinados a proteger el orden constitucional”. Inadmitiendo también la demanda en lo referente a este artículo.

Por último, los demandantes también invocaron una posible vulneración del artículo 6 de la Convención, del derecho a un proceso equitativo, alegando que ni ellos, ni el Parlament pudieron acceder a un tribunal para hacer valer sus derechos.

El Tribunal también rechaza este argumento, entendiendo que esta queja no está desarrollada, recordando, además, que el Parlament de Cataluña fue parte en el procedimiento de amparo que dio lugar a la sentencia del TC del 26 de abril de 2018, en la cual, recordemos, que se estimó el recurso de amparo presentado por los diputados del PSC, concluyendo en su sentencia el Constitucional que se había “vulnerado su derecho a ejercer las funciones representativas con los requisitos que señalan las leyes (art. 23.2 CE), que se encuentra en conexión con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes (art. 23.1 CE)”. Por lo que, nuevamente, el TEDH inadmite también la demanda en lo referente a la infracción de este artículo, por estar manifiestamente mal fundado.

Esta resolución supone un varapalo importante para la causa independentista, más allá de por declarar válida la suspensión del pleno del 9 de octubre, por las valoraciones que hace el TEDH sobre el referéndum del 1-O y el orden constitucional español, así como la insistencia en la obligación de respetar las decisiones judiciales, en este caso, del Tribunal Constitucional, como máximo órgano jurisdiccional del Estado y en la imposibilidad de cambiar las normas saltándose los procedimientos legales establecidos.

Asimismo, es muy relevante porque los políticos independentistas tenían muchas esperanzas puestas en este Tribunal, sobre todo, de cara a un posible recurso de la sentencia del juicio que estos días está concluyendo en el Tribunal Supremo, en el caso de que procesados sean condenados. Por lo que esta decisión refuerza a los tribunales españoles, tan necesitados como lo estaban de cierto apoyo de los órganos jurisdiccional extranjeros, tras toda la polémicas desatada a raíz de las euro-órdenes en los últimos meses.

 

Imagen: Confilegal

¿Presos políticos?

Durante las últimas semanas, los líderes del bloque secesionista, con la colaboración de Unidos Podemos a nivel nacional (entre otros), han tratado continuamente de incorporar la expresión “presos políticos”  al lenguaje político cotidiano. Este discurso repetitivo, que comenzó con el ingreso en prisión preventiva de Jordi Sánchez (presidente de ANC), y Jordi Cuixart (presidente de Òmnium Cultural), ha terminado instándose definitivamente después que la juez Lamela ordenase la semana pasada el ingreso en prisión de los ocho exconsellers de la Generalitat que no han huido de España.

En la época de los tweets (y retweets), los memes virales y los discursos políticos low cost, los principios goebbelianos son más efectivos de lo que nunca antes habían sido. Y la famosa frase atribuida al ministro de propaganda de la Alemania nazi –si una mentira se repite suficientemente, acaba por convertirse en verdad-, constituye hoy el motor de una buena parte del discurso político. Por tanto, aún confiando en que la inmensa mayoría de los ciudadanos de este país cuentan con la madurez y lucidez suficientes para descartar la idea de que Oriol Junqueras pueda ser un preso político, no está de más aclarar la cuestión.

Lo primero que conviene tener claro es la definición de preso político. Según la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (ver aquí la Resolución 1900), para que persona privada de su libertad personal pueda ser considerada como un preso político debe concurrir alguna de las siguientes circunstancias: (i) que la detención haya sido impuesta en violación de una de las garantías fundamentales establecidas en el Convenio Europeo de Derechos Humanos; (ii) que la detención se haya impuesto por motivos puramente políticos sin relación con ningún delito; (iii) que por motivos políticos, la duración de la detención o sus condiciones sean manifiestamente desproporcionadas con respecto del delito del que la persona ha sido declarada culpable o de la que se sospecha; (iv) que por motivos políticos, la detención se produzca de manera discriminatoria en comparación con otras personas; (v) o, por último, que la detención sea el resultado de un procedimiento claramente irregular y que esto parezca estar conectado con motivos políticos de las autoridades.

Los cinco supuestos a los que se refiere la Asamblea tienen un denominador común: la privación de libertad, las circunstancias en que tiene lugar o la ausencia de garantías, deben tener su origen en motivos políticos. Y desde luego, analizando el supuesto concreto que nos ocupa, no se da ningún elemento –ni objetivo ni subjetivo- que pueda llevarnos a pensar que en España existan presos políticos. Lo que sí hay, como algunos han apuntado de manera muy elocuente, son “políticos presos” (ver aquí o aquí), porque aquí, desde luego, el orden de los factores sí altera el producto.

En primer lugar, debemos tener en cuenta que todos los exconsellers que acaban de ingresar en prisión preventiva –y también los Jordisestán siendo investigados por la posible comisión de delitos específicamente tipificados en nuestro Código Penal. Y no está de más recordar que esta norma no es fruto del capricho de un estado opresor, sino que fue democráticamente aprobada por las Cortes mediante la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, y modificada posteriormente en varias ocasiones, con las mayorías previstas en el artículo 81 de la Constitución.

Centrándonos en el delito más grave de los que se imputan a los miembros cesados del gobierno catalán (el delito de rebelión), veamos la redacción del tipo penal (art. 472): Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes: 1. º Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución. […] 5. º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional” (art. 472). Es fácil observar que el tipo penal se refiere única y exclusivamente a hechos, pero en ningún caso a la ideología u orientación política de la persona que pudiera llevar a cabo los mismos. Por tanto, ninguna relación existe entre el delito de rebelión y el ejercicio de derechos fundamentales de contenido político, tales como la libertad de pensamiento, conciencia y religión, la libertad de expresión e información o la libertad de reunión y asociación. Y lo mismo podemos decir respecto de los demás tipos penales en liza: sedición, malversación y otros delitos conexos.

Si viajamos en el tiempo a una época de nuestra historia recordada de manera constante (casi obsesiva) por los mismos que hoy se rasgan las vestiduras por el ingreso en prisión preventiva de los líderes separatistas, encontramos un claro ejemplo de norma cuya aplicación podía conllevar –y de hecho conllevó- la existencia de presos políticos. Me refiero a la la Ley de Responsabilidades Políticas, de 9 de febrero de 1939 (ver aquí), en la que se declaraban “fuera de la Ley” una serie de partidos y agrupaciones políticas (entre otros, Esquerra Catalana, Partido Socialista Unificado de Cataluña o el Partido Socialista Unificado de Cataluña), se declaraban “responsables políticos” a quienes hubieran desempeñado cargos directivos y se preveían determinadas sanciones, incluidas las limitativas de la libertad de residencia (extrañamiento, confinamiento, destierro o relegación a las Posesiones africanas).

Pablo Iglesias nació en el año 1978 (como nuestra Constitución), Irene Montero en 1988 y el célebre Gabriel Rufián en 1982. Yo soy el más joven (nací en 1989), y afortunadamente, los cuatro hemos tenido la suerte de nacer en un Estado social y democrático de Derecho. Hemos tenido la oportunidad de pensar y expresar nuestras opiniones de manera libre, militar en el partido político que tuviéramos por conveniente y, en definitiva, ejercer nuestros derechos políticos en el más amplio sentido del término. Por tanto, seamos sensatos y mínimamente rigurosos en el análisis.    

En segundo lugar, conviene aclarar que los investigados que ha ingresado en prisión provisional lo han hecho en virtud de un auto dictado por un juez independiente, imparcial y predeterminado por la Ley. Si alguien pudiera tener alguna duda sobre este extremo, le animo a lea las 19 páginas del Auto dictado la semana pasada por la juez Lamela (descargar aquí), para comprobar que no existe, entre los numerosos argumentos esgrimidos por el órgano judicial, ni una sola referencia a las ideas políticas o a la forma de pensar de los investigados.

Y ni que decir tiene que a pesar de que los investigados puedan estar o no de acuerdo con la resolución judicial que les ha conducido a prisión, lo cierto es que todos ellos han dispuesto y disponen de todas las garantías que nuestra Constitución les reconoce (presunción de inocencia, utilización de los medios de prueba para su defensa, derecho a no declarar contra sí mismos y a no declararse culpables) y por supuesto, tendrán la opción de recurrir la resolución ante el órgano judicial que corresponda, en el legítimo ejercicio de su derecho de defensa y conforme a lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Cuestión distinta es la opinión que las resoluciones judiciales puedan merecernos desde un punto de vista técnico-jurídico, pues aunque éstas deban ser acatadas en modo alguno están exentas de crítica. De hecho, en este blog se han publicado tanto opiniones favorables a la prisión preventiva de los Jordis y la libertad provisional de Josep Lluis Trapero (ver aquí), como opiniones contrarias al auto que ordenó la entrada en prisión preventiva de los exconsellers de la Generalitat (ver aquí). Incluso hemos llegado a plantearnos –yendo más allá del criterio de la Fiscalía- la posible responsabilidad penal de los 72 diputados que votaron a favor o se abstuvieron en la votación secreta que tuvo lugar el pasado 27 de octubre en el Parlament (ver aquí).

Como sobradamente conocen los lectores del blog, nuestro Estado de Derecho adolece de múltiples defectos en su funcionamiento. El sistema es manifiestamente mejorable. De hecho, si todo fuera perfecto y nada hubiera que objetar respecto de nuestras Instituciones, Hay Derecho ni tan siquiera existiría. Pero una cosa es opinar a favor o en contra de una resolución judicial, desde un punto de vista jurídico, y otra muy distinta es cometer la enorme irresponsabilidad de negarle toda bondad al sistema en su conjunto. Con esto quiero decir que, aun en el caso de que el auto de la juez Lamela se hubiera equivocado en sus razonamientos jurídicos, esto no significaría que los investigados hubieran ingresado en prisión por motivos políticos. A día de hoy, no existe ningún dato o evidencia que nos permita concluir que las condiciones de la detención hayan sido manifiestamente desproporcionadas, que haya habido discriminación en comparación con casos similares o que en el procedimiento seguido no se hayan respetado las garantías y derechos de los investigados.

Por último, resulta significativo que los ingresos en prisión hayan llegado en el momento más inoportuno desde un punto de vista político, y probablemente, en el peor momento posible para los intereses electorales del partido de gobierno, y a la postre, del bloque constitucionalista. Como señalaba Victoria Prego el pasado día 2, es más que probable que esta decisión judicial “encienda los ánimos de los soberanistas y complique mucho el desarrollo de la campaña” (ver aquí). Y en esta misma línea se situaba el contundente Editorial de El País del día 3, apuntando que “la contundencia de la justicia, paradójicamente, favorece a la causa independentista en su lógica victimista” (ver aquí). Desde luego, el tempo que está siguiendo por el Poder Judicial, en clara contraposición a los intereses del Gobierno, conduce igualmente a desechar la teoría de la conspiración.

A pesar de todo, que nadie tenga la menor duda de que los tres representantes electos a los que me refería antes seguirán repitiendo hasta la saciedad que en España hay “presos políticos”, quizás por negligencia o tal vez de manera dolosa, es decir, tratando deliberadamente de difundir una afirmación objetivamente falsa y sin ningún fundamento. Las consecuencias electorales de esta forma de proceder están por ver, pero el daño a las Instituciones es incalculable. Mientras tanto, desde las páginas de este blog seguiremos defendiendo el Estado de Derecho, desde la imparcialidad, independencia y rigor que se nos exigen cada día.

El pasado 8 de octubre, Josep Borrell pronunció en su ovacionado discurso (ver aquí) una frase que para muchos ha pasado inadvertida, pero de un inmenso y profundo significado. Ante los gritos de “Puigdemont, a prisión”, el expresidente del Parlamento Europeo exclamó: “No gritéis como las turbas en el circo romano, a prisión van las personas que dice el juez que tienen que ir”. Pues eso, lo que sirve para unos sirve para otros: que tomen nota los que estos días se dedican a pedir repetidamente la liberación de los “presos políticos”.

 

*Rectificación: el post ha sido modificado en su párrafo 8º, a fin de eliminar cualquier referencia a Alberto Garzón, Diputado del Grupo Parlamentario de Unidos Podemos. 

Humillados y ofendidos (7 pasos para evitar partir España)

En su famosa novela “Humillados y ofendidos”, Fiódor Dostoyevski expone la trágica situación de unos personajes que, pese a la penosa injusticia de que la sociedad les hace acreedores, resisten los embates de la vida con amor, pacifismo y admirable sacrificio. Muchos pensarán que ésta pretende ser una analogía con el llamado poble català, pero no: los que nos sentimos humillados y ofendidos somos los españoles, no a causa de los catalanes, sino del movimiento independentista y, muy especialmente, del Govern, su principal instigador, y, en segunda instancia (aquí el orden es muy importante), del Gobierno, su cómplice por omisión.

Seamos claros: España es una nación envidiada por la enorme mayoría de países del mundo. En casi todos los sentidos. Aquí no hay represión, dictadura, odio, ni una conspiración política para cargar sobre Cataluña el peso del sistema fiscal. Al contrario, éste es un país con una democracia bien consolidada y una sociedad enormemente tolerante con la diversidad. Hasta tal punto es tolerante, de hecho, que ha acabado albergando un movimiento que desafía frontalmente todos sus valores democráticos.

El independentismo es un movimiento excluyente, de tintes totalitarios, xenófobos y fascistas, que promueve el odio y la desigualdad (negativa) de los españoles ante la ley. Y, pese al ruido, la intolerancia y la radicalidad de sus representantes, no hay que olvidar que es, sobre todo, minoritario. Tanto en Cataluña como, por supuesto, en España.

Aun detestando las mentiras que el Govern ha vertido en la sociedad catalana, la manifiesta injusticia y traición de su deriva y la situación de riesgo y crisis que ha provocado, y ante la pasividad del Gobierno funcionarial español, los Editores de Hay Derecho Joven hemos decidido escribir este artículo juntos.

Como descartamos la violencia y creemos en la política como vía de solución, tras las que ya son muchas horas de vivas charlas debatiendo sobre este asunto, hemos convenido en que el problema español -no es sólo un asunto catalán- pudiera solventarse satisfactoriamente llevando a cabo los siguientes 7 pasos:

1.- Restauración del orden constitucional. Lo primero, y de forma inmediata. Hay ciertos sectores (con Puigdemont e Iglesias a la cabeza) que pretenden que haya una suerte de mediación entre España y Cataluña. Nuestra opinión al respecto es rotunda: no es el momento de mediación alguna. No caigamos en buenismos injustos y contraproducentes: España es un Estado Social y Democrático de Derecho que ya dispone de instrumentos e instituciones válidas para dialogar. Principalmente, el Parlamento autonómico y el Congreso.

Además, en España no hay ningún conflicto pre-bélico entre dos países que necesite mediación internacional. Lo que hay es un gobierno autonómico que ha vulnerado la Constitución y su propia normativa autonómica (Estatuto de Autonomía y Reglamento del Parlament), e incluso su propia -ilegal- Ley del Referéndum.

Por ello, el único objetivo ahora debe ser el restablecimiento del orden constitucional. Solamente una vez se vuelva a la senda constitucional en Cataluña y se celebren elecciones, se podrá negociar.

Y  el orden constitucional se consigue restablecer empleando todos y cada uno de los medios legal y constitucionalmente previstos (con carácter urgente cabe aplicar el artículo 155 de la Constitución y hacerse con el control de los mossos), incluido, si es preciso (y pese a que lo descartemos y a lo mucho que tratemos de evitarlo), el uso de la fuerza con la intensidad y proporcionalidad que las circunstancias requieran en cada caso y, en el hipotético caso (que esperamos nunca se llegue a producir) de que éstas se vieran superadas en su labor, las fuerzas armadas deberían cumplir su papel constitucional (art. 8 CE). Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado son los únicos legitimados en un Estado democrático para el uso de la fuerza, y a ella se tendrá que recurrir de forma proporcionada cuando se cometa un delito y éste no cese de forma pacífica.

2.- Castigo. Consecuencia directa de lo anterior es que el comportamiento de aquéllos que se alzan en contra de las leyes (incluso de las que ellos mismos han aprobado) y de la Constitución no debe quedar impune.

Quien desobedece los pronunciamientos del Poder Judicial, desafía al Estado de Derecho y a la democracia; arroja a sus ciudadanos a dar la cara por una causa ilegal; y obliga al Estado a intervenir con carácter marcadamente excepcional, ha de ser sancionado.

No se trata de venganza, ni de odio ni de fascismo: se trata, ni más ni menos, que de nuestra más elemental obligación de actuar en contra de los que sólo pueden ser calificados como “golpistas”. Todo acto contrario al ordenamiento jurídico debe tener consecuencias para el infractor, por severas que éstas sean. Dura lex sed lex.

Los responsables de la Generalitat (y muchos otros) han cometido de forma flagrante y a sabiendas delitos tipificados en el Código Penal con castigos muy severos, por lo que, de igual modo que queremos y debemos castigar la corrupción, un robo o un asesinato, los actos de sedición (o, en su caso, de rebelión) deben ser castigados con las penas legalmente previstas. En este sentido, es preciso tener en cuenta que ya no hay tiempo para recular e irse de rositas. Muchos ciudadanos (entre los que nos incluimos) quedarían profundamente defraudados si, por alguna sibilina estrategia política, los responsables del actual golpe de Estado consiguieran finalmente eludir su responsabilidad, cosa que, a raíz del discurso del miércoles de Puigdemont, podemos intuir que precisamente se está intentando a través de una campaña de blanqueamiento de los dirigentes de la Generalitat.

La impunidad crearía un precedente inasumible para nuestra democracia. Esperamos que la Fiscalía y los Tribunales (no olvidemos que son los que tienen la última palabra al respecto) hagan su legítimo trabajo.

3.- Elecciones autonómicas. Tras el restablecimiento del orden constitucional, corresponde convocar elecciones autonómicas, tras un periodo de sosiego para tratar de rebajar los caldeados ánimos de la sociedad catalana, con el fin de que ésta elija a sus nuevos interlocutores y pase factura -o no- a los actuales partidos.

Es preciso recordar a aquél que cree ser la voz del poble de Catalunya que los partidos independentistas no lograron ni la mitad de los votos de representación en el Parlament en las anteriores elecciones “plebiscitarias”, y ello pese a tener todo a favor.

Quizás es precisamente ese miedo a fracasar de nuevo, y no otro, la razón por la que Puigdemont no se atreve a convocar nuevas elecciones autonómicas, y es que en muchas ocasiones los pareceres de la mayoría de los votantes de un determinado lugar no coinciden con los de los manifestantes, por muy numerosos e insistentes que éstos sean.

4.- Elecciones generales: La crisis catalana, la mayor desde la restauración de la democracia en nuestro país, está golpeando con crudeza al conjunto de la sociedad española. Por ello, una vez se imponga cierto orden y estabilidad sobre la misma, igual que hiciera De Gaulle tras abordar los hechos revolucionarios de Mayo del 68, es necesario realizar una convocatoria de elecciones generales, que, al igual que en el caso catalán, genere nuevos protagonistas, capaces de ofrecer soluciones constructivas y de probarse a la altura de la situación, a la vez que castigue -o premie- el papel que han desempeñado los partidos y líderes actuales en el asunto catalán ya que, consideramos, muchos no han sido capaces de comprender el momento histórico en el que nos encontramos, primando el tacticismo electoral, en lugar de fomentar la unión de las fuerzas constitucionalistas.

5.- Diálogo con nuevos protagonistas. Como hemos tratado de señalar, estamos de acuerdo en que hay ciertas desafecciones en Cataluña, muchas de las cuales tienen que ver con la forma en la que el Gobierno central “ha vendido” España allí, pero también existen otras reivindicaciones que pueden ser debatidas. Dialogar sí, pero dentro de la Constitución y con otras personas, no con las que nos han llevado hasta aquí.

6.- Construcción de un nuevo relato. Esta fase, aunque la ponemos en sexto lugar porque será en este momento en el que deba ponerse sobre la mesa, debemos emprenderla de forma inmediata y paralela. Llevamos 40 años de retraso y de complejos. Interpelamos, pues, a todos los ciudadanos a hacer pedagogía de España y a los políticos a hacer política, entendida ésta, como decía Piqué durante la presentación de su libro esta semana, como seducción democrática.

Como avanzábamos, el victimismo catalán no ha sido contestado por el Estado español y ello es en gran parte causa del agravamiento de nuestra situación actual. Debemos comenzar de manera urgente a atraer a todos aquellos catalanes que, probablemente con mucha razón (y de la misma forma que nos ha ocurrido a muchos en España), a día de hoy no se sienten representados por el actual proyecto español que, les parece, ha perdido atractivo y sentido.

La clave aquí está en darse cuenta de que el potencial de España es, a todos los niveles, enorme y que no se trata en absoluto de una batalla perdida, sino de todo lo contrario.

7.- Reforma constitucional. Sí, pero para todos los españoles, no sólo con la ocasión y el objeto de contentar (únicamente) a los insurgentes o a los partidos oportunistas que tengan a bien adueñarse de la leña del árbol caído. Y todo ello por una sencilla razón: porque nosotros, sí, los constitucionalistas, lo pedimos primero.

La sociedad española lleva años pidiendo actualizar el marco constitucional a fin de dar cabida a la nueva realidad y a las nuevas demandas de los ciudadanos, no sólo a nivel territorial (el famoso Título VIII), sino también en materia de regeneración democrática (supresión de aforamientos e indultos, incorporación de derechos sociales, independencia judicial y muchas más). De modo que no consentimos que nos adelanten por la derecha (¿o la izquierda?) quienes nos han insultado y desafiado y quienes han arrastrado al país hacia el odio y la división. Además, ignorar este punto acrecentaría en algunos la sensación, tal vez silenciosa pero irritante, de que existen españoles de primera, más rebeldes, que deben ser contentados por los españoles de segunda, más discretos.

Una vez restablecido el orden y disponiendo ya de nuevos actores capaces de contrarrestar el sesgado, manipulado y fascistoide cuento independentista por medio de un nuevo relato y, sobre todo, de un proyecto ilusionante y moderno en el que tenga cabida la gran mayoría de los españoles, entonces la sociedad española estará dispuesta y preparada para reformar la Constitución.

En definitiva, la deslealtad de los golpistas ha demostrado definitivamente que tratar de apaciguar las interminables exigencias del independentismo con “perfil bajo” y concesiones, lejos de contribuir a acercar posturas, sólo acrecienta esa absurda sensación de culpabilidad por parte del Estado.

La atrocidad que estos golpistas han llevado a cabo nos brinda la oportunidad de, reforzados por la legitimidad que respalda a quien reclama la aplicación de la Ley democrática, asumir la iniciativa sin complejos. En este asunto sólo hay unos humillados y ofendidos: 46 millones de españoles.

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